Sociedad Médica Ceruti Y Escobar Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$500.000
Capital libéré
$500.000
Capital restant dû
$0
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 40% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $100.000 |
Socio | - | 40% | $200.000 |
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits· 4 août 2025
Eliana Julia Ceruti Danus cede el 11% de sus derechos sociales a Consuelo Leonor Kutz Escobar.
- Cession de droits· 4 août 2025
Eliana Julia Ceruti Danus cede el 19% de sus derechos sociales a Ana María Kutz Escobar.
- Cession de droits· 4 août 2025
Eliana Julia Ceruti Danus cede el 5% de sus derechos sociales a Ana María Escobar Ceruti.
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la 5ª Notaría de Santiago, domiciliada en Avenida El Golf N° 99, oficina 101 B), Las Condes, Certifico: Por escritura pública de fecha 4 de agosto de 2025, ante mí, doña Eliana Julia Ceruti Danus, debidamente representada por doña Andrea Paz Escobar Ceruti, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Enrique Foster Norte N° 265, Departamento 1001, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; doña Ana María Escobar Ceruti, doña Ana María Kutz Escobar, ambas domiciliadas en calle Martín de Zamora N° 3443, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y doña Consuelo Leonor Kutz Escobar, domiciliada en calle Noruega N° 6427, departamento 55, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; modificaron la SOCIEDAD MÉDICA CERUTI Y ESCOBAR LIMITADA, RUT N° 78.088.850-4, inscrita a fojas 8367 N°4146 del Registro de Comercio de Santiago del año 1991, en adelante la “Sociedad”. 1) Modificaron la cláusula tercera de los estatutos sociales referente a la razón social reemplazándola por el siguiente: “TERCERO: La razón social de la sociedad será “SOCIEDAD MÉDICA ESCOBAR KUTZ LIMITADA”. El domicilio social será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que se puedan establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero”. 2) Cesión de derechos: doña Eliana Julia Ceruti Danus, vendió, cedió y transfirió a doña Consuelo Leonor Kutz Escobar, un 11% de los derechos sociales de la Sociedad. Precio: $55.000.- que se pagaron acto escritura extractada al contado y en dinero efectivo. 3) Cesión de derechos: doña Eliana Julia Ceruti Danus, vendió, cedió y transfirió a doña Ana María Kutz Escobar, un 19% de los derechos sociales de la Sociedad. Precio: $95.000 que se pagaron acto escritura extractada al contado y en dinero efectivo. 4) doña Eliana Julia Ceruti Danus, vendió, cedió y transfirió a doña Ana María Escobar Ceruti, un 5% de los derechos sociales de la Sociedad. Precio: $25.000.- que se pagaron acto escritura extractada al contado y en dinero efectivo. Quedaron como únicos socios: doña Consuelo Leonor Kutz Escobar con 40% de los derechos sociales; doña Ana María Kutz Escobar, con 20% de los derechos sociales; y doña Ana María Escobar Ceruti con 40% de los derechos sociales. En virtud de lo anterior, las únicas y actuales socias acordaron modificar la cláusula cuarta de los estatutos sociales reemplazándola por el siguiente: “CUARTO: Capital. El Capital Social es la cantidad de $500.000.- íntegramente aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: a) doña Consuelo Leonor Kutz Escobar, aportó la cantidad de $200.000.-, que pagó al contado y en dinero efectivo; b) doña Ana María Kutz Escobar, aportó la cantidad de $100.000.-, que pagó al contado y en dinero efectivo; y d) doña Ana María Escobar Ceruti, aportó la cantidad de $200.000.-, que pagó al contado y en dinero efectivo. De esta forma, el capital pertenece en un 40% a doña Consuelo Kurtz Escobar, en un 20% a doña Ana María Kutz Escobar y en un 40% a doña Ana María Escobar Ceruti.” Las socias reiteran que limitan su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. En lo no modificado en escritura extractada, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 13 de agosto de 2025. Magdalena Sofía Latorre Larraín. Notario Interino.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$500.000
Capital libéré
$500.000
Capital restant dû
$0
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 35% | $175.000 |
Socio | - | 35% | $175.000 |
Socio | - | 29% | $145.000 |
Socio | - | 1% | $5.000 |
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits· 1 décembre 2021
Eliana Julia Ceruti Danus cede el 14% de sus derechos sociales a Consuelo Leonor Kutz Escobar.
- Cession de droits· 1 décembre 2021
Ana María Escobar Ceruti cede el 14% de sus derechos sociales a Consuelo Leonor Kutz Escobar.
- Cession de droits· 1 décembre 2021
José Luis Kutz Escobar cede la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 1% a Consuelo Leonor Kutz Escobar.
- Retrait d’un associé· 1 décembre 2021
José Luis Kutz Escobar deja de ser socio de la sociedad.
