Ignacio Huenchullán Catalán Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$3.000.000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
IGNACIO EDUARDO HUENCHULLÁN CATALÁN Socio 83.559.709-7 | 83.559.709-7 | 50% | - |
Socio 15.xxx.xxx-5 | 15.xxx.xxx-5 | 20% | - |
IGNACIO ANDRES HUENCHULLÁN PRUSS Socio 18.xxx.xxx-5 | 18.xxx.xxx-5 | 30% | - |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 29 mai 1996
Se constituye una sociedad colectiva civil denominada "IGNACIO HUENCHULLÁN CATALAN Y COMPAÑÍA" o "IGNACIO HUENCHULLÁN Y CIA."
IGNACIO EDUARDO HUENCHULLÁN CATALÁN · CARLA ELISA PRUSS FLORES
- Transformation· 12 novembre 2004
La sociedad colectiva civil se transforma en sociedad de responsabilidad limitada con la razón social "IGNACIO HUENCHULLÁN CATALÁN Y COMPAÑÍA LIMITADA".
IGNACIO EDUARDO HUENCHULLÁN CATALÁN · CARLA ELISA PRUSS FLORES
- Changement de capital· 6 juin 2017
Se modifica la cláusula de distribución de utilidades y pérdidas, fijando 60% para Ignacio Eduardo Huenchullán Catalán y 40% para Carla Elisa Pruss Flores.
IGNACIO EDUARDO HUENCHULLÁN CATALÁN · CARLA ELISA PRUSS FLORES
- Cession de droits· 12 juillet 2024
Ignacio Eduardo Huenchullán Catalán cede 25% de sus derechos a Ignacio Andres Huenchullán Pruss, y Carla Elisa Pruss Flores cede 5% de sus derechos al mismo cesionario.
IGNACIO EDUARDO HUENCHULLÁN CATALÁN · CARLA ELISA PRUSS FLORES · IGNACIO ANDRES HUENCHULLÁN PRUSS
Texte officiel de l’extrait
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha doce de Julio de dos mil veinticuatro, ante mí, don IGNACIO EDUARDO HUENCHULLÁN CATALÁN, chileno, médico cirujano de especialidad anestesiólogo, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número ocho millones trescientos cincuenta y nueve mil setecientos nueve guión siete; doña CARLA ELISA PRUSS FLORES, chilena, asistente social, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos veintitrés mil ciento doce guión cinco, y don IGNACIO ANDRES HUENCHULLAN PRUSS, chileno, Licenciado en Medicina, soltero, cédula nacional de identidad número dieciocho millones setecientos diecinueve mil seiscientos sesenta y cinco guion cinco; todos domiciliados en calle Rinconada Pasaje B número tres, Condominio Terranova, Lomas del Carmen, de la comuna y ciudad de Temuco, expusieron: ANTECEDENTES. UNO) Por escritura pública de fecha veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y seis, en la Notaría de don CLAUDIO GONZÁLEZ ROSAS de la ciudad de Temuco, don IGNACIO EDUARDO HUENCHULLÁN CATALÁN, y doña CARLA ELISA PRUSS FLORES constituyeron una sociedad colectiva civil en conformidad a las disposiciones de los artículos dos mil cincuenta y tres y siguientes del Código Civil, denominada “IGNACIO HUENCHULLÁN CATALAN Y COMPAÑÍA” o “IGNACIO HUENCHULLÁN Y CIA.”, anotada al repertorio bajo el número trecientos del tercer bimestre de mil novecientos noventa y seis. DOS) Por escritura pública de fecha doce de noviembre de dos mil cuatro ante Notario Público, don HUMBERTO TORO MARTÍNEZ- CONDE, abogado, Notario Público de la Agrupación de Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Cunco, Vilcún, Melipeuco y Freire, anotada al repertorio de instrumentos públicos número cinco mil quinientos cuatro, los comparecientes transformaron su sociedad colectiva civil en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, regida por las disposiciones de su estatuto, la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, y por las disposiciones del Código de Comercio y Código Civil, con la razón social “IGNACIO HUENCHULLÁN CATALÁN Y COMPAÑÍA LIMITADA”, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas mil ciento veintiséis, número ochocientos ochenta y cuatro, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco con fecha veintinueve de diciembre de dos mil cuatro, publicado en Diario Oficial edición número treinta y ocho mil cuarenta y siete, de fecha veintinueve de diciembre del mismo año. La sociedad se transformó con un capital de TRES MILLONES DE PESOS, que los socios aportaron de la siguiente forma: a) el socio IGNACIO EDUARDO HUENCHULLÁN CATALÁN aportó la suma de dos millones doscientos cincuenta mil pesos, correspondiéndole un SETENTA Y CINCO POR CIENTO en el CAPITAL SOCIAL, y b) la socia CARLA ELISA PRUSS FLORES aportó la suma de setecientos cincuenta mil pesos, correspondiéndole un VEINTICINCO POR CIENTO de