Société à responsabilité limitée79.593.470-7

Leiva Hermanos Limitada

MODIFICACIÓN — 27 mars 2026

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2026-03-27Voir le PDF (CVE 2789499)

Informations sociétaires

Ltda
Longitudinal Sur, kilómetro 90
Administration: corresponderá a don Sergio Fernando Leiva Castro, quien la representará anteponiendo su firma a la razón social

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

CARLOS PATRICIO LEIVA CASTRO

Socio

38.8%

SERGIO FERNANDO LEIVA CASTRO

Socio

61.2%

Administrateurs (1)

SERGIO FERNANDO LEIVA CASTRO

Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 16 août 1985

    Se constituye Leiva Hermanos Limitada.

  2. Retrait d’un associé· 17 février 2026

    Juan Ramón Leiva Castro se retira de la sociedad y recibe el pago de sus derechos en especie.

    JUAN RAMON LEIVA CASTRO · CARLOS PATRICIO LEIVA CASTRO · SERGIO FERNANDO LEIVA CASTRO

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior JORGE SCHWENKE ZÚÑIGA, Titular 2º Notaría Rancagua, Bueras 359 Of. 102, certifico: Por escritura de fecha 17-02-2026, Rep. Nº 669-2026, ante mí, don SERGIO FERNANDO LEIVA CASTRO, empresario, don JUAN RAMON LEIVA CASTRO, comerciante, don CARLOS PATRICIO LEIVA CASTRO, industrial, todos con domicilio en Longitudinal Sur, kilómetro 90, comuna de Olivar; Modificaron sociedad LEIVA HERMANOS LIMITADA, RUT N° 79.593.470-7, Capital propio tributario de la Sociedad según balance general de fecha 31-12-2025 es la suma de: $124.803.259, constituida según escritura pública de fecha 16-08-1985, cuyo extracto se inscribió a fs. 100 vuelta número 96 correspondiente al Registro de Comercio del año 1985 del Conservador de Comercio de Rancagua, y se publicó en el Diario Oficial de 26-08-1985. Los comparecientes modifican pacto constitutivo en el siguiente sentido: Los socios don Carlos Patricio Leiva Castro, don Sergio Fernando Leiva Castro, por sí y en representación de Leiva Hermanos Limitada, y don Juan Ramón Leiva Castro, acuerdan aceptar el retiro de utilidades y retiro de la sociedad de este último, quien percibe la suma de $27.743.764, pagada en especie mediante dación en pago del inmueble individualizado en la señalada escritura. En consecuencia, don Juan Ramón Leiva Castro se retira de la sociedad “Leiva Hermanos Limitada”, otorgándose las partes finiquito total y recíproco por todo concepto. Producto del cambio en la sociedad, ocurrido por el retiro de don JUAN RAMON LEIVA CASTRO, de “LEIVA HERMANOS LIMITADA”, quedan como únicos socios de ésta, don CARLOS PATRICIO LEIVA CASTRO, con un 38,8% de los derechos sociales y capital social y don SERGIO FERNANDO LEIVA CASTRO, con un 61,2% de los derechos sociales y capital social.- En virtud de lo anterior, los actuales y únicos socios de “Leiva Hermanos Limitada” acordaron modificar los estatutos sociales en los siguientes términos: (A) Capital Social: Se fija en la suma de $10.000.000, íntegramente pagado, distribuido entre don Sergio Fernando Leiva Castro, quien aporta $6.120.000, y don Carlos Patricio Leiva Castro, quien aporta $3.880.000. (B) Administración y uso de la razón social: corresponderá a don Sergio Fernando Leiva Castro, quien la representará anteponiendo su firma a la razón social, con las facultades establecidas en el pacto social. Se reitera que la responsabilidad de los socios queda limitada a monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 24 de marzo del 2026.

ModificationDiario Oficial · 2024-01-02Voir le PDF (CVE 2431313)

Informations sociétaires

Ltda
Longitudinal Kilómetro 90

Objet social

Amplía giro social a la extracción y comercialización de todo tipo de áridos, piedras, arenas, arcilla, nitratos y sal, por cuenta propia o de terceros, incluyendo preparación de terrenos, excavaciones, movimientos de tierra, obras civiles, contratista, arriendo de maquinaria, importación, exportación, transformación y comercialización de productos o subproductos, fabricación de vibrados, bloques de cemento, tuberías, ladrillos, inversiones, transporte, compraventa, arriendo, leasing, comercialización, agencia, representación, servicio técnico, distribución, exportación, adquisición, instalación e importación de vehículos, estanques, cámaras frigoríficas, tolvas, maquinaria, repuestos, maestranza, mantención, fabricación y reparación de piezas y vehículos, y toda actividad relacionada o conexa.

