Société par actions77.822.753-3

Mediterranea SpA

MODIFICACIÓN — 19 août 2024

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2024-08-19Voir le PDF (CVE 2534267)

Informations sociétaires

SpA
Administration: Accionistas designan apoderado con facultades especiales

Associés (3)

NomParticipation

Germán Avendaño

Accionista

48.xxx.xxx-9

-

José Emilio Bruno

Accionista

48.xxx.xxx-7

-

Martín José Oliva

Accionista

48.xxx.xxx-8

-

Représentants auprès du SII (1)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 15 décembre 2023

    Se constituyó la sociedad MEDITERRANEA SpA.

  2. Changement d’administrateur· 5 août 2024

    Los accionistas designan a Diego Ignacio Pereira-Fonfach Martínez como apoderado con facultades especiales.

    Germán Avendaño · José Emilio Bruno · Martín José Oliva · Diego Ignacio Pereira-Fonfach Martínez

Texte officiel de l’extrait

EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la 29° Notaría de Santiago, con oficio en calle Enrique Mac Iver número 225, piso tres, comuna de Santiago, certifica: que por fotocopia de junta extraordinaria de accionistas de fecha 05 de agosto de 2024, protocolizada ante mí, el 13 de agosto de 2024, bajo el Repertorio N° 4137-24, protocolización Nº 1591, don GERMÁN AVENDAÑO, R.U.T. DE INVERSIONISTA EXTRANJERO N.º 48.201.490-9, domiciliado en Avenida Kennedy N.º 3368, oficina 92, comuna de Vitacura; don JOSÉ EMILIO BRUNO, R.U.T. de Inversionista Extranjero N.º 48.201.488-7, domiciliado en Avenida Kennedy N.º 3368, oficina 92, comuna de Vitacura; y don MARTÍN JOSÉ OLIVA, argentino, factor de comercio, R.U.T. de INVERSIONISTA EXTRANJERO N.º 48.201.627-8, domiciliado en Avenida Kennedy N.º 3368, oficina 92, comuna de Vitacura, modificaron la sociedad “MEDITERRANEA SpA.”, R.U.T. N.º 77.822.753-3, constituida por escritura pública de fecha 15 de diciembre de 2023, otorgada ante doña Marisol Alejandra Corvalán Guerrero, Notario Interino de la Primera Notaría Pública de Vitacura, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 109.362, N.º 46.785 del año 2023 y publicada en el Diario Oficial en su edición del día 27 de diciembre de 2023. MODIFICACION SOCIAL: Don Germán Avendaño, don José Emilio Bruno y don Martín José Oliva en su calidad de únicos accionistas de la sociedad acuerdan modificar los estatutos de la Sociedad referida, modificándose el texto del Artículo Segundo Transitorio de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente texto: ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO: En conformidad al Artículo Noveno de estos estatutos sociales, y para efectos de la individualización de apoderados especiales, los accionistas, viene en designar como apoderado con facultades especiales a don Diego Ignacio Pereira-Fonfach Martínez, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número diecisiete millones veinticuatro mil ciento cuarenta y uno guion K, quien anteponiendo a su firma la razón social la obligará con las facultades que se indican a continuación y solo hasta la suma de USD cincuenta mil. Facultades:/i/ FACULTADES BANCARIAS: a) contratar y cerrar cuentas corrientes bancarias de depósito y de crédito o de ahorro en moneda nacional o extranjera; b) girar en cuenta corriente y de ahorro, cobrar percibir, y dar órdenes de cargos en cuenta corriente, mediante la emisión de cheques, procedimientos cibernéticos y/o telefónicos; c)depositar, endosar, revalidar, cancelar, dar orden de no pago, y hacer protestar cheque y otros documentos a la vista; solicitar la emisión de talonarios de cheques; d) efectuar toda clase de operaciones de cambios internacionales, pudiendo en especial comprar y vender y, en general, enajenar divisas que provengan del comercio exterior. e) presentar ante entidades bancarias y/o financieras todo tipo de comunicación informativa, notas, requerimientos y solicitudes de información; retirar talonarios de cheques. /ii/ FACULTADES ADMINISTRATIVAS a) realizar toda gestión de cobranza y retiro de documentos de cobranzas, en especial depósitos a la vista y cheques emitidos o endosados a favor de la sociedad, especialmente en instituciones bancarias o financieras. b) concurrir ante toda clase de personas y entidades públicas o privadas, para realizar trámites y gestiones de cobranzas, y especialmente para retirar documentos que sean al portador, a la orden o nominativos, especialmente cheques, depósitos a la vista o a plazo, vales, facturas y cualquier otro, y otorgar los recibos correspondientes por tales documentos. c) cobrar y percibir judicial y extrajudicialmente cuanto se adeude a la sociedad y otorgar recibos, finiquitos y cancelaciones. d) actuar en nombre de la sociedad ante toda clase de peticiones, solicitudes o memoriales, tanto ante instituciones públicas como privadas, aceptando o rechazando libremente las observaciones, sugerencias o indicaciones que se le hagan. e) enviar, recibir y retirar toda clase de correspondencia, certificada o no, giros y encomiendas, ante instituciones públicas o privadas. f) constituir y pactar domicilios especiales. /iii/ REPRESENTACIÓN ANTE AUTORIDADES: Representar a la sociedad judicial y extrajudicialmente ante toda clase de entidades públicas o del Estado, especialmente ante tribunales de Justicia, el Instituto de Normalización Provisional, Servicio de Seguro Social, Servicio Nacional de Salud, las Cajas de Previsión, el Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, el Servicio de Aduanas, asimismo ante administradoras de Fondo de Pensiones, Bancos y, en especial del Banco del Estado de Chile, y la Corporación de Fomento de la Producción, Banco Central de Chile, Ministerios, Subsecretarías, Servicios, reparticiones públicas, semi-públicas o privadas, Municipalidades y en general ante cualquier persona. Así ante estas autoridades estará facultado para hacer todo tipo de peticiones, presentaciones, reclamos y gestiones. Especialmente ante el Servicio de Impuestos Internos podrá solicitar todo tipo de documentación, hacer presentaciones, timbrajes, rectificaciones, declaraciones, contestar citaciones y reclamos, cambios de domicilio, obtención de Rol Único Tributario, solicitar clave electrónica, Iniciación de Actividades, ampliación y término de giro y, en general todo, lo que requiera ante estas autoridades. /iv/ FACULTADES LABORALES: Celebrar, modificar y poner término a toda clase de contratos de trabajo y de prestación de servicios, sean ellos profesionales o no. Firmar actas de avenimiento, otorgar finiquitos. Realizar y pactar la extinción de toda clase de obligaciones por pago, novación, compensación o cualquier otra forma de extinguir obligaciones. /v/ FACULTADES DE DELEGACIÓN: Conferir mandatos o poderes especiales, delegando las facultades enunciadas en el inciso “e” de las /i/ FACULTADES BANCARIAS, así como la totalidad de las facultades enunciadas en /ii/ FACULTADES ADMINISTRATIVAS y /iii/ REPRESENTACIÓN ANTE AUTORIDADES, pudiendo reasumirlas en cualquier instante. Manteniéndose vigente todo lo no modificado. Demás estipulaciones constan en junta extraordinaria de accionistas extractada. Santiago, 14 de agosto de 2024.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    MEDITERRANEA SpA

    CVE 2534267

Relations sociétaires

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