Société à responsabilité limitée78.214.686-6

Sociedad Comercial Y Distribuidora Limitada

CONSTITUCIÓN — 6 nov. 2025

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2025-11-06Voir le PDF (CVE 2723419)

Informations sociétaires

Ltda
Padre las Casas, Araucanía
Durée: 5 años renovable
Administration: corresponderá conjuntamente a JUAN CARLOS GONZALEZ CERON, a JORGE ANTONIO REYES GUIÑEZ, y a HECTOR JULIO MATURANA PIZARRO

Objet social

El objeto de la sociedad será la explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de combustibles, aceites lubricantes, accesorios, repuestos, baterías, cámaras y neumáticos, ruedas o llantas para vehículos motorizados, de cualquiera especie; prestación de servicios múltiples de Mecánica, Recauchaje, Vulcanización, lavado, engrase y demás de toda clase de móviles y servicio de venta de alimentos, productos de consumo, Cafetería y varios; el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, la compraventa, importación, exportación, fabricación, arrendamiento, distribución y comercialización de todos tipo de bienes y mercaderías relacionadas con productos de alimentación, supermercado, carnicería, bebestibles, juguetería, librería, venta de alcoholes, etcétera, la administración y gestión de establecimientos de comercios relacionados con el objeto social, por cuenta propia o ajena; y la representación de firmas nacionales o extranjeras; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$30.000.000

Capital libéré

$3.000.000

Capital restant dû

$27.000.000

Associés (3)

NomParticipation

JUAN CARLOS GONZALEZ CERON

Socio

33.3333333333%

HECTOR JULIO MATURANA PIZARRO

Socio

33.3333333333%

JORGE ANTONIO REYES GUIÑEZ

Socio

33.3333333333%

Administrateurs (3)

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior ÁLVARO FELIPE ZAMBRANO ALARCÓN, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Primera Notaría de Temuco, don Álvaro Valdebenito Salgado, con oficio en la comuna de Temuco, calle Hochstetter N° 560, certifico: por escritura pública de Repertorio N° 3943 – 2025 de hoy ante mí, JUAN CARLOS GONZALEZ CERON, con domicilio en Camino Botrolhue número mil quinientos cuatro, Casa treinta y tres de Temuco; HECTOR JULIO MATURANA PIZARRO, con domicilio en calle Manuel Antonio Matta número mil trescientos cincuenta y ocho, de Osorno, de paso en ésta; y JORGE ANTONIO REYES GUIÑEZ, con domicilio en calle Pasaje A número mil novecientos once, Temuco, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA LIMITADA”.- Nombre de fantasía, “SOCODI LTDA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será la explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de combustibles, aceites lubricantes, accesorios, repuestos, baterías, cámaras y neumáticos, ruedas o llantas para vehículos motorizados, de cualquiera especie; prestación de servicios múltiples de Mecánica, Recauchaje, Vulcanización, lavado, engrase y demás de toda clase de móviles y servicio de venta de alimentos, productos de consumo, Cafetería y varios; el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, la compraventa, importación, exportación, fabricación, arrendamiento, distribución y comercialización de todos tipo de bienes y mercaderías relacionadas con productos de alimentación, supermercado, carnicería, bebestibles, juguetería, librería, venta de alcoholes, etcétera, la administración y gestión de establecimientos de comercios relacionados con el objeto social, por cuenta propia o ajena; y la representación de firmas nacionales o extranjeras; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: corresponderá conjuntamente a JUAN CARLOS GONZALEZ CERON, a JORGE ANTONIO REYES GUIÑEZ, y a HECTOR JULIO MATURANA PIZARRO, facultades cláusula cuarta escritura extractada. CAPITAL: TREINTA MILLONES DE PESOS, el que será aportado como sigue: A) Don JUAN CARLOS GONZALEZ CERON, aporta la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, que entera de la siguiente manera: Con la suma de un millón de pesos, que en este acto ingresa en caja social en dinero en efectivo y el saldo de nueve millones de pesos, dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de la constitución en dinero en efectivo u otros bienes de interés social; B) Don HECTOR JULIO MATURANA PIZARRO, aporta la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, que entera de la siguiente manera: Con la suma de un millón de pesos, que en este acto ingresa en caja social en dinero en efectivo y el saldo de nueve millones de pesos, dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de la constitución en dinero en efectivo u otros bienes de interés social; C) Don JORGE ANTONIO REYES GUIÑEZ, aporta la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, que entera de la siguiente manera: Con la suma de un millón de pesos, que en este acto ingresa en caja social en dinero en efectivo y el saldo de nueve millones de pesos, dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de la constitución en dinero en efectivo u otros bienes de interés social. DOMICILIO: Su domicilio es la comuna de Padre Las Casas, Novena Región de la Araucanía, sin perjuicio sucursales resto del país. DURACIÓN: 5 años renovable. Demás estipulaciones escritura extractada.- Temuco, 04 de Noviembre de 2025.-

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