Société à responsabilité limitée77.963.209-1

Arancibia Y Dazarola Abogados Limitada

CONSTITUCIÓN — 28 sept. 2024

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2024-09-28Voir le PDF (CVE 2550775)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 2 años, plazo que se entenderá prorrogado por períodos iguales y sucesivos
Administration: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a ALEJANDRO ALBERTO ARANCIBIA PEREIRA.

Objet social

La prestación de servicios profesionales de representación jurídica ante los tribunales de justicia, así como de consultoría, asesoría, capacitación e información, dentro o fuera del territorio nacional, en especial en materias civiles, penales, comerciales, laborales, administrativas, eléctricas, medioambientales, sanitarias, mineras y otras sectoriales relacionadas al desarrollo de proyectos comerciales y productivos. Además, se podrán desarrollar también todas las actividades de cualquier naturaleza que resulten necesarias o conducentes a la completa obtención del objeto social.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

ALEJANDRO ALBERTO ARANCIBIA PEREIRA

Socio

99%

FERNANDO ANDRÉS DAZAROLA LEICHTLE

Socio

1%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público 40ª Notaría, Suplente del Titular Alberto Mozó Aguilar, Teatinos 332, Santiago, Certifico: Por escritura de fecha de hoy, ante mí, ALEJANDRO ALBERTO ARANCIBIA PEREIRA y FERNANDO ANDRÉS DAZAROLA LEICHTLE, ambos domiciliados en calle Huérfanos Nº 1117, oficina 328, comuna de Santiago, constituyeron sociedad responsabilidad limitada, monto respectivos aportes, razón social "ARANCIBIA Y DAZAROLA ABOGADOS LIMITADA", pudiendo actuar con nombre de fantasía "ESTUDIO JURÍDICO ARANCIBIA, DAZAROLA Y ASOCIADOS”. Domicilio ciudad Santiago. Objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de representación jurídica ante los tribunales de justicia, así como de consultoría, asesoría, capacitación e información, dentro o fuera del territorio nacional, en especial en materias civiles, penales, comerciales, laborales, administrativas, eléctricas, medioambientales, sanitarias, mineras y otras sectoriales relacionadas al desarrollo de proyectos comerciales y productivos. Además, se podrán desarrollar también todas las actividades de cualquier naturaleza que resulten necesarias o conducentes a la completa obtención del objeto social. Administración, representación y uso razón social corresponderá a don ALEJANDRO ALBERTO ARANCIBIA PEREIRA, con facultades señalada misma escritura. Capital: $1.000.000.- que los socios aportan en las siguientes proporciones: a) ALEJANDRO ALBERTO ARANCIBIA PEREIRA el 99%; y b) FERNANDO ANDRÉS DAZAROLA LEICHTLE, el 1%.- Ambos socios pagan sus aportes en dinero efectivo y al contado, quedando ingresado en caja social.- Sociedad empieza a regir a contar fecha de escritura extractada y tendrá duración de 2 años, plazo que se entenderá prorrogado por períodos iguales y sucesivos, forma señalada en escritura extractada.- Demás estipulaciones señaladas en escritura que extracto.- Santiago, 23 de Septiembre de 2024.

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