Société à responsabilité limitée78.340.937-2

Amelia IN Limitada

CONSTITUCIÓN — 14 janv. 2026

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2026-01-14Voir le PDF (CVE 2754332)

Informations sociétaires

Ltda
No se indica en el extracto
Durée: cinco años, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno
Administration: La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderán a los socios Exequiel Anfruns Bustos y Caterina Alessandra Utili Escudero, quienes actuando individualmente y anteponiendo a su firma personal la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Si la operación, individualmente considerada, supera la cantidad de $5.000.000, ambos administradores deberán actuar conjuntamente.

Objet social

a) la prestación de toda clase de servicios y asesoría todo tipo de personas o empresas en el ámbito de inversiones; y, b) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores

Capital

Capital total

$200.000

Capital libéré

$200.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Exequiel Anfruns Bustos

Socio

50%

Caterina Alessandra Utili Escudero

Socio

50%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 12 de diciembre de 2025, repertorio Nº 8.987/2025, ante mí, don Exequiel Anfruns Bustos, debidamente representado y domiciliado para estos efectos en Luis Carrera 2700 A, departamento 201, Vitacura; y doña Caterina Alessandra Utili Escudero, domiciliada para estos efectos en Luis Matte Larraín 847, Las Condes, Santiago, Chile, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a la Ley N°3.918, de cuyos estatutos se extracta: Razón Social: El nombre de la sociedad o su razón social es “Amelia IN Limitada” (en adelante la “Sociedad”). Administración: La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderán a los socios a don Exequiel Anfruns Bustos y doña Caterina Alessandra Utili Escudero quienes actuando individualmente y anteponiendo a su firma personal la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, pudiendo también autocontratar con la Sociedad, con todas las facultades señaladas en el presente Artículo. Sin perjuicio de lo anterior, y en el caso que la operación, individualmente considerada supere la cantidad de $5.000.000, ambos administradores deberán actuar conjuntamente. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $200.000, que los socios aportan y enteran en este acto, en dinero, en las siguientes cantidades y proporciones: a) Don Exequiel Anfruns Bustos la suma de $100.000, equivalente a un 50% del capital social; y, b) Doña Caterina Alessandra Utili Escudero, la suma de $100.000, equivalente a un 50% del capital social. Objeto: El objeto de la Sociedad es: a) la prestación de toda clase de servicios y asesoría todo tipo de personas o empresas en el ámbito de inversiones; y, b) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. Duración: La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por período iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Responsabilidad: Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 08 de enero de 2026.

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