participación en el CAPITAL SOCIAL. TRES) Por escritura pública de fecha seis de junio de dos mil diecisiete ante Notario Público, don JORGE ELÍAS TADRES HALES, abogado, Notario Público Titular de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Cunco, Vilcún, Freire y Melipeuco, anotada al repertorio de instrumentos público número cuatro mil quinientos dos, los comparecientes realizaron una modificación del pacto social en cuanto a la cláusula séptima, estableciendo un porcentaje distinto de distribución de las utilidades y eventuales pérdidas, correspondiendo a don IGNACIO EDUARDO HUENCHULLÁN CATALÁN un SESENTA POR CIENTO, y para doña CARLA ELISA PRUSS FLORES una proporción del CUARENTA POR CIENTO; y cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas ochocientos cuarenta y nueve, número quinientos sesenta y seis, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco con fecha diecinueve de junio de dos mil diecisiete, y publicado en Diario Oficial edición número cuarenta y un mil setecientos ochenta y siete de fecha diecinueve de junio del mismo año. El Rol Único Tributario de la Sociedad es setenta y ocho millones ochocientos cuarenta y ocho mil trescientos guion siete. La sociedad se constituyó con un capital social de tres millones de pesos, que no ha sido modificado a la fecha.- PRESENTE CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES. Por instrumento extractado los comparecientes efectuaron las siguientes cesiones de derechos sociales: a) don IGNACIO EDUARDO HUENCHULLÁN CATALÁN, vende, cede y transfiere un VEINTICINCO POR CIENTO de los derechos sociales al socio que ingresa don IGNACIO ANDRES HUENCHULLÁN PRUSS, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta venta es la suma de setecientos cincuenta mil pesos, que paga en acto escritura en dinero en efectivo, a la cedente, y que ésta declara recibir a su entera satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago; y b) doña CARLA ELISA PRUSS FLORES vende, cede y transfiere un CINCO POR CIENTO de los derechos sociales al socio que ingresa don IGNACIO ANDRES HUENCHULLÁN PRUSS, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta venta es la suma de ciento cincuenta mil pesos, que paga en acto escritura en dinero en efectivo, a la cedente, y que ésta declara recibir a su entera satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago.- APROBACIÓN. Los comparecientes, en conformidad a su participación en la sociedad y en mérito de las cláusulas anteriores de este instrumento vienen en declarar expresamente, que prestan su total y mutua aprobación, en la celebración de los actos de venta, cesión y transferencia de derechos sociales y en consecuencia, quedan como únicos socios de la sociedad “IGNACIO HUENCHULLÁN CATALAN Y COMPAÑÍA LIMITADA”: a) don IGNACIO EDUARDO HUENCHULLÁN CATALÁN, con un CINCUENTA POR CIENTO de participación en el capital social y la misma proporción respecto a las utilidades y pérdidas sociales; b) doña CARLA ELISA PRUSS FLORES con un VEINTE POR CIENTO de participación en el capital social y la misma proporción respecto a las utilidades y pérdidas sociales; c) don IGNACIO ANDRES HUENCHULLÁN PRUSS con un TREINTA POR CIENTO de participación en el capital social y la misma proporción respecto a las utilidades y pérdidas sociales.– PRESETE MODIFICACIÓN: En virtud de las cesiones de derechos señaladas precedentemente, por este instrumento los comparecientes vienen en modificar la cláusula SÉPTIMA referente a la distribución de las utilidades y perdidas, quedando en consecuencia de acuerdo al siguiente tenor: “SÉPTIMO: REPARTO DE UTILIDADES. Las utilidades y eventuales perdidas que arroje el balance de la sociedad, deducidas las reservas legales, se distribuirán entre los socios en la siguiente proporción: a) de un CINCUENTA POR CIENTO para el socio IGNACIO EDUARDO HUENCHULLÁN CATALÁN; b) de un VEINTE POR CIENTO para la socia CARLA ELISA PRUSS FLORES, y c) de un TREINTA POR CIENTO para el socio don IGNACIO ANDRES HUENCHULLÁN PRUSS”.- En todo lo no modificado, seguirán vigentes íntegramente las estipulaciones del pacto social de fecha dieciséis de mayo de dos mil seis.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 24 de Julio de 2024.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
IGNACIO HUENCHULLÁN CATALÁN Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 2524160
