Société à responsabilité limitée78.248.360-9

Manuel Acuña Kairath Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 15 févr. 2023

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2023-02-15Voir le PDF (CVE 2272433)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: indefinido
Administration: La representación y administración corresponderá indistintamente a dos cualquiera de los socios, quienes conjuntamente anteponiendo sus firmas a la razón social la representarán con las más amplias facultades

Objet social

efectuar inversiones inmobiliarias, construir, explotar y administrar propiedades y percibir sus frutos; promover toda clase de servicios y operaciones financieras y comerciales; invertir en financiamiento de empresas o establecimientos comerciales, industriales, agrícolas o mineros; y en general, cualquiera otra clase de actividades, servicios y operaciones de orden comercial, financiero, inmobiliario o de inversión, y la realización de toda clase de actos jurídicos destinados al cumplimiento del objeto social

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

Manuel Ramón Antonio Acuña Kairath

Socio

4.xxx.xxx-5

95%

Carlos Arturo Acuña Rivera

Socio

10.xxx.xxx-5

2.5%

Gerardo Andrés Acuña Rivera

Socio

10.xxx.xxx-7

2.5%

Administrateurs (3)

Manuel Ramón Antonio Acuña Kairath

4.xxx.xxx-5Administrador

Carlos Arturo Acuña Rivera

10.xxx.xxx-5Administrador

Gerardo Andrés Acuña Rivera

10.xxx.xxx-7Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Autre acte· 30 janvier 2023

    Los socios acuerdan dividir la sociedad Manuel Acuña Kairath y Compañía Limitada y constituir una nueva sociedad llamada Inmobiliaria e Inversiones Corpus Christi Limitada II

    Manuel Ramón Antonio Acuña Kairath · Carlos Arturo Acuña Rivera · Gerardo Andrés Acuña Rivera

