Electrónica E.c. Y E.c Limitada
Informations fiscales (SII)
Entity type
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Company subtype
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Début des activités
Aucun début d’activités signalé par le SII
Activités économiques
Aucune activité économique enregistrée au SII
Documents timbrés
Aucun document timbré enregistré au SII
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La importación exportación, fabricación, comercialización, compra y venta de equipos electrónicos y/o productos eléctricos y/o médicos, como asimismo trabajos y/o proyectos de electricidad y la compra y venta de materiales o productos conexos, sin perjuicio de los demás negocios que los socios unánimemente acuerden. Compra, venta importación, exportación y distribución y representación, de todo tipo de maquinarias, equipos e instrumental destinados al área de la salud relacionada con el área de la kinesiología. Compra, venta, importación, exportación, representación, comisión, consignación, franquicias, distribución y comercialización de perfume, cosméticos, lociones, y cualquier tipo de producto relacionado con accesorios cosméticos; y en general, realizar todas aquellas actividades, actos o contratos que los socios estimen convenientes y/o necesarios para el desarrollo del objeto de la sociedad.
Capital
Capital total
$1.390.000
Capital libéré
$1.390.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 97% | $1.349.300 |
Socio | - | 3% | $40.700 |
Administrateurs (1)
Représentants auprès du SII (1)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 22 janvier 1986
Constitución original de la sociedad.
- Cession de droits· 2 juillet 2025
Se cede derechos de la sociedad, luego dejada sin efecto por resciliación posterior.
ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA
- Cession de droits· 11 septembre 2025
JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, por sí y en representación de EVELIN CRISTINA y JAVIER ESQUENAZI, cede derechos a DIEGO GIACARDI y VALENTINO GIACARDI; luego se retiran JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, JAVIER ESQUENAZI y EVELIN CRISTINA.
JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU · EVELIN CRISTINA · JAVIER ESQUENAZI · DIEGO GIACARDI · VALENTINO GIACARDI
- Changement d’administrateur· 11 septembre 2025
Se designa como administradora y representante legal a PAOLA NATALIA PARSI.
- Changement de nom· 11 septembre 2025
No se modifica el nombre social, pero se mantiene la razón social ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA sin alteración.
ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular de la 34º Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda Nº 359, Providencia, Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 11 de septiembre de 2025, repertorio n° 15.786-2025, Ante mí suplente doña MARIA DE LOS ANGELES UBILLA SANTA CRUZ, don JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, por si y en representación de doña EVELIN CRISTINA y don JAVIER ESQUENAZI, todos domiciliados en calle Los Olmos Tres mil ciento ochenta y nueve, comuna de Macul; y don DIEGO GIACARDI, y doña PAOLA NATALIA PARSI, ambos domiciliados en esta ciudad en calle Los Queltehues número treinta y seis, comuna de Colina, de paso en esta; acordaron todas las partes resciliar en todas sus partes el contrato de cesión de derechos celebrado por los comparecientes de los derechos de la Sociedad ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA, rut 79.650.020-4, efectuada por medio de escritura pública de fecha 02 de julio del año 2025, suscrita ante el notario don Eduardo Diez Morello, notario Público titular de la 34° Notaria de Santiago, escritura cuyo extracto se inscribió a fojas 63.116 n° 24.242 del Registro de Comercio de Santiago del año 2025, y publicado en el diario oficial el 23.07.2025. Como consecuencia de la resciliación se dejó sin efecto la respectiva escritura de cesión de derechos con sus modificaciones. Una vez efectuada la resciliación y por medio de la misma escritura de fecha 11 de septiembre de 2025, comparecieron ante mi don JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, por si y en representación de doña EVELIN CRISTINA y don JAVIER ESQUENAZI, con el mismo domicilio; como los vendedores; y don DIEGO GIACARDI y don VALENTINO GIACRADI, ambos domiciliados en esta ciudad en calle Los Queltehues número treinta y seis, comuna de Colina, de paso en esta, como los compradores; acordaron las siguientes cesión de derecho y modificación de la Sociedad ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA, rut 79.650.020-4, de acuerdo con lo siguiente: Uno. Cesión de derechos sociales. A) JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, vende, cede y transfiere el 33,33% del capital social a don DIEGO GIACARDI, en la suma de $15.766.666.