Agrícola y Comercial Cruz del Sur Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$11.600.000
Capital libéré
$11.600.000
Capital restant dû
$0
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 30% | $3.480.000 |
Socio | - | 17% | $1.972.000 |
María José Errázuriz Santa Cruz Socio | - | 28% | $3.248.000 |
Francisco Errázuriz Santa Cruz Socio | - | 25% | $2.900.000 |
Administrateurs (1)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 1 janvier 2005
Se indica que la sociedad está inscrita desde el año 2005.
Agrícola y Comercial Cruz del Sur Limitada
Texte officiel de l’extrait
PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la Quinta Notaria de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 44, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2016, ante mi suplente, doña María Virginia Wielandt Covarrubias, Gustavo Elías Errázuriz Concha, María Magdalena Santa Cruz Lira, María José Errázuriz Santa Cruz y Francisco de Borja Errázuriz Santa Cruz, todos domiciliados en Hijuela La Viña, Nenquén, Comuna de Palmilla, Sexta Región y de paso en ésta; modificaron sociedad Agrícola y Comercial Cruz del Sur Limitada, inscrita a fojas 8 vta. Número 10 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Peralillo correspondiente al año 2005, de la siguiente manera: se aumenta el capital social de la suma de $4.000.000.- a la suma de $11.600.000.- mediante los siguientes aportes: Uno) don GUSTAVO ERRAZURIZ CONCHA aporta y paga en dinero efectivo en este acto la suma de $1.572.000, que la sociedad declara recibir en este acto a su plena satisfacción. Dos) doña MARÍA JOSÉ ERRAZURIZ SANTA CRUZ aporta y paga en dinero efectivo en este acto la suma de $3.128.000, que la sociedad declara recibir en este acto a su plena satisfacción. Tres) don FRANCISCO ERRAZURIZ SANTA CRUZ aporta y paga en dinero efectivo en este acto la suma de $2.900.000, que la sociedad declara recibir en este acto a su plena satisfacción. Conforme a lo anterior, quedan como únicos socios de AGRÍCOLA Y COMERCIAL CRUZ DEL SUR LIMITADA y con la participación que se indica a continuación: Uno. Doña MAGDALENA SANTA CRUZ LIRA con un 30 % de los derechos sociales equivalente a $3.480.000; Dos. Don GUSTAVO ERRAZURIZ CONCHA con un 17 % de los derechos sociales equivalente a $1.972.000; doña MARÍA JOSÉ ERRAZURIZ SANTA CRUZ con un 28 % de los derechos sociales equivalentes a $3.248.000 y don FRANCISCO ERRAZURIZ SANTA CRUZ con un 25 % de los derechos sociales equivalentes a $2.900.000. De este modo, habiéndose enterado los aportes respectivos y habiéndose incorporado a la sociedad, don Francisco Errázuriz Santa Cruz, los actuales y únicos socios de Agrícola y Comercial Cruz del sur Limitada, vienen en modificar la cláusula quinta de los estatutos sociales la cual queda del siguiente tenor: “QUINTO: El capital social asciende a la suma de once millones seiscientos mil pesos que es aportado y pagado de la siguiente forma; Uno) Doña MAGDALENA SANTA CRUZ LIRA aportó y pago, al contado y en dinero efectivo, la cantidad de tres millones cuatrocientos ochenta mil pesos; Dos) Don GUSTAVO ERRAZURIZ CONCHA aportó y pago, al contado y en dinero efectivo, la cantidad de un millón novecientos setenta y dos mil pesos; Tres) doña MARÍA JOSÉ ERRAZURIZ SANTA CRUZ aportó y pago, al contado y en dinero efectivo, la cantidad de tres millones doscientos cuarenta y ocho mil pesos; y Cuatro) don FRANCISCO ERRAZURIZ SANTA CRUZ aportó y pago, al contado y en dinero efectivo, la cantidad de dos millones novecientos mil pesos. Así el capital social pertenece en un treinta por ciento a doña MAGDALENA SANTA CRUZ LIRA; en un diecisiete por ciento a don GUSTAVO ERRAZURIZ CONCHA; en un veintiocho por ciento a doña MARÍA JOSÉ ERRAZURIZ SANTA