Texte officiel de l’extrait

Juan Ignacio San Martín Schoder, Abogado, Notario Suplente del Titular de la 43º Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de enero de 2023, ante el suplente Mauricio Humberto Reinoso Cifuentes, PRIMERO: Los únicos socios de la sociedad MANUEL ACUÑA KAIRATH Y CÍA LTDA, MANUEL RAMÓN ANTONIO ACUÑA KAIRATH, GERARDO ANDRÉS ACUÑA RIVERA Y CARLOS ARTURO ACUÑA RIVERA a fin de reorganizar sus actividades acuerdan dividir la sociedad “Manuel Acuña Kairath y Compañía Limitada”, en dos sociedades, la primera de ellas, como sociedad escindida, “Manuel Acuña Kairath y Compañía Limitada”, y la segunda, como una nueva sociedad que nace a consecuencia de la división, “Inmobiliaria e Inversiones Corpus Christi Limitada II”; SEGUNDO: Los Socios acuerdan efectuar la división de “Manuel Acuña Kairath y Compañía Limitada”, mediante distribución de su patrimonio, entre si, como sociedad escindida y una nueva sociedad como sociedad escisionaria, sobre la base de la valorización de los activos y pasivos de la sociedad, la actualización de las cuentas y estados financieros de la misma al treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós; TERCERO: En consideración a lo acordado precedentemente, los socios acuerdan disminuir el capital de la sociedad “Manuel Acuña Kairath y Compañía Limitada”, de la suma de dos millones quinientos mil pesos, a la suma de quinientos mil pesos, en la misma proporción y derechos según sus aportes en la sociedad, traspasando a la nueva sociedad que se crea producto de la división, un capital de dos millones de pesos, todo ello en proporción a sus aportes; CUARTO: En consideración a la disminución de capital de la sociedad escindida, al aporte y traspaso de capital a la sociedad escicionaria, al resultado del ejercicio y balance general de la sociedad, los socios acuerdan por este acto, realizar un aumento de capital de la sociedad “Manuel Acuña Kairath y Compañía Limitada”, de acuerdo a los siguientes términos y aportes que se indican: El socio Carlos Arturo Acuña Rivera, aporta y entera en dinero efectivo en este acto ingresando en arcas sociales, la suma de dos millones ciento veinticinco mil pesos, equivalentes al cuarenta y dos coma cinco por ciento de los derechos sociales; el socio Gerardo Andrés Acuña Rivera, aporta y entera en dinero efectivo en este acto ingresando en arcas sociales, la suma de dos millones ciento veinticinco mil pesos equivalentes al cuarenta y dos coma cinco por ciento de los derechos sociales; aumentando en consecuencia el capital de la sociedad de la suma de quinientos mil pesos, a la suma de cuatro millones setecientos cincuenta mil pesos. QUINTO: Los socios acuerdan mantener en la sociedad la parte del patrimonio de “Manuel Acuña Kairath y Compañía Limitada”, conformada por las cuentas de activos y pasivo que se indican en escritura extractada. Se deja constancia que las cantidades señaladas en la escritura, correspondientes a los capitales de la sociedad que se divide, se dan por íntegramente enteradas y pagadas. SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de cuatro millones setecientos cincuenta mil pesos, que se integran en arcas sociales de la siguiente forma: El socio Manuel Ramón Antonio Acuña Kairath, la suma de cuatrocientos setenta y cinco mil pesos, equivalentes al diez por ciento de los derechos sociales; que ya se encuentran ingresadas en arcas sociales, el socio Carlos Arturo Acuña Rivera, la suma de dos millones ciento treinta y siete mil quinientos pesos, equivalentes al cuarenta y cinco por ciento de los derechos sociales; que se entera en dinero efectivo, ingresado en este acto en arcas sociales, y, el socio Gerardo Andrés Acuña Rivera, la suma de dos millones ciento treinta y siete mil quinientos pesos, equivalentes al cuarenta y cinco por ciento de los derechos sociales; que se entera en dinero efectivo, ingresado en este acto en arcas sociales. El capital social queda totalmente enterado y pagado. SEPTIMO: En consideración a la división acordada, junto con el aumento del capital de la sociedad escindida, los únicos socios de la sociedad MANUEL ACUÑA KAIRATH Y COMPAÑÍA LIMITADA, MANUEL RAMÓN ANTONIO ACUÑA KAIRATH, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 4.512.578-5; CARLOS ARTURO ACUÑA RIVERA, chileno, divorciado, abogado, cedula nacional de identidad número 10.432.872-5; y don GERARDO ANDRÉS ACUÑA RIVERA, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 10.432.871-7, todos domiciliados en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, oficina mil setecientos tres, Comuna de Santiago, acuerdan constituir una nueva sociedad de responsabilidad limitada, que se denominará “INMOBILIARIA E INVERSIONES CORPUS CHRISTI LIMITADA II”; nombre de fantasía “CORPUS CHRISTI II” OCTAVO: El objeto de la sociedad será efectuar inversiones inmobiliarias, construir, explotar y administrar propiedades y percibir sus frutos; promover toda clase de servicios y operaciones financieras y comerciales; invertir en financiamiento de empresas o establecimientos comerciales, industriales, agrícolas o mineros; y en general, cualquiera otra clase de actividades, servicios y operaciones de orden comercial, financiero, inmobiliario o de inversión, y la realización de toda clase de actos jurídicos destinados al cumplimiento del objeto social. NOVENO: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá de manera indistinta a dos cualquiera de los socios quienes de manera conjunta anteponiendo sus firmas a la razón social de la sociedad la representarán con las más amplias facultades. DECIMO: Capital: Dos millones de pesos, aporte que se encuentra ingresado a la caja social. El aporte del socio Manuel Ramón Antonio Acuña Kairath es la suma de un millón novecientos mil pesos, equivalentes al noventa y cinco por ciento de los derechos sociales, aporte que se encuentra ingresado a la caja social; aporte del socio Carlos Arturo Acuña Rivera es la suma de cincuenta mil pesos, equivalentes al dos coma cinco de los derechos sociales, aporte que se encuentra ingresado a la caja social; y, aporte del socio Gerardo Andrés Acuña Rivera es la suma de cincuenta mil pesos, equivalentes al dos coma cinco por ciento de los derechos sociales, aporte que se encuentra ingresado a la caja social. UNDÉCIMO: Domicilio: Santiago, sin perjuicio sucursales, representaciones o agencias que establezca país o extranjero. DURACION: indefinido. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 08 de febrero 2023.

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  1. MODIFICACIÓN

    MANUEL ACUÑA KAIRATH Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2272433

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