Transportes Combarbalá Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$1.500.000
Capital libéré
$1.500.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Víctor Guillermo Peña y Lillo Del Solar Socio | - | 50% | $750.000 |
Arturo Felipe Peña y Lillo Del Solar Socio | - | 50% | $750.000 |
Administrateurs (2)
Arturo Felipe Peña y Lillo Del Solar
Víctor Guillermo Peña y Lillo Del Solar
Texte officiel de l’extrait
ANDRES CARLOS ZAVALA COURRIOL, abogado y Notario Público Interino de la 29ª Notaría de Santiago, según Decreto ya protocolizado en esta Notaría, de este domicilio, calle Mac-Iver 225, oficina 302, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 14 de noviembre de 2022, repertorio N° 4446-2022, don VÍCTOR MARCIAL PEÑA Y LILLO MORA; don VÍCTOR GUILLERMO PEÑA Y LILLO DEL SOLAR; y don ARTURO FELIPE PEÑA Y LILLO DEL SOLAR, todos los anteriores domiciliados, para estos efectos en calle Ainavillo N° 1252, comuna de Concepción, Región del Bio Bio, modificaron sociedad de responsabilidad limitada TRANSPORTES COMBARBALÁ LIMITADA, rut N° 78.965.910-9, inscrita en extracto a fojas 335 bajo el N°259 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 1997, publicado en D.O. 19-03-1997. Las modificaciones sociales consisten: 1) Cesiones de Derechos Sociales. a) Con el consentimiento de los restantes socios, don Víctor Marcial Peña y Lillo Mora, vendió, cedió y transfirió el 50% de los derechos sociales de que es dueño o titular en Transportes Combarbalá Limitada, equivalentes al 26,7% del total de los derechos sociales de la referida compañía, a don Víctor Guillermo Peña y Lillo del Solar, quien, los compró, aceptó y adquirió conforme para sí. El precio de esta compraventa y cesión fue la suma de $7.500.000, cantidad que don Víctor Guillermo Peña y Lillo del Solar pagó en este acto en dinero en efectivo. El cedente efectuó la tradición de los derechos sociales previamente señalados, cumpliendo de tal forma lo dispuesto en el artículo 699 del Código Civil. Como consecuencia de esta cesión de derechos sociales, don Víctor Guillermo Peña y Lillo del Solar aumentó su participación en la compañía alcanzando el 50% de los derechos sociales, y don Víctor Marcial Peña y Lillo Mora disminuyó su participación social al 26,7% de los derechos sociales de la compañía. 2) Por este acto, con el consentimiento de los restantes socios, don Víctor Marcial Peña y Lillo Mora, vendió, cedió y transfirió el 100% de los derechos sociales de que es dueño o titular en Transportes Combarbalá Limitada, equivalentes al 26,7% del total de los derechos sociales de la referida compañía, a don Arturo Felipe Peña y Lillo del Solar, quien, los compró, aceptó y adquirió conforme para sí. El precio de esta compraventa y cesión fue la suma de $7.500.000, cantidad que don Arturo Felipe Peña y Lillo del Solar pagó en este acto en dinero en efectivo. El cedente efectuó la tradición de los derechos sociales previamente señalados, cumpliendo de tal forma lo dispuesto en el artículo 699 del Código Civil. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, don Arturo Felipe Peña y Lillo del Solar aumentó su participación en la compañía alcanzando el 50% de los derechos sociales, y don Víctor Marcial Peña y Lillo Mora se retiró de la compañía, declarando que esta nada le adeuda, situación que es expresamente aceptada por todos los comparecientes. 2) Modificación de los Estatutos Sociales. Socios comparecientes acordaron sustituir los siguientes artículos del estatuto social, los que quedaron en el siguiente tenor: Uno) “CUARTO: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá en forma individual, indistinta y separadamente a don Arturo Felipe Peña y Lillo Del Solar y a don Víctor Guillermo Peña y Lillo Del Solar, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada unas de las facultades señaladas en la escritura extractada, que se dan por reproducidas una a una; y, Dos) “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.500.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don Víctor Guillermo Peña y Lillo Del Solar aporta la suma de $750.000, equivalentes al 50% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad con anterioridad a esta fecha, en la caja social; y, b) Don Arturo Felipe Peña y Lillo Del Solar aporta la suma de $750.000, equivalentes al 50% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad con anterioridad a esta fecha, en la caja social. En consecuencia, se declara íntegramente aportado y enterado el capital social.”. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. En lo demás, estatutos sociales se mantienen íntegramente vigentes. Demás estipulaciones escritura extractada. CAPITAL VIGENTE: $1.500.000. Santiago, 16 de noviembre de 2022.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Transportes Combarbalá Limitada
CVE 2219565
