Quezada, Alcaíno Y Venegas Consultora Legal Y De Gestión Integral Ltda.
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
Servicios Profesionales de Abogadas: La prestación de servicios profesionales propios del ejercicio del derecho, tales como asesoría legal preventiva y estratégica; representación y patrocinio judicial y extrajudicial; elaboración de informes en derecho, estudios técnicos y jurídicos; auditorías legales y contractuales; consultorías especializadas y acompañamiento jurídico integral a personas naturales y jurídicas, tanto del sector público como privado. Estos servicios serán desarrollados de manera directa y personal por las socias, todas abogadas, constituyéndose la sociedad como una sociedad de profesionales, en los términos reconocidos por la legislación chilena vigente; dos) Asesoría y Gestión en Contratación Pública: La prestación de servicios de consultoría integral, asesoría jurídica y gestión estratégica dirigida tanto a proveedores del Estado como a organismos compradores del sector público, abarcando todas las fases de los procesos de contratación pública y sus diversos mecanismos de compra, tales como, licitaciones públicas y privadas, tratos directos, compra ágil y convenios marco; comprendiendo desde la elaboración y revisión de bases de licitación, términos de referencia y formularios, entre otros; la preparación y presentación de ofertas; el apoyo jurídico en las etapas de evaluación y adjudicación; hasta la gestión integral durante la ejecución de los contratos mediante la tramitación de modificaciones contractuales, preparación de descargos ante multas, interposición de recursos administrativos, gestión de paralizaciones de obras, términos regulares o anticipados y liquidaciones de contrato; aplicable especialmente a contratos de construcción y, en general a obras públicas y privadas, concesiones, suministros y prestación de servicios. tres) Consultoría a Organismos Públicos: La prestación de servicios de asesoría, consultoría y gestión jurídica, técnica y estratégica a municipalidades, servicios públicos, empresas públicas y demás organismos de la Administración del Estado, en materias de derecho administrativo, municipal, civil y regulatorio, incluyendo, sin que la enumeración sea taxativa, contratación y compras públicas, urbanismo, planificación territorial y construcción, regularización de inmuebles, gestión y desarrollo de proyectos, elaboración, revisión y administración de contratos, concesiones administrativas, cumplimiento normativo, informes en derecho, estudios de títulos, defensa administrativa y, en general toda clase de actuaciones, gestiones y servicios relacionados o conexos con su quehacer institucional; cuatro) Gestión Jurídica de Fondos concursables: La asesoría, preparación y gestión técnica jurídica en procesos de postulación a fondos concursables, subsidios y programas de financiamiento y apoyo al emprendimiento, innovación, desarrollo productivo y cultural, tanto públicos como privados. cinco) Capacitación y Extensión: La realización de capacitaciones, relatorías, charlas, seminarios y actividades de extensión en materias jurídicas, de gestión, contratación pública y demás áreas relacionadas directa o indirectamente con el giro social y; seis) Actos complementarios: En general, la celebración de actos y contratos civiles y profesionales que sean necesarios, complementarios o conducentes al cumplimiento de su objeto social
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital libéré
$3.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
ANDREA ALEJANDRA QUEZADA AVENDAÑO Socio 14.xxx.xxx-0 | 14.xxx.xxx-0 | - | $1.000.000 |
VERÓNICA ALEJANDRA ALCAÍNO GONZÁLEZ Socio 16.xxx.xxx-6 | 16.xxx.xxx-6 | - | $1.000.000 |
Socio 13.xxx.xxx-7 | 13.xxx.xxx-7 | - | $1.000.000 |
Administrateurs (3)
ANDREA ALEJANDRA QUEZADA AVENDAÑO
VERÓNICA ALEJANDRA ALCAÍNO GONZÁLEZ
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior JORGE SCHWENKE ZÚÑIGA, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Rancagua, Bueras 359 Of. 102, Certifica: Por escritura pública de fecha 26 de marzo de 2026, repertorio N° 1216-2026, ante mí, doña ANDREA ALEJANDRA QUEZADA AVENDAÑO, chilena, soltera, abogada, C.I. N° 14.200.620-0, domiciliada en Avenida Membrillar N° 230, departamento 402, comuna de Rancagua; doña VERÓNICA ALEJANDRA ALCAÍNO GONZÁLEZ, chilena, soltera, abogada, C.I. N° 16.491.189-6, domiciliada en Avenida Illanes N° 1351, Población Los Alpes, comuna de Rancagua y; doña GLADYS MARÍA VENEGAS BELLO, chilena, soltera, abogada, C.I. N° 13.343.314-7, domiciliada en Calle José Sotomayor N° 1049, Población Manso de Velasco, comuna de Rancagua, vienen en este acto en constituir la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “QUEZADA, ALCAÍNO Y VENEGAS CONSULTORA LEGAL Y DE GESTIÓN INTEGRAL LTDA”. OBJETO será uno) Servicios