Société par actions77.963.251-2

Narma Broota SPV SpA

CONSTITUCIÓN — 19 juin 2024

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2024-06-19Voir le PDF (CVE 2507761)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Indefinida
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno o más apoderados que serán designados por los accionistas.

Objet social

El objeto de la sociedad es invertir en la sociedad FARMACANN SpA, Rol único tributario 77.054.137-9 o en cualquier sociedad o vehículo que tenga la calidad de matriz o relacionada a la misma y por lo tanto participar como accionista directo o indirecto en dicha sociedad.

Capital

Capital total

$212.950.100

Capital libéré

$100

Capital restant dû

$212.950.000

Actions

2 129 501

Associés (1)

NomParticipation

Sebastián Cuadra González del Riego

Accionista

0%

Texte officiel de l’extrait

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3001, piso 2, Las Condes, certifico: que por escritura pública de fecha 28 de mayo de 2024, ante mí, Sebastián Cuadra González del Riego constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: Nombre: NARMA BROOTA SPV SpA. Domicilio: Provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad es invertir en la sociedad FARMACANN SpA, Rol único tributario 77.054.137-9 o en cualquier sociedad o vehículo que tenga la calidad de matriz o relacionada a la misma y por lo tanto participar como accionista directo o indirecto en dicha sociedad. Capital: $212.950.100, dividido en 2.129.501 acciones ordinarias, nominativas, y sin valor nominal, de las cuales se suscribe y paga 1 acción por un monto total de $100. El resto de las acciones quedarán pendientes de suscripción y pago por un plazo máximo de un año contado desde el acto de constitución. Administración. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno o más apoderados que serán designados por los accionistas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de mayo de 2024.-

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