CRUZ y en un veinticinco por ciento a don FRANCISCO ERRAZURIZ SANTA CRUZ”. Asimismo, se modifica cláusula cuarta de los estatutos sociales en el sentido de señalar que la administración de la sociedad corresponderá a don Gustavo Errázuriz Concha y en caso de ausencia o incapacidad de éste último, corresponderá a doña María José Errázuriz Santa Cruz, en ambos casos con las facultades indicadas en escritura extractada. Socios reiteran que limitan su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás modificaciones que no importan a terceros constan en escritura extractada. En todo lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Santiago, 12 de enero de 2017.- P. Raby B. N. P.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$11.600.000
Capital libéré
$11.600.000
Capital restant dû
$0
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 30% | $3.480.000 |
Socio | - | 17% | $1.972.000 |
María José Errázuriz Santa Cruz Socio | - | 28% | $3.248.000 |
Francisco Errázuriz Santa Cruz Socio | - | 25% | $2.900.000 |
Administrateurs (2)
María José Errázuriz Santa Cruz
Texte officiel de l’extrait
PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 44, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2016, ante mi suplente, doña María Virginia Wielandt Covarrubias, Gustavo Elías Errázuriz Concha, María Magdalena Santa Cruz Lira, María José Errázuriz Santa Cruz y Francisco de Borja Errázuriz Santa Cruz, todos domiciliados en Hijuela La Viña, Nenquén, Comuna de Palmilla, Sexta Región y de paso en ésta; modificaron sociedad Agrícola y Comercial Cruz del Sur Limitada, inscrita a fojas 8 vta. Número 10 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Peralillo correspondiente al año 2005, de la siguiente manera: se aumenta el capital social de la suma de $4.000.000.- a la suma de $11.600.000.-en los términos indicados en escritura extractada, modificando al efecto la cláusula quinta de los estatutos sociales los cuales quedan del siguiente tenor: “QUINTO: El capital social asciende a la suma de once millones seiscientos mil pesos que es aportado y pagado de la siguiente forma; Uno) Doña MAGDALENA SANTA CRUZ LIRA aportó y pago, al contado y en dinero efectivo, la cantidad de tres millones cuatrocientos ochenta mil pesos; Dos) Don GUSTAVO ERRAZURIZ CONCHA aportó y pago, al contado y en dinero efectivo, la cantidad de un millón novecientos setenta y dos mil pesos; Tres) doña MARÍA JOSÉ ERRAZURIZ SANTA CRUZ aportó y pago, al contado y en dinero efectivo, la cantidad de tres millones doscientos cuarenta y ocho mil pesos; y Cuatro) don FRANCISCO ERRAZURIZ SANTA CRUZ aportó y pago, al contado y en dinero efectivo, la cantidad de dos millones novecientos mil pesos. Así el capital social pertenece en un treinta por ciento a doña MAGDALENA SANTA CRUZ LIRA; en un diecisiete por ciento a don GUSTAVO ERRAZURIZ CONCHA; en un veintiocho por ciento a doña MARÍA JOSÉ ERRAZURIZ SANTA CRUZ y en un veinticinco por ciento a don FRANCISCO ERRAZURIZ SANTA CRUZ”. Asimismo, se modifica cláusula cuarta de los estatutos sociales en el sentido de señalar que la administración de la sociedad corresponderá a don Gustavo Errázuriz Concha y en caso de ausencia o incapacidad de éste último, corresponderá a doña María José Errázuriz Santa Cruz, en ambos casos con las facultades indicadas en escritura extractada. Socios reiteran que limitan su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás modificaciones que no importan a terceros constan en escritura extractada. En todo lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Santiago, 13 de diciembre de 2016. P. Raby B. N.P.
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- MODIFICACIÓN
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