Sociedad Inmobiliaria E Inversiones Vespucio Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (9)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
ANTONIO JOSÉ RAMÓN JESÚS SERRANO GIMENO Socio 5.xxx.xxx-3 | 5.xxx.xxx-3 | 25% | - |
Socio 3.xxx.xxx-1 | 3.xxx.xxx-1 | 10% | - |
Socio 9.xxx.xxx-6 | 9.xxx.xxx-6 | 5% | - |
Socio 9.xxx.xxx-4 | 9.xxx.xxx-4 | 10% | - |
EL ALAMBRADO CORRETAJES S.p.A. Socio 7.xxx.xxx-k | 7.xxx.xxx-k | 11.25% | - |
Socio 77.363.726-1 | 77.363.726-1 | 11.25% | - |
MARÍA LORETO ANA LUISA GRACIA SERRANO Socio 7.xxx.xxx-6 | 7.xxx.xxx-6 | 11.25% | - |
MARÍA TERESA DE JESUS GRACIA SERRANO Socio 7.xxx.xxx-2 | 7.xxx.xxx-2 | 11.25% | - |
Socio 19.xxx.xxx-2 | 19.xxx.xxx-2 | 5% | - |
Administrateurs (3)
ANTONIO JOSÉ RAMÓN JESÚS SERRANO GIMENO
MARÍA LORETO ANA LUISA GRACIA SERRANO
Représentation légale (3)
ANDRES SANTOS GRACIA SALINAS
ALEJANDRO PAOLO BAROZZI GRACIA
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 10 décembre 1985
Constitución original de Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Vespucio Limitada
- Autre acte· 19 novembre 2009
Modificación de la sociedad por escritura pública
- Autre acte· 16 décembre 2010
Modificación de la sociedad por escritura pública
Texte officiel de l’extrait
GONZALO SERGIO MENDOZA GUÍÑEZ Notario Público, Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, con oficio en calle San Sebastián 2750 Las Condes, CERTIFICA: que por escritura pública de fecha 27 de mayo de 2021, bajo el repertorio Nº 2869/2021.-, ante mí, doña MARÍA ELENA DEL PILAR SERRANO GIMENO, chilena, viuda, empresaria, cédula de identidad número cuatro millones doscientos ochenta y cuatro mil sesenta y dos guion nueve, domiciliada para estos efectos en Fundo San Andrés comuna de Futrono, Provincia del Ranco, Región de los Ríos, de paso en esta, don ANTONIO JOSÉ RAMÓN JESÚS SERRANO GIMENO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, agricultor e inversionista, cédula de identidad número cinco millones quinientos cuarenta y dos mil novecientos setenta y dos guión tres, domiciliado en calle Pedro Canisio número mil quinientos treinta y dos, comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, doña ALBA PATRICIA CARDEMIL ARAYA, chilena, viuda, relacionadora pública, cédula de identidad número tres millones setecientos quince mil cuatrocientos cincuenta y siete guión uno, domiciliada en calle Lira número ciento sesenta y cuatro, departamento once, comuna de Santiago, Región Metropolitana, doña MARÍA SOLEDAD GRACIA DÍAZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número nueve millones doscientos dieciséis mil ochocientos noventa y cinco guión seis, domiciliada en Camino La Laguna catorce mil setecientos cuarenta y siete, casa K, Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana, doña MARÍA ALEJANDRA GRACIA DÍAZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, labores de hogar, cédula de identidad número nueve millones doscientos dieciséis mil ochocientos noventa y seis guión cuatro, domiciliada en San Vicente de Paul, cinco mil novecientos setenta y cuatro, La Reina, Santiago, Región Metropolitana, todos actuales socios de la compañía Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Vespucio Limitada; y EL ALAMBRADO CORRETAJES S.p.A., Rol Único Tributario número setenta y siete millones treinta ocho mil seiscientos veinticinco guión K, representada por don ANDRES SANTOS GRACIA SALINAS, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad número dieciocho millones ciento setenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y nueve guion cero, ambos domiciliados para estos efectos en Lomas de Pilauco, lote E veintisiete, ciudad y comuna de Osorno, Región de Los Lagos, de paso en esta; INVERSIONES KILU S.p.A, Rol Único Tributario número setenta y siete millones trescientos sesenta y tres mil setecientos veintiséis guión