Agrícola Rancho Esmeralda Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La Sociedad tendrá por objeto la explotación agrícola, forestal y ganadera de predios propios o arrendados; la comercialización y distribución de productos agropecuarios, forestales, implementos y maquinarias agrícolas, dentro o fuera del país, en general toda negociación, acto o contrato relacionado con las materias relacionadas. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios; gravarlos con hipoteca o prendas de cualquier clase; celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto; pudiendo ser socia gestora de sociedades en comandita, y en general ejecutar todos los actos, y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado.
Capital
Capital total
$679.000.000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
INVERSIONES SAN MAXIMINO Y COMPAÑÍA CONSULTORES LIMITADA Socio | - | - | - |
ROSANA DE LOURDES LAGOS RIVERA Socio | - | - | - |
Administrateurs (2)
ROSANA DE LOURDES LAGOS RIVERA
Historique sociétaire relaté
- Autre acte· 29 mars 2023
Se refunden los estatutos sociales de AGRÍCOLA RANCHO ESMERALDA LIMITADA.
JORGE ANDRES COSTA HAMILTON · INVERSIONES SAN MAXIMINO Y COMPAÑÍA CONSULTORES LIMITADA · ROSANA DE LOURDES LAGOS RIVERA
Texte officiel de l’extrait
HUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Público 26a Notaría de Santiago, Apoquindo 3196, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de marzo de 2023, Rep. Número 2.612, ante mí; /i/ don JORGE ANDRES COSTA HAMILTON; /ii/ La sociedad INVERSIONES SAN MAXIMINO Y COMPAÑÍA CONSULTORES LIMITADA, representada; y, /iii/ doña ROSANA DE LOURDES LAGOS RIVERA; todos domiciliados para estos efectos Fundo Rancho Esmeralda, Cacique Colín, kilómetro ocho coma siete, comuna de Lampa, Región Metropolitana; acordaron refundir los estatutos sociales de la sociedad AGRÍCOLA RANCHO ESMERALDA LIMITADA, inscrita a fojas 11.361, número 5.744 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 1990, los cuales quedaron redactados de la siguiente manera: I. Razón Social. La razón social será “AGRÍCOLA RANCHO ESMERALDA LIMITADA”, pudiendo actuar bajo el nombre de fantasía “AGRÍCOLA RANCHO ESMERALDA LTDA.”- II. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto la explotación agrícola, forestal y ganadera de predios propios o arrendados; la comercialización y distribución de productos agropecuarios, forestales, implementos y maquinarias agrícolas, dentro o fuera del país, en general toda negociación, acto o contrato relacionado con las materias relacionadas. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios; gravarlos con hipoteca o prendas de cualquier clase; celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto; pudiendo ser socia gestora de sociedades en comandita, y en general ejecutar todos los actos, y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado. III. Domicilio. Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados.- IV. Duración. 50 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguna de las socias manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento.- V. Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $679.000.000.- VI. Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá indistintamente a don JORGE ANDRÉS COSTA HAMILTON y a doña ROSANA DE LOURDES LAGOS RIVERA pudiendo actuar cualquiera de ellos en forma individual, y en caso de ausencia o imposibilidad de los dos primeros, situación que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración corresponderá a dos cualquiera entre Jorge Andrés Costa Palazuelos, María José Costa Palazuelos, Alejandra Costa Palazuelos, Fernando Costa Palazuelos, Diego Costa Palazuelos y/o Gonzalo Costa Palazuelos, quienes actuando de la forma señalada y anteponiendo su firma a la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y representación de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 19 de abril de 2023.- HQM. Not. Pub.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$679.000.000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 1% | - |
INVERSIONES SAN MAXIMINO Y COMPAÑÍA CONSULTORES LIMITADA Socio | - | 89.4689% | - |
ROSANA DE LOURDES LAGOS RIVERA Socio | - | 9.5302% | $5.000.000 |
Administrateurs (2)
ROSANA DE LOURDES LAGOS RIVERA
Texte officiel de l’extrait
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, Certifico: Por escritura pública de fecha 12 de Enero del año 2023, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, comparecieron: /i/ don JORGE ANDRES COSTA HAMILTON; /ii/ la sociedad INVERSIONES SAN MAXIMINO Y COMPAÑÍA CONSULTORES LIMITADA, representada; y /iii/ doña ROSANA DE LOURDES LAGOS RIVERA; todos domiciliados en Fundo Rancho Esmeralda, Cacique Colín, kilómetro 8,7, comuna de Lampa; quienes acordaron cesión de derechos sociales y modificación de la sociedad AGRÍCOLA RANCHO ESMERALDA LIMITADA, inscrita a fojas 11.361, número 5.744 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 1990, en los siguientes términos: I. Venta y Cesión de Derechos Sociales de don Jorge Andrés Costa Hamilton a doña Rosana de Lourdes Lagos Rivera. don Jorge Andrés Costa Hamilton, vende, cede y transfiere el 9,5302% de los derechos sociales que es dueño y titular en la sociedad AGRÍCOLA RANCHO ESMERALDA LIMITADA, a doña Rosana de Lourdes Lagos Rivera. El precio de la cesión señalada precedentemente es la suma de $5.000.000, quedando de esta forma doña Rosana de Lourdes Lagos Rivera con el 9,5302% de los derechos sociales y don Jorge Andrés Costa Hamilton con el 1% de los derechos sociales.- II. Modificación de Estatutos Sociales. Como consecuencia de los acuerdos precedentes, los socios de la sociedad AGRÍCOLA RANCHO ESMERALDA LIMITADA, acuerdan modificar el Artículo Quinto de los Estatutos Sociales relativo al Capital Social, el cual queda expresado con el siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de seiscientos setenta y nueve millones de pesos, distribuido entre sus socios en las siguientes proporciones: /i/ don JORGE ANDRÉS COSTA HAMILTON con una participación equivalente al uno por ciento del capital social y /ii/ la sociedad INVERSIONES SAN MAXIMINO Y COMPAÑIA CONSULTORES LIMITADA con una participación equivalente al restante ochenta y nueve coma cuatro seis ocho nueve por ciento del capital social.”. III. Administración. Asimismo, los actuales y únicos socios de la sociedad AGRÍCOLA RANCHO ESMERALDA LIMITADA acuerdan modificar la cláusula de administración de los estatutos sociales estableciendo que la administración, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, y el uso de su razón social, corresponderá indistintamente a don Jorge Andrés Costa Hamilton y a doña Rosana de Lourdes Lagos Rivera pudiendo actuar cualquiera de ellos en forma individual, y en caso de ausencia o imposibilidad de los dos primeros, situación que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración corresponderá a dos cualquiera entre María José Costa Palazuelos, Alejandra Costa Palazuelos, Fernando Costa Palazuelos, Diego Costa Palazuelos y/o Gonzalo Costa Palazuelos, quienes actuando de la forma señalada y anteponiendo su firma a la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y representación de la sociedad. Socios declaran que mantienen su responsabilidad limitada hasta el monto de sus respectivos aportes, y en todo lo no modificado por la escritura extractada, quedan plenamente vigentes las demás disposiciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de febrero de 2023.
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