Inversiones San Cristobal Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La inversión, nacional y/o extranjera, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, cuotas de fondos de inversión, derechos sociales o cuotas en otras compañías, valores mobiliarios y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales, así como cualquier tipo de inversión nacional y/o extranjera, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes. Para los fines señalados, podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital y ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales y en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los socios en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por las leyes chilenas.
Capital
Capital total
USD 1.210.699,42
Capital libéré
USD 1.210.699,42
Capital restant dû
USD 0
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Verónica Esther Fueyo Villanueva Socio | - | 99.97% | USD 1.210.301,53 |
Socio | - | 0.01% | USD 132,63 |
Socio | - | 0.01% | USD 132,63 |
Socio | - | 0.01% | USD 132,63 |
Administrateurs (4)
Texte officiel de l’extrait
VERÓNICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago de don IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos número novecientos setenta y nueve, oficina quinientos uno, de la comuna de Santiago, Región Metropolitana certifico: Que por escritura pública de fecha 3 de diciembre de 2021, otorgada ante don Iván Torrealba Acevedo, Notario Público de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, anotada bajo el repertorio número 23.687-2021, (a) Verónica Esther Fueyo Villanueva; (b) Tomás Domingo Castaño Fueyo; (c) Sebastián Pablo Castaño Fueyo; y (d) Cristobal José Castaño Fueyo, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Santa Blanca número mil quinientos siete, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad INVERSIONES SAN CRISTOBAL LIMITADA (en adelante la “Sociedad”), dividieron y modificaron los estatutos de la Sociedad en los siguientes términos: (i) Con efecto desde el 3 de diciembre de 2021, se dividió la Sociedad en dos sociedades, subsistiendo INVERSIONES SAN CRISTOBAL LIMITADA como continuadora legal, conservando su personalidad jurídica y el Rol Único Tributario. Por otro lado, creándose una nueva sociedad de responsabilidad limitada producto de la división antes referida, que se denominó “INVERSIONES ASTURIAS LIMITADA” (en adelante la “Nueva Sociedad”). El patrimonio de cada una de estas dos sociedades se enteró asignándoles los activos y pasivos de INVERSIONES SAN CRISTOBAL LIMITADA que se indican en la escritura extractada; todos debidamente valorizados de acuerdo al balance proforma de división, preparado con fecha de cierre de 3 de diciembre de 2021. (ii) A efectos de materializar la división, se acordó disminuir el capital de la Sociedad en la cantidad de mil catorce millones doscientos veintisiete mil ciento veintidós pesos, capital que fue asignado a la Nueva Sociedad que se creó producto de la división. De esta forma el capital de la Sociedad se redujo desde la suma de mil trescientos sesenta y nueve millones doscientos cuarenta y ocho mil quinientos treinta y cuatro pesos a la suma de trescientos cincuenta y cinco millones veintiún mil cuatrocientos doce pesos. El capital de la Sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado por (a) Verónica Esther Fueyo Villanueva; (b) Tomás Domingo Castaño Fueyo; (c) Sebastián Pablo Castaño Fueyo; y (d) Cristobal José Castaño Fueyo, con anterioridad a la fecha de la escritura extractada. (iii) En razón de lo anterior se modificó el artículo Quinto de los estatutos sociales de INVERSIONES SAN CRISTOBAL LIMITADA, reemplazándolo por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de trescientos cincuenta y cinco millones veintiún mil cuatrocientos doce pesos que se aportan en la forma que se indica: (a) doña Verónica Esther Fueyo Villanueva, ha aportado y pagado la suma de trescientos cincuenta y cuatro millones novecientos cuatro mil setecientos treinta y seis pesos, equivalentes aproximadamente a un noventa y nueve coma noventa y siete por ciento de los derechos sociales en el capital social; (b) don Sebastian Pablo Castaño Fueyo, ha aportado y pagado la suma de treinta y ocho mil ochocientos noventa y dos pesos, equivalentes aproximadamente a un cero coma cero un por ciento de los derechos sociales en el capital social; (c) don Tomas Domingo Castaño Fueyo, ha aportado y pagado la suma de treinta y ocho mil ochocientos noventa y dos pesos, equivalentes aproximadamente a un cero coma cero un por ciento de los derechos sociales en el capital social; (d) don Cristobal José Castaño Fueyo ha aportado y pagado la suma de treinta y ocho mil ochocientos noventa y dos pesos, equivalentes aproximadamente a un cero coma cero un por ciento de los derechos sociales en el capital social”. (iv) Se dejó constancia que la totalidad de los restantes activos y pasivos de la Sociedad, que no fueron asignados a la Nueva Sociedad, seguirán perteneciendo a la Sociedad, en su calidad de continuadora legal. (v) A continuación los socios de la Nueva Sociedad: (a) Verónica Esther Fueyo Villanueva; (b) Tomás Domingo Castaño Fueyo; (c) Sebastián Pablo Castaño Fueyo; y (d) Cristobal José Castaño Fueyo, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Santa Blanca número mil quinientos siete, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, acordaron los estatutos de la Nueva Sociedad creada producto de la división de la Sociedad, que se extracta a continuación: Nombre: INVERSIONES ASTURIAS LIMITADA. Objeto: La inversión, nacional y/o extranjera, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, cuotas de fondos de inversión, derechos sociales o cuotas en otras compañías, valores mobiliarios y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales, así como cualquier tipo de inversión nacional y/o extranjera, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes. Para los fines señalados, podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital y ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales y en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por las leyes chilenas. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón doscientos diez mil seiscientos noventa y nueve dólares con cuarenta y dos centavos de los Estados Unidos de América, el cual se encuentra totalmente pagado y que los socios enteran de la siguiente manera: (a) doña Verónica Esther Fueyo Villanueva, ha aportado y pagado la suma de un millón doscientos diez mil trescientos un dólar con cincuenta y tres centavos de los Estados Unidos de América, equivalentes aproximadamente a un noventa y nueve coma noventa y siete por ciento de los derechos sociales; (b) don Sebastian Pablo Castaño Fueyo, ha aportado y pagado la suma de ciento treinta y dos dólares con sesenta y tres centavos de los Estados Unidos de América, equivalentes aproximadamente a un cero coma cero un por ciento de los derechos sociales; (c) don Tomas Domingo Castaño Fueyo, ha aportado y pagado la suma de ciento treinta y dos dólares con sesenta y tres centavos de los Estados Unidos de América, equivalentes aproximadamente a un cero coma cero un por ciento de los derechos sociales; (d) don Cristobal José Castaño Fueyo ha aportado y pagado la suma de ciento treinta y dos dólares con sesenta y tres centavos de los Estados Unidos de América, equivalentes aproximadamente a un cero coma cero un por ciento de los derechos sociales. Duración: La duración de la sociedad será de quince años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de quince años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período de vigencia o de la prórroga que esté en curso. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a: i) a doña Verónica Esther Fueyo Villanueva, quien podrá actuar en forma individual; y a ii) don Sebastian Pablo Castaño Fueyo, don Tomas Domingo Castaño Fueyo y don Cristobal José Castaño Fueyo, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, i) y ii) podrán representar a la sociedad y hacer uso de la razón social, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean, en representación de la sociedad o que se relacionen directa o indirectamente con el objeto de la misma. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. (vi) Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de enero de 2022.
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- MODIFICACIÓN
INVERSIONES SAN CRISTOBAL LIMITADA
CVE 2080304
