Société à responsabilité limitée78.859.370-8

Agrícola San Alberto Limitada

MODIFICACIÓN — 27 janv. 2022

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2022-01-27Voir le PDF (CVE 2078166)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

María Florencia Gazitúa Recart

Socio

10%

José Alberto Valdés Gazitúa

Socio

49.5%

María Verónica Valdés Gazitúa

Socio

49.5%

Texte officiel de l’extrait

Juan Ricardo San Martín Urrejola, abogado, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 6 de enero de 2022, ante mí, María Florencia Gazitúa Recart, domiciliada en Las Nieves Nº 3515, departamento 21, comuna de Vitacura, Santiago, José Alberto Valdés Gazitúa, domiciliado en Los Navegantes Nº 2264, comuna de Providencia, Santiago, y María Verónica Valdés Gazitúa, domiciliada en El Peumo Nº 259, comuna de Vitacura, Santiago, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “Agrícola San Alberto Limitada”, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 14.541 Nº 11.280 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1996, en los siguientes términos y condiciones: (i) Donación y cesión de la nuda propiedad de derechos sociales de María Florencia Gazitúa Recart. Por escritura pública de fecha 6 de enero de 2022 otorgada en esta misma Notaría, la socia María Florencia Gazitúa Recart donó a sus hijos José Alberto Valdés Gazitúa y María Verónica Valdés Gazitúa, en forma irrevocable y gratuita, en partes iguales, la nuda propiedad sobre el 9% de los derechos sociales de que era titular en la Sociedad, correspondiéndoles la nuda propiedad sobre un 4,5% del capital y fondos sociales de la Sociedad a cada uno de sus hijos. Como consecuencia de la donación referida, el capital de la Sociedad, ascendente a $5.000.000 se distribuye entre los socios en las siguientes proporciones: /i/ María Florencia Gazitúa Recart es titular de la plena propiedad sobre derechos sociales equivalentes al 1% del capital e interés social y del usufructo vitalicio sobre derechos sociales equivalentes al 9% del capital e interés social; /ii/ José Alberto Valdés Gazitúa es titular de la plena propiedad sobre derechos sociales equivalentes al 45% del capital e interés social y de la nuda propiedad sobre derechos sociales equivalentes al 4,5 % del capital; y /iii/ María Verónica Valdés Gazitúa es titular de la plena propiedad sobre derechos sociales equivalentes al 45% del capital e interés social y de la nuda propiedad sobre derechos sociales equivalentes al 4,5% del capital. (ii) Modificación de los estatutos de la Sociedad. Como consecuencia de la donación y cesión de la nuda propiedad sobre derechos de la Sociedad referidas, los actuales y únicos socios de la Sociedad, acordaron reemplazar el artículo quinto de sus estatutos por el siguiente: “Quinto: el capital de la sociedad es la cantidad de $5.000.000, que los socios han aportado y enterado íntegramente con anterioridad a esta fecha y a entera satisfacción de la sociedad y de sus socios, en la siguiente forma y proporciones: /i/ Doña María Florencia Gazitúa Recart, es titular de la plena propiedad sobre derechos sociales equivalentes al 1% del capital e interés social y del usufructo vitalicio sobre derechos sociales equivalentes al 9% del capital e interés social; /ii/ Don José Alberto Valdés Gazitúa, es titular de la plena propiedad sobre derechos sociales equivalentes al 45% del capital e interés social y de la nuda propiedad sobre derechos sociales equivalentes al 4,5% del capital; y /iii/ Doña María Verónica Valdés Gazitúa es titular de la plena propiedad sobre derechos sociales equivalentes al 45% del capital e interés social y de la nuda propiedad sobre derechos sociales equivalentes al 4,5% del capital. La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes.” (iii) Modificación de la cláusula de distribución de utilidades. Los únicos y actuales socios de la Sociedad acordaron reemplazar el artículo octavo de sus estatutos sociales por el siguiente: “Octavo: La sociedad practicará un balance general e inventario al 31 de diciembre de cada año. Las utilidades se distribuirán y las pérdidas se soportarán por los socios en la proporción que determinen unánimemente de común acuerdo durante el ejercicio respectivo. A falta de acuerdo, las utilidades se distribuirán y las pérdidas se soportarán a prorrata de sus aportes en el capital social. Corresponderá a la usufructuaria vitalicia del 9% de los derechos sociales, doña María Florencia Gazitúa Recart, y de cuya nuda propiedad son titulares don José Alberto Valdés Gazitúa y doña María Verónica Valdés Gazitúa, percibir las utilidades que correspondan a dichos derechos sociales.” Se dejó constancia que en lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las demás estipulaciones del estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de enero 2022.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    Agrícola San Alberto Limitada

    CVE 2078166

Relations sociétaires

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