Inversiones Espinoza Labarca Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La inversión, reinversión, compra, venta, explotación, administración, representación, adquisición y enajenación a cualquier título de todo tipo de bienes, especialmente bienes incorporales tales como, valores mobiliarios, acciones, derechos e interés en toda clase de sociedades, créditos, bonos, debentures, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble; b) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; y c) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital libéré
$2.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
DANIEL ALEJANDRO ESPINOZA GONZÁLEZ Socio 9.xxx.xxx-6 | 9.xxx.xxx-6 | 70% | $1.400.000 |
LORETTA ISABEL LABARCA GUAJARDO Socio 15.xxx.xxx-2 | 15.xxx.xxx-2 | 30% | $600.000 |
Administrateurs (1)
DANIEL ALEJANDRO ESPINOZA GONZÁLEZ
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, Notario Público Suplente de la 38° Notaria De Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna de Las Condes, certifica: Que, por escritura pública de fecha 30 de diciembre del año 2025, repertorio N°74.887, ante la titular, María Soledad Lascar Merino, don DANIEL ALEJANDRO ESPINOZA GONZÁLEZ, cédula de identidad número 9.901.138-6 y doña LORETTA ISABEL LABARCA GUAJARDO, cédula de identidad número 15.832.708-2, ambos domiciliados en calle Carlos Antúnez número 2.535, departamento número 702, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes, que se regirá por las disposiciones y estipulaciones de sus estatutos, y en lo no contemplado en estos, por la Ley número 3.918 y sus modificaciones, así como por las normas del Código de Comercio y Civil que resultaren aplicables, conforme se indica en la escritura extractada: Nombre Social: INVERSIONES ESPINOZA LABARCA LIMITADA. Objeto: El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La inversión, reinversión, compra, venta, explotación, administración, representación, adquisición y enajenación a cualquier título de todo tipo de bienes, especialmente bienes incorporales tales como, valores mobiliarios, acciones, derechos e interés en toda clase de sociedades, créditos, bonos, debentures, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble; b) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; y c) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse en otros lugares del país o del extranjero. Duración: 5 años a contar desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales según las condiciones estipuladas en la misma escritura. Capital: $2.000.000, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: Uno) don Daniel Alejandro Espinoza González, aporta la suma de $1.400.000, equivalentes al 70% de los derechos sociales, monto que paga en acto de constitución, de la siguiente forma: a) la suma de $970.930, mediante el aporte en dominio de 755.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal de la sociedad por acciones denominada “ALICANTO SpA”, Rol Único Tributario número 76.996.707-9, debidamente inscritas a su nombre en el Registro de Accionistas de ALICANTO SpA, y avaluadas de común acuerdo por los socios en la suma de $970.930; y b) la suma de $429.070, monto que paga en acto de constitución, de contado y en dinero efectivo, el cual ingresa en arcas sociales. Dos) Doña Loretta Isabel Labarca Guajardo, aporta la suma de $600.000, equivalentes al 30% de los derechos sociales, monto que paga en acto de constitución, de contado y en dinero efectivo, el cual ingresa en arcas sociales. De esta forma, queda íntegramente pagado el capital social. Administración: La Sociedad será administrada exclusivamente por don Daniel Alejandro Espinoza González, en calidad de administrador estatutario, con amplias facultades y sin limitaciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de febrero del 2026.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES ESPINOZA LABARCA LIMITADA
CVE 2770424