-, suma que el cesionario pagó al cedente en este acto. B) EVELIN CRISTINA, debidamente representado por JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, vende, cede y transfiere el 33,34% del capital social a DIEGO GIACARDI en la suma de $15.766.667.-, suma que el cesionario pagó a la cedente en este acto. C) JAVIER ESQUENAZI, debidamente representado por JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, vende, cede y transfiere el 30.33% del capital social a DIEGO GIACARDI, en la suma de $14.347.666. -, suma que el cesionario pagó a la cedente en este acto; D) JAVIER ESQUENAZI, debidamente representado por JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, vende, cede y transfiere el 3% del capital social a VALENTINO GIACARDI, en la suma de $1.419.000-, suma que el cesionario pagó a la cedente en este acto. Se retiran de la sociedad don JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, don JAVIER ESQUENAZI y doña EVELIN CRISTINA, quedando como únicos socios DIEGO GIACARDI, con un 97% de los derechos sociales, y VALENTINO GIACARDI, con un 3% de los derechos sociales. Dos. MODIFICACIÓN ESTATUTOS SOCIALES. Los actuales socios DIEGO GIACARDI y VALENTINO GIACARDI, acordaron lo siguiente:/i/ Remplazar el artículo segundo de los estatutos sociales por el siguiente: El Objeto de la sociedad será: A) la importación exportación, fabricación, comercialización, compra y venta de equipos electrónicos y/o productos eléctricos y/o médicos, como asimismo trabajos y/o proyectos de electricidad y la compra y venta de materiales o productos conexos, sin perjuicio de los demás negocios que los socios unánimemente acuerden. B) Compra, venta importación, exportación y distribución y representación, de todo tipo de maquinarias, equipos e instrumental destinados al área de la salud relacionada con el área de la kinesiología. C) Compra, venta, importación, exportación, representación, comisión, consignación, franquicias, distribución y comercialización de perfume, cosméticos, lociones, y cualquier tipo de producto relacionado con accesorios cosméticos; D) En general, realizar todas aquellas actividades, actos o contratos que los socios estimen convenientes y/o necesarios para el desarrollo del objeto de la sociedad.- /ii/ Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, reemplazar el actual artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO DEL CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la cantidad de un $1.390.000.- pesos, que ha sido completamente enterado; que es aportados por los socios en las siguientes proporciones: A) DIEGO GIACARDI, con un 97% del capital social, y B)VALENTINO GIACARDI; con un 3% del capital social, el que ya se encuentra aportado en dinero en efectivo a completa satisfacción de los consocios y de la sociedad. Lo anterior de acuerdo con la escritura ya singularizada. /iii) Modificar los actuales administradores de la sociedad señalados en el artículo tercero de la escritura escritura de fecha 22.01.1986 y modificada por el artículo segundo de la escritura pública de fecha de fecha 22.12.2016, por el siguiente: LA ADMINISTRACION, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZON SOCIAL: Los actuales socios de común acuerdo designan como administradora, representante legal y quien podrá a hacer uso de la razón social a doña PAOLA NATALIA PARSI, quien podrá actuar por sí solo tendrá todas y cada una de las facultades establecidas en la cláusula TERCERA del pacto constitutivo de la sociedad " ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA ", las que se dan por reproducidas en su totalidad. /iv/ Modificar el artículo sexto de los estatutos sociales, por el siguiente: Las utilidades y pérdidas de la Sociedad se repartirán entre los socios en la siguiente proporción: DIEGO GIACARDI, 97%; y VALENTINO GIACARDI, 3%. En todo lo no modificado por esta escritura siguen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de septiembre de 2025.
