Agricola Y Comercial Nar Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$50.000.000
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 4.xxx.xxx-7 | 4.xxx.xxx-7 | - | - |
Socio 3.xxx.xxx-6 | 3.xxx.xxx-6 | - | - |
Socio 9.xxx.xxx-9 | 9.xxx.xxx-9 | - | - |
FREDDY ALEJANDRO ALBORNOZ BADILLA Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | - | - |
Administrateurs (3)
FREDDY ALEJANDRO ALBORNOZ BADILLA
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 22 décembre 1988
Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada AGRICOLA Y COMERCIAL NAR LIMITADA.
- Autre acte
La sociedad fue modificada en 1992, 2002 y 2008 según inscripciones del Registro de Comercio de Temuco.
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veintiocho de Enero de dos mil veintiséis, ante mí, don NELSON ALBORNOZ RUEDLINGER, chileno, empresario, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número cuatro millones seiscientos treinta y tres mil novecientos tres guión siete; doña YOLANDA BADILLA MORALES, chilena, dueña de casa, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número tres millones seiscientos sesenta y siete mil setecientos cincuenta y cuatro guión seis; don NELSON EDDIE ALBORNOZ BADILLA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad número nueve millones novecientos veintinueve mil noventa y uno guión nueve; y don FREDDY ALEJANDRO ALBORNOZ BADILLA, chileno, ingeniero comercial, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número nueve millones novecientos veinticinco mil ciento trece guión uno; todos con domicilio en calle Arturo Prat número setecientos ochenta oficina trescientos diez de la ciudad de Temuco, expusieron: Por escritura pública de fecha veintidós de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho, otorgada en la Notaría de Temuco de Venancio Lisboa Echeverría, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada denominada “AGRICOLA Y COMERCIAL NAR LIMITADA”. El extracto de dicha escritura fue inscrito a fojas quinientos nueve número trescientos noventa y tres en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año mil novecientos ochenta y ocho. Esta sociedad fue modificada según consta de inscripciones de fojas novecientos doce número seiscientos treinta y seis del año mil novecientos noventa y dos, rectificada según inscripción de fojas mil diecinueve vuelta número mil seis el año dos mil ocho; y modificación de fojas treinta y seis vuelta número veinticinco del año dos mil dos, todas del registro de Comercio de Temuco. El capital social asciende a la suma de cincuenta millones de pesos. El rol único tributario es rol único tributario número setenta y nueve millones ochocientos setenta y dos mil doscientos veinte guión cuatro. PRESENTE MODIFICACION: Los comparecientes, en sus calidades de únicos socios, de la sociedad individualizada en la cláusula anterior, vienen en modificar sus estatutos sociales en el siguiente sentido: La cláusula OCTAVA del pacto social en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a doña YOLANDA BADILLA MORALES.- En caso de ausencia temporal o definitiva, enfermedad o incapacidad del administrador antes individualizado, y sin que lo anterior requiera acreditarse o probarse ante terceros, la administración, representación y uso de la razón social corresponderá también a don NELSON EDDIE ALBORNOZ BADILLA, o, a don FREDDY ALEJANDRO ALBORNOZ BADILLA, cualquiera de ellos, separada e indistintamente, con todas las facultades descritas en esta cláusula, pero cualquiera de éstos, para poder “vender bienes raíces, hipotecarlos, constituir a la sociedad en fiadora y codeudora solidaria, otorgar y aceptar fianzas simples y solidarias, avalar letras de cambio, pagarés y toda clase de instrumentos negociables, deberá concurrir conjuntamente con, uno cualquiera, de los otros administradores.- En todo lo que no se modifica por instrumento extractado, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 05 de Febrero de 2026.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
AGRICOLA Y COMERCIAL NAR LIMITADA
CVE 2768762
