Société par actions78.159.921-2

Sociedad De Inversiones Tijuca SpA

CONSTITUCIÓN — 18 août 2025

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2025-08-18Voir le PDF (CVE 2686773)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: indefinida
Administration: la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don RODRIGO GONZALO ASTORGA VELIS y a doña CRISTI CAROLA VERGARA DE LA BARRA, quienes de forma separada e indistintamente, anteponiendo la razón social a su firma, la obligará en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y extraordinario

Objet social

la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de bienes; y, en general, toda otra actividad relacionada con las anteriores, o cualquiera otra que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 000

Associés (2)

NomParticipation

RODRIGO GONZALO ASTORGA VELIS

Accionista

10.xxx.xxx-0

50%

CRISTI CAROLA VERGARA DE LA BARRA

Accionista

10.xxx.xxx-k

50%

Administrateurs (2)

RODRIGO GONZALO ASTORGA VELIS

10.xxx.xxx-0Administrador

CRISTI CAROLA VERGARA DE LA BARRA

10.xxx.xxx-kAdministrador

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior RAFAEL PINOCHET CAVIERES, Notario Público Interino a cargo de la 31ª Notaría, Huérfanos 1055 local 328, Santiago, certifico: Por escritura pública hoy ante mi, don RODRIGO GONZALO ASTORGA VELIS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil industrial, cédula de identidad número diez millones novecientos noventa y tres quinientos treinta y seis guión cero, y doña CRISTI CAROLA VERGARA DE LA BARRA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, diseñadora de vestuario, cédula de identidad número diez millones seiscientos noventa y siete mil novecientos nueve guión k, ambos domiciliados en calle Lo Matta número mil trescientos cuarenta y ocho, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones, la razón social será: “SOCIEDAD DE INVERSIONES TIJUCA SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía, para todos los efectos, incluidos los bancarios, el de “VH JUMP”. La sociedad tendrá por objeto: la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de bienes; y, en general, toda otra actividad relacionada con las anteriores, o cualquiera otra que acuerden los socios. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don RODRIGO GONZALO ASTORGA VELIS y a doña CRISTI CAROLA VERGARA DE LA BARRA, quienes de forma separada e indistintamente, anteponiendo la razón social a su firma, la obligará en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y extraordinario. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieran abrir en el resto del país o en el extranjero, para lo cual bastará la sola voluntad del administrador de la sociedad. El capital social asciende a la suma de DOS MILLONES DE PESOS, divididos en mil acciones nominativas, que representan el cien por ciento del capital social. Correspondiéndole a don RODRIGO GONZALO ASTORGA VELIS, la cantidad de quinientas acciones nominativas, suscritas y pagadas, y que representan el cincuenta por ciento del capital social; y a doña CRISTI CAROLA VERGARA DE LA BARRA, la cantidad de quinientas acciones nominativas, suscritas y pagadas, y que representan el cincuenta ciento del capital social. No será necesario, una vez emitidas dichas acciones, imprimir las láminas físicas de los títulos en donde consten las acciones, cada una de las acciones asciende al valor de dos mil pesos. El monto del capital social es enterado íntegramente, en este acto, por los socios constituyentes. Los socios actuales y los socios futuros que pudieran existir sólo serán responsables hasta el monto de sus aportes en la sociedad. La sociedad empezará a regir en la fecha de la presente escritura y tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago , 8 de Agosto de 2025.

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