Associés (3)

NomParticipation

SERGIO FERNANDO LEIVA CASTRO

Socio

-

JUAN RAMÓN LEIVA CASTRO

Socio

-

CARLOS PATRICIO LEIVA CASTRO

Socio

-

Texte officiel de l’extrait

MIGUEL CHACÓN ZEBALLOS, Notario Público Interino de la Tercera Notaria de Rancagua, calle Campos N° 377, certifico: Por escritura de fecha 15 de diciembre del año 2023, repertorio N° 5159-2023, ante mí, don SERGIO FERNANDO, JUAN RAMÓN y don CARLOS PATRICIO, todos apellidados LEIVA CASTRO, domiciliados Longitudinal Kilómetro 90, Comuna Olivar modificaron “LEIVA HERMANOS LIMITADA” o “SEMACIL LIMITADA”, así: 1) Amplía giro social a la extracción y comercialización de todo tipo de áridos, piedras, arenas, arcilla, nitratos y sal, por cuenta propia o de terceros, y dentro de él todos los que se comprendan como giros específicos, enumerando de forma genérica y no taxativa los siguientes: la preparación de terrenos, excavaciones, movimientos de tierra, ejecución de obras civiles, participación como contratista en obras, arriendo de maquinaria o subarrendar, explotación por cuenta propia o ajena de las actividades señaladas, importación, exportación, transformación y comercialización de productos o subproductos extraídos o explotados y todos sus derivados, sean estas al por mayor o al detalle, ya sea que estos se encuentren sin elaborar, semielaborados o elaborados, fabricación de vibrados, bloques de cemento, tuberías, ladrillos, etcétera, y en general toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro con el giro de explotación y extracción de áridos, pudiendo asimismo actuar como comisionista o mandataria, para la venta y comercio de los productos; realizar inversiones en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, acciones, bonos, debentures, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y mercantiles, administrar dichas inversiones y percibir sus frutos, pudiendo la sociedad constituir derechos y participaciones en toda clase de sociedades nacionales o extranjeras, civiles o mercantiles, pudiendo contratar a profesionales del área de su rubro, pactar la prestación de servicios en participación, adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones, todo ello sin perjuicio de ejecutar todos los actos que sean inherentes o necesarios al objeto social. Asimismo, el desarrollo de cualquier actividad relacionada con el movimiento de tierra y transporte en todas sus formas sea terrestre, marítimo, fluvial o aéreo, de personas o cosas, sea por cuenta propia o de terceros. Podrá dedicarse a proporcionar toda clase de productos para la actividad del transporte, compraventa, arriendo, leasing, comercialización, agencia, representación, servicio técnico, distribución, exportación, adquisición, instalación, importación de todo tipo de vehículos, estanques metálicos, cámaras frigoríficas y térmicas, tolvas hidráulicas y cualquier otro tipo de vehículos, maquinarias, repuestos, piezas y partes de vehículos nuevos, usados o reacondicionados. También podrá dedicarse al arriendo de maquinarias y herramientas relacionadas con el rubro del giro de explotación de áridos. Podrá también realizar labores de maestranza, mantención, fabricación y reparación de piezas de maquinarias y vehículos, taller mecánico, mantención y reparación de maquinarias y vehículos. En general, la sociedad queda facultada mediante acuerdo social prestado en ese acto por los socios, a ejecutar cualquier otra actividad lícita relacionada con las anteriores, o bien cualquier otro tipo de actividad que acuerden los socios y estimen conveniente, sin perjuicio de los actos de comercio formales, actos civiles, y operaciones financieras y bancarias que para el desarrollo de los giros futuros o anteriores que sea necesario realizar. 2) Se modifica clausula arbitral en sentido de que cualquier conflicto será conocido y resuelto, cada vez, por un árbitro arbitrador, tanto en el procedimiento como en el fallo, designado de común acuerdo por las partes y en su defecto por la Justicia Ordinaria. Demás modificaciones en escritura extractada. Rancagua a 19 de diciembre de 2023.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    LEIVA HERMANOS LIMITADA

    CVE 2789499

  2. MODIFICACIÓN

    LEIVA HERMANOS LIMITADA

    CVE 2431313

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario OficialRelation historique (terminée)