Texte officiel de l’extrait
Patricio Raby Benavente, Notario Público Titular de la 5ª Notaría de Santiago, con oficio en Gertrudis Echenique 30, Of. 32, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 1 de diciembre de 2021, otorgada ante mi suplente doña María Virginia Wielandt Covarrubias, doña Eliana Julia Ceruti Danus, domiciliada en Enrique Foster Norte N°265, depto. 1001, Las Condes, Región Metropolitana, doña Ana María Escobar Ceruti, doña Ana María Kutz Escobar, don José Luis Kutz Escobar, los tres domiciliados en calle Martín de Zamora N° 3443, Las Condes, Región Metropolitana, y doña Consuelo Leonor Kutz Escobar, domiciliada en calle Noruega N° 6427, depto. 55, Las Condes, Región Metropolitana; acordaron modificar estatutos de Sociedad Médica Ceruti y Escobar Limitada, RUT N° 78.088.850-4, inscrita a fojas 8367, N° 4146 del Registro de Comercio de Santiago de 1991. Modificación consiste: 1) doña Eliana Julia Ceruti Danus vendió, cedió y transfirió a doña Consuelo Leonor Kutz Escobar, quien compró, aceptó y adquirió para sí, un 14% de los derechos sociales de la Sociedad. El precio cesión: $70.000, pagados al contado y en dinero efectivo, acto escritura extractada. 2) doña Ana María Escobar Ceruti vendió, cedió y transfirió a doña Consuelo Leonor Kutz Escobar, quien compró, aceptó y adquirió para sí, un 14% de los derechos sociales de la Sociedad. El precio cesión: $70.000, pagados al contado y en dinero efectivo, acto escritura extractada. 3) don José Luis Kutz Escobar vendió, cedió y transfirió a doña Consuelo Leonor Kutz Escobar, quien compró, aceptó y adquirió para sí, la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 1% de los derechos sociales. El precio cesión: $5.000, pagados al contado y en dinero efectivo, acto escritura extractada. Quedaron como únicos socios Sociedad Médica Ceruti y Escobar Limitada, doña Eliana Julia Ceruti Danus con un 35% de los derechos sociales, doña Ana María Escobar Ceruti con un 35% de los derechos sociales, doña Consuelo Leonor Kutz Escobar con un 29% de los derechos sociales, y doña Ana María Kutz Escobar, con un 1% de los derechos sociales. Dejando de ser socio de la sociedad don José Luis Kutz Escobar. En virtud de lo anterior, únicos y actuales socios de Sociedad Médica Ceruti y Escobar Limitada, acordaron modificar la cláusula cuarta por la siguiente: “CUARTO: El Capital social es la cantidad de $500.000 íntegramente aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: a) doña Eliana Julia Ceruti Danus, aportó la cantidad de $175.000, que pagó al contado y en dinero efectivo; b) doña Ana María Escobar Ceruti, aportó la cantidad de $175.000, que pagó al contado y en dinero efectivo; c) doña Consuelo Leonor Kutz Escobar, aportó la cantidad de $145.000, que pagó al contado y en dinero efectivo; y d) doña Ana María Kutz Escobar, aportó la cantidad de $5.000, que pagó al contado y en dinero efectivo. De esta forma el capital pertenece en un 35% por ciento a doña Eliana Julia Ceruti Danus, en un 35% a doña Ana María Escobar Ceruti, en un 29% a doña Consuelo Leonor Kutz Escobar y en un 1% a doña Ana María Kutz Escobar.” Socios limitan expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones no son materia de extracto, constan en escritura extractada. Santiago, 07 de diciembre de 2021. Patricio Raby Benavente, Notario Público.
Informations sociétaires
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Administrateurs (1)
Texte officiel de l’extrait
Patricio Raby Benavente, Notario Público Titular de la 5° Notaría de Santiago, con oficio en Gertrudis Echenique 30, Of. 32, Las Condes, Santiago, por escritura pública de 30 de diciembre de 2020 Repertorio 11.491-2020, ante mí, Eliana Julia Ceruti Danus, domiciliada en calle Enrique Foster Norte número 265 departamento 1.001, comuna de Las Condes, Ana María Escobar Ceruti, domiciliada en calle Noruega número 6.655, departamento 141, comuna de Las Condes, Ana María Kutz Escobar, domiciliada en calle Enrique Foster Norte número 265 departamento 202, comuna de Las Condes, y José Luis Kutz Escobar, domiciliado en calle Sebastián Elcano número 1.137, departamento 708 comuna de Las Condes, Santiago, acordaron modificar la administración y uso de la razón social de “SOCIEDAD MEDICA CERUTI Y ESCOBAR LIMITADA”, rut número 78.088.950-4 inscrita a fojas 8.367 número 4.146 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1991, reemplazando la primera frase de la cláusula quinta de los estatutos sociales, relativa a la administración y uso de la razón social por la siguiente: “QUINTO: La administración y el uso de la razón social, corresponderá a doña Ana María Escobar Ceruti, quien actuando en nombre y representación de la sociedad tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y entre ellas las que se indican a continuación por vía meramente enunciativa y no taxativa y la ejercerá anteponiendo su firma a la razón social, así podrá:” En lo demás subsiste sin cambios la actual cláusula quinta de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Los socios reiteran la limitación de su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 18 de febrero de 2021. Patricio Raby Benavente. Notario Público.
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- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD MÉDICA CERUTI Y ESCOBAR LIMITADA
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Sociedad Médica Ceruti y Escobar Limitada
CVE 2055229
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Sociedad Medica Ceruti y Escobar Limitada
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