uno, representada por don ALEJANDRO PAOLO BAROZZI GRACIA, chileno, soltero, ingeniero civil industrial, cédula de identidad número diecisiete millones ochocientos sesenta y cinco mil sesenta y dos guion nueve, ambos domiciliados para estos efectos en Vespucio Sur número mil doscientos ochenta y uno, departamento cuatrocientos dos, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, doña MARÍA LORETO ANA LUISA GRACIA SERRANO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, cédula de identidad número siete millones setecientos cuarenta y dos mil doscientos setenta guion seis, domiciliada para estos efectos en Espoz número cuatro mil trescientos, departamento número treinta y cuatro, comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, quien comparece por sí y en representación de doña MARÍA TERESA DE JESUS GRACIA SERRANO, chilena, casada en sociedad conyugal, empresaria, pasaporte número siete millones setecientos cuarenta y dos mil doscientos sesenta y nueve guion dos, domiciliada en diez mil ochocientos veintiuno South West, noventa y dos Avenue, Miami, Florida, Estados Unidos de América, todos en calidad de cesionarios; doña MARÍA BELÉN RIVAS GRACIA, chilena, soltera, estudiante cédula de identidad número diecinueve millones trecientos veintidós mil cuatrocientos ochenta y dos guion dos, domiciliada en Camino La Laguna catorce mil setecientos cuarenta y siete, casa K, Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana, don CARLOS ENRIQUE RIVAS PADILLA, chileno, casado, empresario, cédula de identidad número nueve millones ochocientos seis mil veintiuno guión nueve, domiciliado en Camino La Laguna número catorce mil setecientos cuarenta y siete, casa K, comuna de Lo Barnechea, que han convenido en el siguiente contrato de modificación de sociedad. PRIMERO: Los comparecientes doña MARÍA ELENA DEL PILAR SERRANO GIMENO, don ANTONIO JOSÉ RAMÓN JESÚS SERRANO GIMENO, doña ALBA PATRICIA CARDEMIL ARAYA, doña MARÍA SOLEDAD GRACIA DÍAZ, y doña MARÍA ALEJANDRA GRACIA DÍAZ, son los únicos socios de la compañía denominada SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES VESPUCIO LIMITADA, Rol Único Tributario número ochenta y seis millones ciento setenta y seis mil cien guión dos, constituida por escritura pública de fecha diez de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco, otorgada ante el Notario Titular de San Bernardo, don Lionel Rojas Meneses, cuyo extracto se inscribió a fojas cinco vuelta, número dos, del Registro de Comercio de San Bernardo del año mil novecientos ochenta y seis y se publicó en el Diario Oficial del día ocho de enero de mil novecientos ochenta y seis. Dicha sociedad se modificó por escritura pública de fecha diecinueve de noviembre del año dos mil nueve otorgada ante la Notario Público de Santiago, doña Antonieta Mendoza Escalas, repertorio número ocho mil cuatrocientos cinco guión dos mil nueve, cuyo extracto se inscribió a fojas doscientos treinta y siete, número doscientos treinta y uno del Registro de Comercio de San Bernardo del año dos mil nueve y se publicó en el Diario Oficial del día diecisiete de diciembre de dos mil nueve. Asimismo, la sociedad se modificó por escritura pública de fecha dieciséis de diciembre del año dos mil diez otorgada ante la Notario Público de Santiago, doña Antonieta Mendoza Escalas, repertorio número nueve mil cuatrocientos treinta y nueve guión dos mil diez, cuyo extracto se inscribió a fojas doscientos sesenta y seis vuelta, número doscientos ochenta y cinco del Registro de Comercio de San Bernardo del año dos mil diez y se publicó en el Diario Oficial del día veintinueve de diciembre de dos mil diez.