Profesionales de Abogadas: La prestación de servicios profesionales propios del ejercicio del derecho, tales como asesoría legal preventiva y estratégica; representación y patrocinio judicial y extrajudicial; elaboración de informes en derecho, estudios técnicos y jurídicos; auditorías legales y contractuales; consultorías especializadas y acompañamiento jurídico integral a personas naturales y jurídicas, tanto del sector público como privado. Estos servicios serán desarrollados de manera directa y personal por las socias, todas abogadas, constituyéndose la sociedad como una sociedad de profesionales, en los términos reconocidos por la legislación chilena vigente; dos) Asesoría y Gestión en Contratación Pública: La prestación de servicios de consultoría integral, asesoría jurídica y gestión estratégica dirigida tanto a proveedores del Estado como a organismos compradores del sector público, abarcando todas las fases de los procesos de contratación pública y sus diversos mecanismos de compra, tales como, licitaciones públicas y privadas, tratos directos, compra ágil y convenios marco; comprendiendo desde la elaboración y revisión de bases de licitación, términos de referencia y formularios, entre otros; la preparación y presentación de ofertas; el apoyo jurídico en las etapas de evaluación y adjudicación; hasta la gestión integral durante la ejecución de los contratos mediante la tramitación de modificaciones contractuales, preparación de descargos ante multas, interposición de recursos administrativos, gestión de paralizaciones de obras, términos regulares o anticipados y liquidaciones de contrato; aplicable especialmente a contratos de construcción y, en general a obras públicas y privadas, concesiones, suministros y prestación de servicios. tres) Consultoría a Organismos Públicos: La prestación de servicios de asesoría, consultoría y gestión jurídica, técnica y estratégica a municipalidades, servicios públicos, empresas públicas y demás organismos de la Administración del Estado, en materias de derecho administrativo, municipal, civil y regulatorio, incluyendo, sin que la enumeración sea taxativa, contratación y compras públicas, urbanismo, planificación territorial y construcción, regularización de inmuebles, gestión y desarrollo de proyectos, elaboración, revisión y administración de contratos, concesiones administrativas, cumplimiento normativo, informes en derecho, estudios de títulos, defensa administrativa y, en general toda clase de actuaciones, gestiones y servicios relacionados o conexos con su quehacer institucional; cuatro) Gestión Jurídica de Fondos concursables: La asesoría, preparación y gestión técnica jurídica en procesos de postulación a fondos concursables, subsidios y programas de financiamiento y apoyo al emprendimiento, innovación, desarrollo productivo y cultural, tanto públicos como privados. cinco) Capacitación y Extensión: La realización de capacitaciones, relatorías, charlas, seminarios y actividades de extensión en materias jurídicas, de gestión, contratación pública y demás áreas relacionadas directa o indirectamente con el giro social y; seis) Actos complementarios: En general, la celebración de actos y contratos civiles y profesionales que sean necesarios, complementarios o conducentes al cumplimiento de su objeto social. DURACION: La sociedad tendrá una duración de tres años contados desde la fecha de la escritura de constitución de la sociedad y se renovará por periodos iguales y sucesivos de tres años, salvo que con seis meses de anticipación, a lo menos, a la fecha de expiración inicial o de cualquiera de sus prórrogas, alguna de las socias manifestare a la otra su intención de poner término a la Sociedad mediante declaración formulada por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000.- que las socias aportan en igual proporción en la cifra de $1.000.000.- cada una, aportado, pagado, dinero efectivo, ingresado a la caja social. ADMINISTRACIÓN: La Administración, representación y el uso de la razón social corresponderán mancomunadamente a las socias doña ANDREA ALEJANDRA QUEZADA AVENDAÑO, doña VERÓNICA ALEJANDRA ALCAÍNO GONZÁLEZ y doña GLADYS MARÍA VENEGAS BELLO. Para que la sociedad quede válidamente obligada, será necesaria la actuación conjunta y firma de dos de las tres socias mencionadas anteriormente, quienes podrán actuar en cualquier combinación de dos de ellas, anteponiendo siempre la razón social a sus firmas personales. DOMICILIO: Ciudad de Rancagua, sin perjuicio del establecimiento de oficinas, sucursales o agencias en otros puntos del país y/o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura social extractada. Rancagua, 01 de abril de 2026.
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QUEZADA, ALCAÍNO Y VENEGAS CONSULTORA LEGAL Y DE GESTIÓN INTEGRAL LTDA.
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