Informations sociétaires
Objet social
A) la importación exportación, fabricación, comercialización, compra y venta de equipos electrónicos y/o productos eléctricos y/o médicos, como asimismo trabajos y/o proyectos de electricidad y la compra y venta de materiales o productos conexos, sin perjuicio de los demás negocios que los socios unánimemente acuerden. B) Compra, venta importación, exportación y distribución y representación, de todo tipo de maquinarias, equipos e instrumental destinados al área de la salud relacionada con el área de la kinesiología. C) Compra, venta, importación, exportación, representación, comisión, consignación, franquicias, distribución y comercialización de perfume, cosméticos, lociones, y cualquier tipo de producto relacionado con accesorios cosméticos; D) En general, realizar todas aquellas actividades, actos o contratos que los socios estimen conveniente y/o necesarios para el desarrollo del objeto de la sociedad.
Capital
Capital total
$1.390.000
Capital libéré
$1.390.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 66.67% | - |
Socio | - | 33.33% | - |
Administrateurs (1)
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits
José Ángel Escribano Lizarazu, representando a Evelin Cristina y Javier Esquenzazi, ceden derechos sociales a Diego Giacardi y Paola Natalia Parsi.
JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU · EVELIN CRISTINA · JAVIER ESQUENAZI · DIEGO GIACARDI · PAOLA NATALIA PARSI
- Retrait d’un associé
Se retiran de la sociedad José Ángel Escribano Lizarazu, Javier Esquenzazi y Evelin Cristina.
JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU · JAVIER ESQUENAZI · EVELIN CRISTINA
- Constitution· 22 janvier 1986
Se alude al pacto constitutivo original de la sociedad.
ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA
- Changement d’administrateur· 22 décembre 2016
Se menciona una modificación previa del artículo tercero sobre administración.
ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda Nº 359, Providencia, Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 02 de Julio de 2025, repertorio N° 10.967-2025, Ante mí, don JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, por sí y en representación de doña EVELIN CRISTINA y don JAVIER ESQUENAZI, todos domiciliados en calle Los Olmos tres mil ciento ochenta y nueve, comuna de Macul, como los vendedores; y don DIEGO GIACARDI, y doña PAOLA NATALIA PARSI, ambos domiciliados en esta ciudad, en calle Los Queltehues número treinta y seis, comuna de Colina, de paso en ésta, como los compradores; acordaron las siguientes cesión de derechos y modificación de la Sociedad ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA, rut 79.650.020-4, de acuerdo con lo siguiente: Uno. Cesión de derechos sociales. A) JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, vende, cede y transfiere el 33,33% del capital social a don DIEGO GIACARDI, en la suma de $15.766.666.-, suma que el cesionario pagó al cedente en este acto. B) EVELIN CRISTINA, debidamente representado por JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, vende, cede y transfiere el 33,34% del capital social a DIEGO GIACARDI en la suma de $15.766.667.-, suma que el cesionario pagó a la cedente en este acto. C) JAVIER ESQUENAZI, debidamente representado por JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, vende, cede y transfiere el 33.33% del capital social a PAOLA NATALIA PARSI, en la suma de $15.766.666.-, suma que la cesionaria pagó a la cedente en este acto. Se retiran de la sociedad don JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, don JAVIER ESQUENAZI y doña EVELIN CRISTINA, quedando como únicos socios DIEGO GIACARDI, con un 66,67% de los derechos sociales, y PAOLA NATALIA PARSI, con un 33,33% de los derechos sociales. Dos. MODIFICACIÓN ESTATUTOS SOCIALES. Los actuales socios DIEGO GIACARDI y PAOLA NATALIA PARSI, acordaron lo siguiente:/i/ Remplazar el artículo segundo de los estatutos sociales por el siguiente: El Objeto de la sociedad será: A) la importación exportación, fabricación, comercialización, compra y venta de equipos electrónicos y/o productos eléctricos y/o médicos, como asimismo trabajos y/o proyectos de electricidad y la compra y venta de materiales o productos conexos, sin perjuicio de los demás negocios que los socios unánimemente acuerden. B) Compra, venta importación, exportación y distribución y representación, de todo tipo de maquinarias, equipos e instrumental destinados al área de la salud relacionada con el área de la kinesiología. C) Compra, venta, importación, exportación, representación, comisión, consignación, franquicias, distribución y comercialización de perfume, cosméticos, lociones, y cualquier tipo de producto relacionado con accesorios cosméticos; D) En general, realizar todas aquellas actividades, actos o contratos que los socios estimen conveniente y/o necesarios para el desarrollo del objeto de la sociedad.