Société à responsabilité limitée77.930.758-1

Asesorías Jurídicas Alcalá Y López Limitada

CONSTITUCIÓN — 27 juin 2024

Informations fiscales (SII)

Entity type

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Company subtype

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Début des activités

Aucun début d’activités signalé par le SII

Activités économiques

Aucune activité économique enregistrée au SII

Documents timbrés

Aucun document timbré enregistré au SII

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2024-06-27Voir le PDF (CVE 2511698)

Informations sociétaires

Ltda
La Serena, Coquimbo
Durée: Indefinida
Administration: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña GRABIELA ELENA ALCALA CRUZ y a don GONZALO ANDRÉS LÓPEZ RÍOS, quienes podrán actuar en forma conjunta, separada o indistinta, quienes anteponiendo a su firma la razón social obligarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades.

Objet social

La prestación de servicios profesionales a través de abogados y/o especialistas en el área del derecho y legislación positiva, tales como la asesoría y consultoría jurídica en materia de redacción de todo tipo de actos y contratos, efectuar estudios de títulos, prestar servicios de redacción de toda clase de documentos a notarías, emitir toda clase de informes y/o reportes sobre temas de relevancia jurídica, la realización de gestiones en el orden administrativo, la representación y defensa judicial y extrajudicial de personas naturales y/o jurídicas, de derecho público o derecho privado y, en general, cualquier otra actividad que, siendo o no relacionada con las anteriores, acuerden los socios.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Associés (2)

NomParticipation

GRABIELA ELENA ALCALA CRUZ

Socio

26.xxx.xxx-2

50%

GONZALO ANDRÉS LÓPEZ RÍOS

Socio

17.xxx.xxx-2

50%

Administrateurs (2)

GRABIELA ELENA ALCALA CRUZ

26.xxx.xxx-2Administrador

GONZALO ANDRÉS LÓPEZ RÍOS

17.xxx.xxx-2Administrador

Texte officiel de l’extrait

MARIANO TORREALBA ZILIANI, Abogado y Notario Público titular de la Quinta Notaria de La Serena, con domicilio en Avenida Juan Cisternas número dos mil doscientos ochenta y tres, local tres, Edificio Atrium, La Serena, certifica, que por Escritura Pública ante mí de fecha 11 de junio de 2024, repertorio notarial N° 1164, doña GRABIELA ELENA ALCALÁ CRUZ, venezolana, soltera, abogada, cédula de identidad extranjero número veintiséis millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos dieciséis guion dos, con domicilio en Avenida Libertad número quinientos cincuenta y cinco, departamento número trescientos dos B, de la comuna de La Serena, y don GONZALO ANDRÉS LÓPEZ RÍOS, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número diecisiete millones ciento setenta y dos mil ciento cincuenta y uno guion dos, con domicilio en calle Santiago del Apóstol número cuatro mil cuatrocientos, departamento número trescientos ocho, Torre A Dos, de la comuna de La Serena, quienes constituyeron sociedad de profesionales, PRO PYME, bajo el estatuto jurídico de la sociedad de responsabilidad limitada, del siguiente tenor: RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social de la Sociedad es “ASESORÍAS JURÍDICAS ALCALÁ Y LÓPEZ LIMITADA", pudiendo funcionar y actuar ante toda clase de organismos públicos y privados, incluidos Bancos e instituciones financieras, con el nombre de fantasía “ASESORÍAS JURÍDICAS SAN DIEGO LTDA”. OBJETO: El objeto de la sociedad es desarrollar las siguientes actividades: la prestación de servicios profesionales a través de abogados y/o especialistas en el área del derecho y legislación positiva, tales como la asesoría y consultoría jurídica en materia de redacción de todo tipo de actos y contratos, efectuar estudios de títulos, prestar servicios de redacción de toda clase de documentos a notarías, emitir toda clase de informes y/o reportes sobre temas de relevancia jurídica, la realización de gestiones en el orden administrativo, la representación y defensa judicial y extrajudicial de personas naturales y/o jurídicas, de derecho público o derecho privado y, en general, cualquier otra actividad que, siendo o no relacionada con las anteriores, acuerden los socios. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad es la comuna de La Serena. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, que ha sido completamente enterado; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) GRABIELA ELENA ALCALA CRUZ enteró y pagó al constituir la sociedad el cincuenta por ciento del capital social, mediante el aporte de la suma de quinientos mil pesos ($500.000), dinero que ya ingresó a la caja social ; B) GONZALO ANDRÉS LÓPEZ RÍOS enteró y pagó al constituir la sociedad el cincuenta por ciento del capital social, mediante el aporte de la suma de quinientos mil pesos ($500.000), dinero que ya ingresó a la caja social. De esta manera, el interés en el capital social quedó distribuido en un cincuenta por ciento para cada uno de los socios. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña GRABIELA ELENA ALCALA CRUZ y a don GONZALO ANDRÉS LÓPEZ RÍOS, quienes podrán actuar en forma conjunta, separada o indistinta, quienes anteponiendo a su firma la razón social obligarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades, conforme escritura extractada. DURACIÓN: La duración de la sociedad será indefinida, y terminará con la muerte de algún socio. Responsabilidad de los socios: limitada al monto de sus aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La serena, 19 de junio de 2024.

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