Société à responsabilité limitée77.840.839-2

Asesorías Unit Limitada

CONSTITUCIÓN — 26 janv. 2024

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2024-01-26Voir le PDF (CVE 2445263)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: diez años a contar de la fecha de la presente escritura pública, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno
Administration: El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a Nicolás Rebolledo Bustamante, Juan Felipe López Egaña y Katalina Danisa Papic Ponce, quienes actuarán de la forma y con las facultades indicadas en escritura extractada

Objet social

La prestación de servicios de asesoría y consultoría en todas las formas y medios en las áreas de la computación, el desarrollo de software, de tecnologías, publicidad, estrategia ventas y operaciones, recursos humanos, financieros, de inversión, innovación y cualquier área empresarial, laboral o intelectual; el diseño, programación y desarrollo de todo tipo de aplicaciones y todo tipo de propiedad intelectual, sea patentable o no, incluyendo la compra, venta, cesión o enajenación de toda propiedad intelectual, sea del tipo patentable o no; la formulación, gestión, producción, presentación y divulgación de proyectos artísticos en cualquiera de sus manifestaciones; efectuar y desarrollar inversiones o negocios de cualquier naturaleza tanto en Chile como en el extranjero, relativos a todo tipo de bienes, ya sea en bienes muebles o inmuebles, propios o ajenos, corporales o incorporales, su explotación, comercialización administración; la administración de tales inversiones y la percepción de los frutos o rentas que se generen por estas; la importación y exportación de todo tipo de bienes muebles; explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; y cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieran acordar en el futuro.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Associés (3)

NomParticipation

Nicolás Rebolledo Bustamante

Socio

10.xxx.xxx-7

40%

Juan Felipe López Egaña

Socio

12.xxx.xxx-0

40%

Katalina Danisa Papic Ponce

Socio

16.xxx.xxx-1

20%

Administrateurs (3)

Nicolás Rebolledo Bustamante

10.xxx.xxx-7Administrador

Juan Felipe López Egaña

12.xxx.xxx-0Administrador

Katalina Danisa Papic Ponce

16.xxx.xxx-1Administrador

Texte officiel de l’extrait

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2023, ante mi Suplente don Juan Pablo Montes Mery, bajo repertorio número 19.826/2023, Nicolás Rebolledo Bustamante, RUT 10.951.404-7, domiciliado en 123 -B Queens Crescent London, NW 54 HE, Londres; Juan Felipe López Egaña, RUT 12.023.084-0, domiciliado en Los Misioneros 2037, departamento 11, comuna de Providencia, Santiago; y Katalina Danisa Papic Ponce, RUT 16.366.060-1, domiciliada en Hernando de Aguirre 329, departamento 61, comuna de Providencia, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: “Asesorías Unit Limitada”, pudiendo utilizar además e indistintamente, en cualquier actuación, incluso bancaria, el nombre de fantasía “Unit Ltda.” Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Objeto: a) La prestación de servicios de asesoría y consultoría en todas las formas y medios en las áreas de la computación, el desarrollo de software, de tecnologías, publicidad, estrategia ventas y operaciones, recursos humanos, financieros, de inversión, innovación y cualquier área empresarial, laboral o intelectual; b) El diseño, programación y desarrollo de todo tipo de aplicaciones y todo tipo de propiedad intelectual, sea patentable o no, incluyendo la compra, venta, cesión o enajenación de toda propiedad intelectual, sea del tipo patentable o no; c) La formulación, gestión, producción, presentación y divulgación de proyectos artísticos en cualquiera de sus manifestaciones; d) Efectuar y desarrollar inversiones o negocios de cualquier naturaleza tanto en Chile como en el extranjero, relativos a todo tipo de bienes, ya sea en bienes muebles o inmuebles, propios o ajenos, corporales o incorporales, su explotación, comercialización administración; e) La administración de tales inversiones y la percepción de los frutos o rentas que se generen por estas; f) La importación y exportación de todo tipo de bienes muebles; g) Explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; h) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; e i) Cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieran acordar en el futuro. Duración: Será de diez años a contar de la fecha de la presente escritura pública, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, mientras ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio competente con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente. Capital: La suma de $1.000.000.-, que los socios han aportado y pagado en dinero en las siguientes proporciones: /a/ Nicolás Rebolledo Bustamante, la suma de $400.000.-, equivalente al 40% del capital de la sociedad; /b/ Juan Felipe López Egaña, la suma de $400.000.-, equivalente al 40% del capital de la sociedad; y /c/ Katalina Danisa Papic Ponce, la suma de $200.000.-, equivalente al 20% del capital de la sociedad. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Uso de la Razón Social y Administración: El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a Nicolás Rebolledo Bustamante, Juan Felipe López Egaña y Katalina Danisa Papic Ponce, quienes, actuarán de la forma y con las facultades indicadas en escritura extractada, sin que su enunciación en la misma importe limitación alguna. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de enero de 2024.

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