- /ii/ Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, reemplazar el actual artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: DEL CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la cantidad de un $1.390.000.- pesos, que ha sido completamente enterado; que es aportados por los socios en las siguientes proporciones: A) DIEGO GIACARDI, con un 66,67% del capital social, y B) PAOLA NATALIA PARSI; con un 33,33% del capital social, el que ya se encuentra aportado en dinero en efectivo a completa satisfacción de los consocios y de la sociedad. Lo anterior, de acuerdo con la escritura ya singularizada. /iii) Modificar los actuales administradores de la sociedad señalados en el artículo tercero de la escritura escritura de fecha 22.01.1986 y modificada por el artículo segundo de la escritura pública de fecha de fecha 22.12.2016, por el siguiente: LA ADMINISTRACION, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZON SOCIAL: corresponderá en forma exclusiva a la socio PAOLA NATALIA PARSI, quien podrá quien actuando por sí solo tendrá todas y cada una de las facultades establecidas en la cláusula TERCERA del pacto constitutivo de la sociedad "ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA", las que se dan por reproducidas en su totalidad. /iv/ Modificar el artículo sexto de los estatutos sociales, por el siguiente: Las utilidades y pérdidas de la Sociedad se repartirán entre los socios en la siguiente proporción: DIEGO GIACARDI, 66,67%; y PAOLA NATALIA PARSI, 33,33%. En todo lo no modificado por esta escritura siguen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 17 de julio de 2025.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$1.390.000
Capital libéré
$1.390.000
Capital restant dû
$0
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU Socio | - | 33.33% | - |
Socio | - | 33.33% | - |
Socio | - | 33.34% | - |
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior Eduardo Diez Morello, Notario Público, Titular de la 34° Notaría de Santiago, con domicilio en Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 12 de marzo de 2025, repertorio n° 3.916.-2025 otorgada ante el titular de esta notaría, el señor JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, por si y en representación según se acreditará de: doña EVELIN CRISTINA, y de don JAVIER ESQUENAZI, todos domiciliados para estos efectos en calle Los Olmos Tres mil ciento ochenta y nueve, comuna de Macul, de esta ciudad, en su calidad de únicos socios de ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA, acordaron lo siguiente: /A/ Dividir la Sociedad en dos sociedades de responsabilidad limitada: /i/ una que será la continuadora legal de ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA, que conservará sus estatutos, razón social y demás características principales, sin perjuicio de la disminución de capital consecuencia del capital que se le ha asignado a la sociedad que se constituye; y, /ii/ una nueva sociedad de responsabilidad limitada que nace como consecuencia de la división que se denominará “INMOBILIARIA E.E.C. LIMITADA”; /B/ Aprobar el Balance de División confeccionado al 31 de diciembre de 2024; /C/Asignar desde la sociedad que se divide a la nueva sociedad, el activo y pasivos que puedan afectarle que se detalla en la escritura extractada; /D/ Como consecuencia de la división, se disminuye el capital de ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA, en la cantidad de $610.000.-, es decir, de la cantidad de $2.000.000, a la cantidad de $1.390.000. La disminución propuesta corresponde al capital asignado a la nueva sociedad que nace producto de la división. /E/ Por lo tanto, se sustituyeron el Artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Cuarto: El capital de esta sociedad es la suma de $1.390.000.