Inversiones Abogabir Y Ateaga SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$310.000.000
Capital libéré
$250.000.000
Capital restant dû
$60.000.000
Actions
3 100
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 7.xxx.xxx-2 | 7.xxx.xxx-2 | 40.32258064516129% | $125.000.000 |
Accionista 13.xxx.xxx-8 | 13.xxx.xxx-8 | 40.32258064516129% | $125.000.000 |
Accionista 17.xxx.xxx-8 | 17.xxx.xxx-8 | 9.67741935483871% | $30.000.000 |
Accionista 18.xxx.xxx-0 | 18.xxx.xxx-0 | 9.67741935483871% | $30.000.000 |
Administrateurs (2)
Représentants auprès du SII (2)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 17 juin 2025
Constitución de INVERSIONES ABOGABIR Y ATEAGA SpA con capital inicial de $250.000.000.
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público Titular Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, con domicilio Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, sexto piso, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, CERTIFICA: Por escritura de fecha 20 de Noviembre de 2025, ante mí: SERGIO JOSE ABOGABIR ACUÑA, chileno, administrador de empresas, casado régimen separación total de bienes, cédula nacional identidad N° 7.248.042-2; CRISTIAN ATEAGA ABOGABIR, chileno, cédula nacional identidad N° 13.548.252-8, ingeniero comercial, divorciado; JOSE TOMAS ABOGABIR ARRAU, chileno, ingeniero civil, soltero, cédula nacional identidad N° 17.407.045-8 y VICENTE ABOGABIR ARRAU, chileno, ingeniero comercial, casado bajo régimen separación total de bienes, cédula nacional identidad N° 18.394.947-0; todos domiciliados Avenida Apoquindo 3.076, oficina 301, comuna Las Condes, Región Metropolitana, modificaron sociedad “INVERSIONES ABOGABIR Y ATEAGA SpA”, constituida por escritura pública de fecha 17 de junio año 2025, otorgada ante Carla Lorely Moreno Sánchez, Notario Público Interino Segunda Notaría San Fernando, Repertorio N°1100-2025, extracto inscrito Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de San Fernando a Fojas 155 Número 117 del año 2025, y publicado Diario Oficial edición N° 44.190 fecha 4 de julio año 2025, y que gira bajo Rol único tributario N° 78.123.816-3, siguientes términos: AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL: Actuales socios y accionistas SERGIO JOSE ABOGABIR ACUÑA y CRISTIAN ATEAGA ABOGABIR, acuerdan Aumentar Capital Social inicial de $250.000.000, dividido en 2500 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, a $310.000.000, dividido en 3100 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, a través aporte capital adicional de $60.000.000, dividido en 600 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, que se crean al efecto este acto, y que se suscriben y pagan siguiente manera: 1) JOSE TOMAS ABOGABIR ARRAU, ingresa a la sociedad como nuevo accionista, con un aporte de Capital de $30.000.000, suscribiendo 300 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, que son parte de las acciones recién creadas, y que paga y pagará siguiente manera: a) Este acto paga $15.000.000, dinero efectivo, equivalente a 150 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, ingresando dicho capital a caja social; y, b) Saldo $15.000.000, equivalente a restantes 150 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, ya suscritas, serán pagadas medida lo exijan necesidades sociales, plazo no superior a 3 años a contar esta fecha. 2) VICENTE ABOGABIR ARRAU, ingresa a la sociedad como nuevo accionista, con un aporte de Capital de $30.000.000, suscribiendo 300 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, que son parte de las acciones recién creadas, y que paga y pagará siguiente manera: a) Este acto paga $15.000.000, dinero efectivo, equivalente a 150 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, ingresando dicho capital a caja social; y, b) Saldo $15.000.000, equivalente a restantes 150 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, ya suscritas, serán pagadas medida lo exijan necesidades sociales, plazo no superior a 3 años a contar esta fecha. Actuales socios y accionistas SERGIO JOSE ABOGABIR ACUÑA, CRISTIAN ATEAGA ABOGABIR, JOSE TOMAS ABOGABIR ARRAU, y VICENTE ABOGABIR ARRAU, introducen al pacto social siguientes modificaciones: Capital sociedad: $310.000.000, dividido en 3100 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, que suscriben accionistas siguiente manera: Uno) SERGIO JOSE ABOGABIR ACUÑA: $125.000.000, que corresponde a 1250 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, aporte que enteró y pagó forma que establece Artículo Primero Transitorio estatutos; Dos) CRISTIAN ATEAGA ABOGABIR: $125.000.000, que corresponde a 1250 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, aporte que enteró y pagó forma que establece Artículo Primero Transitorio estatutos; Tres) JOSE TOMAS ABOGABIR ARRAU: $30.000.000, que corresponde a 300 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, y que paga y pagará siguiente manera: a) Este acto paga $15.000.000, dinero efectivo, equivalente a 150 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, ingresando dicho capital a caja social; y, b) Saldo $15.000.000, equivalente a restantes 150 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, ya suscritas, serán pagadas medida lo exijan necesidades sociales, plazo no superior a 3 años a contar esta fecha; y, Cuatro) VICENTE ABOGABIR ARRAU: $30.000.000, que corresponde a 300 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, y que paga y pagará siguiente manera: a) Este acto paga $15.000.000, dinero efectivo, equivalente a 150 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, ingresando dicho capital a caja social; y, b) Saldo $15.000.000, equivalente a restantes 150 acciones nominativas misma serie y sin valor nominal, ya suscritas, serán pagadas medida lo exijan necesidades sociales, plazo no superior a 3 años a contar esta fecha. OTRAS MODIFICACIONES: Uno) ARTICULO NOVENO. El Administrador o Representante Legal, deberá ser designado, y podrá ser revocado, por accionistas que representen a lo menos el cincuenta por ciento, más una, de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad, es decir por mayoría absoluta”. Dos) ARTÍCULO DECIMO SEXTO. “Los accionistas que representen a lo menos el cincuenta por ciento, más una, de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad, es decir por mayoría absoluta, podrán designar anualmente auditores externos independientes con el objeto de examinar la contabilidad, inventario, balance y otros estados financieros…”. Tres) ARTICULO DECIMO NOVENO. “La sociedad se disolverá por acuerdo a lo menos el cincuenta por ciento, más una, de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad, es decir por mayoría absoluta.”. Actuales socios y accionistas SERGIO JOSE ABOGABIR ACUÑA, CRISTIAN ATEAGA ABOGABIR, JOSE TOMAS ABOGABIR ARRAU y VICENTE ABOGABIR ARRAU, acuerdan ratificar actuales Administradores y Representantes Legales de la Sociedad: a SERGIO JOSE ABOGABIR ACUÑA, y, a CRISTIAN ATEAGA ABOGABIR, actuando en forma conjunta, amplias facultades especialmente las señaladas Artículo Noveno Estatutos, directamente o por intermedio mandatarios designados forma establecida en los estatutos. Demás estipulaciones escritura que extracto. Santiago, 11 de Diciembre de 2025.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES ABOGABIR Y ATEAGA SpA
CVE 2744930
