Société à responsabilité limitée79.613.450-K

Electrónica Orfali Limitada

MODIFICACIÓN — 7 sept. 2024

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2024-09-07Voir le PDF (CVE 2542740)

Informations sociétaires

Ltda
Gaspar Olea 2324
Administration: Administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía por cualquiera de los socios, separada e indistintamente

Associés (3)

NomParticipation

MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ

Socio

6.xxx.xxx-4

37.5%

MARIO ENMANUEL SOZA SCOLARI

Socio

6.xxx.xxx-7

25%

ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI

Socio

16.xxx.xxx-3

37.5%

Administrateurs (3)

MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ

6.xxx.xxx-4Administrador

MARIO ENMANUEL SOZA SCOLARI

6.xxx.xxx-7Administrador

ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI

16.xxx.xxx-3Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Autre acte· 7 juin 2024

    Se dejó sin efecto una modificación anterior de la sociedad

    COSME FERNANDO GOMILA GATICA

  2. Cession de droits· 17 juillet 2024

    MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ cede parte de sus derechos sociales a ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI

    MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ · ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI

Texte officiel de l’extrait

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes certifico que por escritura pública otorgada con fecha 17/07/2024, Repertorio 8307/2024, ante mi, doña MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ, cédula nacional de identidad número seis millones doscientos ochenta y un mil trescientos cuarenta y siete guion cuatro, comerciante, chilena, casada, con domicilio en Gaspar Olea 2324, comuna de Independencia, Región Metropolitana, don MARIO ENMANUEL SOZA SCOLARI, cédula nacional de identidad número seis millones ciento noventa y un mil setecientos ochenta y tres guion siete, chileno, comerciante, casado, con domicilio en Gaspar Olea 2324, comuna de Independencia, Región Metropolitana y don ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos veinticuatro mil novecientos cuarenta y siete guion tres, técnico en comercio exterior, chileno, soltero, con domicilio en Manuel Rodríguez 540, departamento 802, Comuna de Santiago, Región Metropolitana. Con la comparecencia y autorización de la unanimidad de todos los socios, convienen en efectuar las siguientes modificaciones al contrato social: A) Se deja sin efecto todo lo pactado en la escritura de MODIFICACIÓN de "ELECTRÓNICA ORFALI LIMITADA" celebrada ante don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana con fecha de siete de junio del dos mil veinticuatro, Repertorio 6.224/2024, cuya inscripción de extracto ante el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2024 y que rola a fojas 50030 número 20379. B ) En efecto, y en este acto doña MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales a don ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI quien compra, acepta y adquiere para sí derechos sociales equivalentes al treinta y siete coma cinco por ciento de la sociedad ELECTRÓNICA ORFALI LIMITADA. C) El precio de la venta y cesión, correspondiente al treinta y siete coma cinco por ciento de los derechos sociales que detenta MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ, don ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI pagará la suma de cuatrocientos mil pesos en efectivo y en este acto, declarando la parte vendedora haber recibido a su entera satisfacción. C.- En efecto, han quedado como únicos socios de “ELECTRÓNICA ORFALI LIMITADA” las siguientes personas y con las participaciones que se indican a continuación: MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ con el treinta y siete coma cinco por ciento de los derechos sociales, MARIO ENMANUEL SOZA SCOLARI con el veinticinco por ciento de los derechos sociales y don ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI el treinta y siete coma cinco por ciento de los derechos sociales. La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ a don MARIO ENMANUEL SOZA SCOLARI y a ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI, para que actuando separada e indistintamente cualesquiera de ellos, en nombre y representación de la sociedad, anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado por el presente instrumento, rigen en su integridad lo estipulado en la escritura de constitución de la sociedad. Santiago 06 de agosto de 2024. Mmo.

ModificationDiario Oficial · 2024-06-22Voir le PDF (CVE 2509143)

Informations sociétaires

Ltda
Administration: Separada e indistintamente por cualquiera de los socios administradores

Associés (3)

NomParticipation

MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ

Socio

6.xxx.xxx-4

33.3%

MARIO ENMANUEL SOZA SCOLARI

Socio

6.xxx.xxx-7

33.3%

ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI

Socio

16.xxx.xxx-3

33.3%

Administrateurs (3)

MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ

6.xxx.xxx-4Administrador

MARIO ENMANUEL SOZA SCOLARI

6.xxx.xxx-7Administrador

ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI

16.xxx.xxx-3Administrador

Texte officiel de l’extrait

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes certifico que por escritura pública otorgada con fecha 07/06/2024, Repertorio 6.224/2024, ante mi, doña MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ, cédula nacional de identidad número seis millones doscientos ochenta y un mil trescientos cuarenta y siete guion cuatro, comerciante, chilena, casada, con domicilio en Gaspar Olea 2324, comuna de Independencia, Región Metropolitana, don MARIO ENMANUEL SOZA SCOLARI, cédula nacional de identidad número seis millones ciento noventa y un mil setecientos ochenta y tres guion siete, chileno, comerciante, casado, con domicilio en Gaspar Olea 2324, comuna de Independencia, Región Metropolitana y don ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos veinticuatro mil novecientos cuarenta y siete guion tres, técnico en comercio exterior, chileno, soltero, con domicilio en Manuel Rodríguez 540, departamento 802, Comuna de Santiago, Región Metropolitana. Doña MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ y don MARIO ENMANUEL SOZA SCOLARI, convienen en efectuar las siguientes modificaciones al contrato social: A.-, MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales a don MARIO ENMANUEL SOZA SCOLARI y a don ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI quienes compran, aceptan y adquieren para sí derechos sociales equivalentes al treinta y tres coma tres por ciento de la sociedad para cada uno. B.- El precio de la venta y cesión, correspondiente al ocho coma tres por ciento del setenta y cinco por ciento de los derechos sociales que detenta MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ, don MARIO ENMANUEL SOZA SCOLARI pagará la suma de cuatrocientos mil pesos en efectivo y en este acto, declarando la parte vendedora haber recibido a su entera satisfacción. Del mismo modo, el precio de la venta y cesión, correspondiente al treinta tres coma tres por ciento de los derechos sociales que detenta MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ, don ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI pagará la suma de un millón de pesos en efectivo y en este acto, declarando la parte vendedora haber recibido a su entera satisfacción. C.- Como consecuencia de la cesión anterior, han quedado como únicos socios de “ELECTRÓNICA ORFALI LIMITADA” las siguientes personas y con las participaciones que se indican a continuación: MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ con el treinta y tres coma tres por ciento de los derechos sociales, MARIO ENMANUEL SOZA SCOLARI con el treinta y tres coma tres por ciento de los derechos sociales y don ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI el treinta y tres coma tres por ciento de los derechos sociales. ADMINISTRACIÓN. La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a MARÍA ANJÉLICA ORFALI JIMÉNEZ a don MARIO ENMANUEL SOZA SCOLARI y a ÁLVARO SEBASTIÁN SOZA ORFALI, para que actuando separada e indistintamente cualesquiera de ellos, en nombre y representación de la sociedad, anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado por el presente instrumento, rigen en su integridad lo estipulado en la escritura de constitución de la sociedad. Santiago 07 de junio 2024.mmo.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    ELECTRÓNICA ORFALI LIMITADA

    CVE 2542740

  2. MODIFICACIÓN

    ELECTRÓNICA ORFALI LIMITADA

    CVE 2509143

Relations sociétaires

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