- pesos que es aportado por los socios en las siguientes proporciones, esto es, don JOSÉ ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, con un treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital social, don JAVIER ESQUENAZI, con un treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital social y doña EVELIN CRISTINA, con un treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento del capital social, el que ya fue aportado en dinero efectivo a completa satisfacción de las consocios y de la Sociedad.”. /F/ En todo lo no modificado se mantienen vigentes los estatutos de ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA. /G/ Producto de la división los socios acordaron constituir una nueva sociedad y aprobar el texto del pacto social por el cual se regirá INMOBILIARIA E.E.C. LIMITADA, pacto social que consta en la escritura que extracto y cuyo estatuto consta en extracto separado. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de marzo de 2025.-
Informations sociétaires
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 33.34% | $39.314.988 |
José Ángel Escribano Lizarazu Socio | - | 33.33% | - |
Socio | - | 33.33% | $39.303.196 |
Représentation légale (2)
José Ángel Escribano Lizarazu
José Ángel Escribano Lizarazu
Texte officiel de l’extrait
EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34° Notaría de Santiago, domiciliado en calle Luis Thayer Ojeda 359, ciudad y comuna de Providencia, CERTIFICO: por escritura pública de fecha 13 de febrero de 2019, ante mí, don José Ángel Escribano Lizarazu, por sí, domiciliado en esta ciudad, calle Los Olmos 3189, Macul, y en representación de HUGO ALFREDO CRISTINA, cuyo apellido materno es MARTÍNEZ, MIGUEL ÁNGEL ESQUENAZI, cuyo apellido materno es ABRUDSKI, ambos domiciliados en la ciudad de Córdoba, República de Argentina, Boulevard de Los Húngaros Nº 5.027 de Bº Los Boulevares, EVELIN CRISTINA, domiciliada en calle Mercado y Villarcorta Nº1.588, Barrio Bajo Palermo, Córdoba, República Argentina, y JAVIER ESQUENAZI, domiciliado en calle Adrián Cornejo Nº1.657, Barrio Cerro de las Rosas, Córdoba, República Argentina, modifican sociedad "ELECTRÓNICA E.C. y E.C. LIMITADA" Rut N°79.650.020-4, en el siguiente sentido:El señor HUGO ALFREDO CRISTINA, cuyo apellido materno es MARTÍNEZ, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes a un 33.34% del capital social a EVELIN CRISTINA, para quien compra y acepta don José Ángel Escribano Lizarazu, en el precio de $39.314.988.-, que la cesionario ha pagado al cedente al contado, con anterioridad a esta fecha y a su entera satisfacción. Y el señor MIGUEL ÁNGEL ESQUENAZI, cuyo apellido materno es ABRUDSKI, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes a un 33.33% del capital social a JAVIER ESQUENAZI, para quien compra y acepta don José Ángel Escribano Lizarazu, en el precio de $39.303.196.-, que la cesionario ha pagado al cedente al contado, con anterioridad a esta fecha y a su entera satisfacción. La responsabilidad de los socios queda limitada a la concurrencia de sus aportes. Quedan en consecuencia como únicos socios la señora Evelin Cristina con un 33.34% del capital social y los señores José Ángel Escribano Lizarazu con un 33.33% del capital social y Javier Esquenazi con un 33.33% del capital social. En todo lo no modificado por la escritura extractada queda vigente el estatuto social. Repertorio 2.983/2019.Santiago, 13 de febrero de 2019.- Eduardo Diez Morello.-
Informations sociétaires
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
JOSÉ ÁNGEL ESCRIBANO LIZARAZU Socio 12.xxx.xxx-3 | 12.xxx.xxx-3 | - | - |
Socio 7.xxx.xxx-k | 7.xxx.xxx-k | - | - |
Socio 8.xxx.xxx-k | 8.xxx.xxx-k | - | - |
Représentation légale (2)
JOSE ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU
JOSE ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 22 janvier 1986
Se constituyó ELECTRONICA E.C Y E.C. LIMITADA con cuatro socios.
JOSÉ ÁNGEL ESCRIBANO LIZARAZU · EDGARDO HORACIO CORIN · HUGO ALFREDO CRISTINA · MIGUEL ANGEL ESQUENAZI
- Retrait d’un associé· 26 juin 2009
Edgardo Horacio Corin se retira y cede la totalidad de sus derechos equivalentes al 25% del capital social.
