Société à responsabilité limitée79.691.390-8

Transportes Guanaco Limitada

MODIFICACIÓN — 19 avr. 2024

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2024-04-19Voir le PDF (CVE 2481865)

Informations sociétaires

Ltda
calle Guanaco número 2.625
Administration: La administración, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial corresponden a un administrador que actúa individualmente.

Associés (2)

Administrateurs (1)

José Antonio Covarrubias Moreno

7.xxx.xxx-1Administrador

Texte officiel de l’extrait

FELIPE BASCUÑAN LIRA, Notario Suplente de la Vigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.196, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 08 de abril de 2024, ante mí: Antonio Covarrubias Vives y Cecilia María Elena Moreno Valenzuela, ambos domiciliados en calle Guanaco número 2.625, comuna de Recoleta, Santiago, Región Metropolitana, acordaron modificación de sociedad “Transportes Guanaco Limitada”, inscrita a fojas 24381, número 13116, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1.986, en el siguiente sentido: I. Modificación de la Administración. Los actuales y únicos socios acuerdan en forma unánime modificar la administración, estableciendo que ésta, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad corresponderá a don José Antonio Covarrubias Moreno, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración y disposición. II. Modificación Estatutos Sociales. Como consecuencia de los anterior, los actuales y únicos socios de la sociedad “Transportes Guanaco Limitada” acuerdan modificar el Artículo Segundo de los Estatutos Sociales, relativo a la administración de la Sociedad, reemplazándolo íntegramente por el que se extracta a continuación: “SEGUNDO: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don José Antonio Covarrubias Moreno, cédula nacional de identidad número 7.013.939-1, quien contará con las más amplias facultades de administración y disposición, y anteponiendo a su firma la razón social contará con las más amplias facultades de administración, pudiendo obligar a la Sociedad en toda clase de actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad. [….].”. Además de las atribuciones antes referidas, el administrador contará con las demás facultades enunciadas en la escritura extractada de forma enunciativa, mas no taxativa. III. Vigencia de los Estatutos Sociales. Los actuales y únicos socios declaran que mantienen su responsabilidad limitada hasta el monto de sus respectivos aportes, y que en todo lo no modificado por la escritura extractada se mantienen plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de abril de 2024.

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