Société à responsabilité limitée83.478.300-2

Ifarle-Ingenieros Civiles Consultores Limitada

MODIFICACIÓN — 19 mai 2025

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2025-05-19Voir le PDF (CVE 2648448)

Informations sociétaires

Ltda

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior CAROLINA ELIZABETH PIÑA CUEVAS, Notario Público Suplente de don ALVARO GONZALEZ SALINAS, Titular de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3001, segundo piso, Comuna Las Condes, Región Metropolitana, Certifica que: Rectifica Extracto de escritura de CESIÓN DE DERECHOS Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD, denominada “IFARLE-INGENIEROS CIVILES CONSULTORES LIMITADA”, otorgada ante mí el 23 de Abril de 2025, Repertorio N°13.133-2025, inscrita a fojas 39.189 N°15.204 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2025, por un error involuntario se dijo que el Rut de la sociedad “IFARLE-INGENIEROS CIVILES CONSULTORES LIMITADA”, era RUT N°84.478.300-2, cuando lo correcto es “83.478.300-2”.- En todo lo demás se mantiene sin modificaciones.- Santiago, 06 de Mayo de 2025.

ModificationDiario Oficial · 2022-06-03Voir le PDF (CVE 2138095)

Informations sociétaires

Ltda

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 20 août 2008

    Se otorgó la escritura pública de constitución de Ifarle-Ingenieros Civiles Consultores Limitada.

    Regina Chame Camhi

  2. Cession de droits

    Regina Chame Camhi cedió sus derechos sociales a Oscar Manuel Silva Letelier y Gerardo Miguel Ernesto Ahumada Theoduloz.

    Regina Chame Camhi · Oscar Manuel Silva Letelier · Gerardo Miguel Ernesto Ahumada Theoduloz

  3. Décès

    Regina Chame Camhi aparece actualmente fallecida.

    Regina Chame Camhi

Texte officiel de l’extrait

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43a. Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, de la comuna de Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública otorgada el 26 de mayo de 2022, ante mí, los señores Alberto José Faiguenbaum Chame, avenida Cristóbal Colón 5.444 departamento 802, comuna de Las Condes; Oscar Manuel Silva Letelier, Suárez Mujica 2.166, comuna de Ñuñoa y Gerardo Miguel Ernesto Ahumada Theoduloz, Suárez Mujica 2.166, únicos actuales socios de la sociedad “Ifarle-Ingenieros Civiles Consultores Limitada”, inscrita a fojas 6.151, número 2.894, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 1980, se acogieron a las normas de la ley 19.499 y corrigieron y sanearon los vicios formales: en que se incurrió en la escritura pública otorgada el 20 de agosto de 2.008, en la 48a.Notaría Pública de Santiago de que era titular don José Musalem Saffie, con el Repertorio número 10.660 guion 2008. El título de dicha escritura no contiene la verdadera razón social pues en vez de decir “IFARLE- INGENIEROS CIVILES CONSULTORES LIMITADA” dice “IFARLE-INGENIEROS CONSULTORES CIVILES LIMITADA”. En consecuencia, en la escritura en extracto, los socios corrigen y sanean el error señalado debiendo entenderse en el futuro que el título de la escritura se refiere a la sociedad “IFARLE- INGENIEROS CIVILES CONSULTORES LIMITADA”. En segundo lugar, corrigen y sanean la omisión de la razón social al fijar el texto refundido del pacto social, incorporando al inicio de la cláusula quinta del texto refundido del pacto social, la frase siguiente: “La razón social será Ifarle-Ingenieros Civiles Consultores Limitada, pudiendo usar el nombre de fantasía Ifarle Limitada.”. Atendido que en la misma escritura que se sanea, doña Regina Chame Camhi, actualmente fallecida, cedió sus derechos sociales a los señores Oscar Manuel Silva Letelier y Gerardo Miguel Ernesto Ahumada Theoduloz, comparecen a la escritura extractada los causahabientes de la cedente, sus tres hijos, a saber Alberto José Faiguenbaum Chame, ya citado más arriba, Hernán Eduardo Faiguenbaum Chame, Avenida Cristobal Colón 5.500 número comuna de Las Condes y Hernán Eduardo Faiguenbaum Chame, Sergio Ricardo Faiguenbaum Chame, Simón Bolívar 5.870. Todos ellos ratifican la cesión de derechos realizada por su madre, aprueban las correcciones que en la escritura extractada se hacen y declaran que no tienen reparo ni objeción alguna en todo lo obrado. Santiago, 31 de mayo de 2022.-

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