EDGARDO HORACIO CORIN · JOSÉ ÁNGEL ESCRIBANO LIZARAZU · HUGO ALFREDO CRISTINA · MIGUEL ANGEL ESQUENAZI
- Autre acte· 22 décembre 2016
Los socios acuerdan agregar una cláusula sobre régimen tributario y administración para efectos del artículo 14 de la Ley de Impuesto a la Renta.
JOSÉ ÁNGEL ESCRIBANO LIZARAZU · HUGO ALFREDO CRISTINA · MIGUEL ANGEL ESQUENAZI
Texte officiel de l’extrait
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público Titular 7º Notaría Santiago, Agustinas 1161 entrepiso, Santiago, certifico: Por escritura pública de 22 diciembre de 2016, ante mí, compareció: JOSE ANGEL ESCRIBANO LIZARAZU, español, casado, ingeniero electricista electrónico, domiciliado en esta ciudad, calle Los Olmos 3189, Macul, cédula de identidad para extranjeros 12.109.825-3, por sí y según se acreditó por los señores; HUGO ALFREDO CRISTINA, cuyo apellido materno es MARTÍNEZ, argentino, casado documento nacional de identidad argentino número 7.992.376, MIGUEL ANGEL ESQUENAZI, cuyo apellido materno es ABRUDSKI, argentino, casado, documento nacional de identidad argentino, número 8.009.821, ambos electricistas electrónicos, los dos últimos domiciliados en la ciudad de Córdoba, República de Argentina, Boulevard de Los Húngaros número 5027 B° Los Boulevares; Modificó sociedad ELECTRONICA E.C Y E.C. LIMITADA: A) Los señores JOSÉ ÁNGEL ESCRIBANO LIZARAZU, EDGARDO HORACIO CORIN, HUGO ALFREDO CRISTINA Y MIGUEL ANGEL ESQUENAZI, constituyeron la sociedad ELECTRONICA E.C Y E.C. LIMITADA, rol único tributario número 79.650.020-4, por escritura pública de fecha 22 de enero de 1986, repertorio número 373, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Raúl Undurraga Laso, inscrita en el extracto a fojas 1673 número 846 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 1986 y publicado en el Diario Oficial número 32.385 de fecha 30 de enero de 1986. B) Por escritura de 26 junio de 2009, repertorio 3.788, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Raúl Undurraga Laso, inscrita en el extracto a fojas 30.324 número 20.893 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2009 y publicado en el Diario Oficial número 39.404 de fecha 6 de julio de 2009 modificaron la sociedad retirándose de la misma don EDGARDO HORACIO CORIN, cuyo apellido materno es GOTLIP transfiriendo la totalidad de sus derechos equivalentes al veinticinco por ciento del capital social total, quedando en consecuencia como únicos socios los señores JOSÉ ÁNGEL ESCRIBANO LIZARAZU, HUGO ALFREDO CRISTINA y MIGUEL ANGEL ESQUENAZI. La modificación de escritura de fecha 22 de diciembre de 2016 consiste en agregar a la cláusula TERCERA, de la Administración de la sociedad que los socios don JOSÉ ÁNGEL ESCRIBANO LIZARAZU por sí y en representación de HUGO ALFREDO CRISTINA y MIGUEL ANGEL ESQUENAZI acuerdan que para los efectos de lo dispuesto en el artículo catorce de la Ley de Impuesto a la Renta, en relación a la Circular cuarenta y nueve, de fecha catorce de julio de dos mil dieciséis, emitida por el Servicio de Impuestos Internos, optan por el régimen establecido en el artículo catorce, letra B, del DL ochocientos veinticuatro del año mil novecientos setenta y cuatro, sobre Ley de Impuesto a la Renta. En lo no modificado quedan vigentes todas las disposiciones del contrato social. Santiago, 23 de diciembre de 2016.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA
CVE 2706439
- MODIFICACIÓN
ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA
CVE 2675556
- MODIFICACIÓN
ELECTRÓNICA E.C. Y E.C LIMITADA
CVE 2628611
- MODIFICACIÓN
ELECTRÓNICA E.C. y E.C. LIMITADA
CVE 1549659
- MODIFICACIÓN
ELECTRONICA E.C Y E.C. LIMITADA
CVE 1159374