- No se han efectuado otras modificaciones a la sociedad. TERCERO: Por este acto, doña MARÍA ELENA DEL PILAR SERRANO GIMENO, vende, cede y transfiere, el cien por ciento de sus derechos sociales en la compañía Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Vespucio Limitada, equivalentes al cuarenta y cinco por ciento del capital social, a EL ALAMBRADO CORRETAJES S.p.A., representada por don ANDRES SANTOS GRACIA SALINAS; a INVERSIONES KILU S.p.A., representada por don ALEJANDRO PAOLO BAROZZI GRACIA; doña MARÍA LORETO ANA LUISA GRACIA SERRANO; y a doña MARÍA TERESA DE JESUS GRACIA SERRANO, esta última debidamente representada, quienes compran, adquieren y aceptan, en partes iguales, para sí dichos derechos sociales. El precio de esta cesión es la suma de ocho millones ochocientos cincuenta y seis mil ciento diecisiete pesos, declarando la cedente que los recibe a su entera y completa satisfacción, otorgándose recíprocamente amplio y completo finiquito. QUINTO: Por este acto, doña MARÍA SOLEDAD GRACIA DÍAZ, vende, cede y transfiere, el cincuenta por ciento de sus derechos sociales en la compañía Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Vespucio Limitada, equivalentes al cinco por ciento del capital social, a doña MARÍA BELÉN RIVAS GRACIA, quien compra, adquiere y acepta, para sí dichos derechos sociales. El precio de esta cesión es la suma de tres millones novecientos treinta y seis mil cincuenta y dos pesos, declarando la cedente que los recibe a su entera y completa satisfacción, otorgándose recíprocamente amplio y completo finiquito. SEXTO: Como consecuencia de las cesiones precedentes doña MARÍA ELENA DEL PILAR SERRANO GIMENO, deja de ser socia, quedando como únicos socios don ANTONIO JOSÉ RAMÓN JESÚS SERRANO GIMENO, con un veinticinco por ciento del capital social, doña ALBA PATRICIA CARDEMIL ARAYA, con un diez por ciento del capital social, doña MARÍA SOLEDAD GRACIA DÍAZ, con un cinco por ciento del capital social, doña MARÍA ALEJANDRA GRACIA DÍAZ, con un diez por ciento del capital social, EL ALAMBRADO CORRETAJES S.p.A., representada por don ANDRES SANTOS GRACIA SALINAS, con un once coma veinticinco por ciento del capital social, INVERSIONES KILU S.p.A, con un once coma veinticinco por ciento del capital social, doña MARÍA LORETO ANA LUISA GRACIA SERRANO, con un once coma veinticinco por ciento del capital social, doña MARÍA TERESA DE JESUS GRACIA SERRANO, con un once coma veinticinco por ciento del capital social y doña MARÍA BELÉN RIVAS GRACIA con un cinco por ciento del capital social . OCTAVO: Como consecuencia de las cesiones de derechos precedentes los únicos socios vienen en modificar la cláusula décima del pacto social constitutivo, en cuanto al uso de la razón social, la administración y la representación legal de la compañía corresponderá a don ANTONIO JOSÉ RAMÓN JESÚS SERRANO GIMENO, doña MARÍA LORETO ANA LUISA GRACIA SERRANO, y a doña MARÍA SOLEDAD GRACIA DÍAZ, quienes deberán actuar siempre conjuntamente cualesquiera dos de ellos en los términos expresados en la cláusula décimo del pacto social constitutivo, dándose por reproducidas las facultades en ella señaladas para todos los efectos legales. ARTÍCULO TRANSITORIO PRIMERO: Doña MARÍA ALEJANDRA GRACIA DÍAZ, doña MARÍA SOLEDAD GRACIA DÍAZ y doña MARÍA BELÉN RIVAS GRACIA todas ya individualizadas en la comparecencia, otorgan mandato a don CARLOS ENRIQUE RIVAS PADILLA, cédula de identidad número nueve millones ochocientos seis mil veintiuno guión nueve, domiciliado en Camino La Laguna número catorce mil setecientos cuarenta y siete, casa K, comuna de Lo Barnechea, para que en nombre y representación de las mandantes ejerza todos los derechos que a estas les competen como socias de la sociedad modificada por este instrumento, especialmente en el caso de doña MARÍA SOLEDAD GRACIA DIAZ, para actuar como administrador de la sociedad conforme con lo señalado en la modificación que antecede. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de junio de 2021.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES VESPUCIO LIMITADA
CVE 1957552
