Société par actions77.794.797-4

The Loft Holding SpA

CONSTITUCIÓN — 22 mars 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-03-22Voir le PDF (CVE 2288667)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: indefinida
Administration: La representación, administración y uso de la razón social corresponderá a don RICARDO FRANCISCO GIORDANI, quien, podrá obligar a la Sociedad en toda clase de actos, con las más amplias facultades de administración y disposición, obligando en consecuencia a la Sociedad en todos los actos relativos a su giro u objeto ordinario y, en especial, en la celebración de los actos y contratos que se enumeraran en el Artículo Décimo del estatuto, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro de la empresa.

Objet social

La importación, exportación, distribución, compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, comercialización, al por mayor o menor, o al detalle, almacenaje, de toda clase de bienes corporales muebles, sin limitación de ningún tipo, clase o naturaleza, sean propios o de terceros, como también la Inversión, compra, venta, comercialización de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, acciones o derechos y valores mobiliarios; la administración, arrendamiento, subarrendamiento, explotación y construcción de todo tipo de inmuebles y , en general, la ejecución de cualquier acto jurídico o celebración de cualquier contrato relacionado con el giro importación y exportación; b)La inversión en bienes raíces o muebles, valores mobiliarios para efectos de percibir su renta, derechos en sociedades o efectos de comercio en general; c) La prestación de servicios y asesoría en materias financieras, comerciales y de gestión, el desarrollo y administración de negocios y proyectos de cualquier tipo, servicios de logística, contabilidad, estudios de mercado, marketing, promociones, publicidad, asistencia técnica, y; en general, la prestación de toda clase de asesorías a terceros; d) La prestación de todo tipo de servicios de intermediación financiera, como por ejemplo Crypto monedas, como así también servicios de intermediación como contratista en cualquier tipo de obra o servicio, sin embargo, la enunciación precedente, no importa en caso alguno restricción o limitación en el giro social, ya que, este podrá extenderse a cualquiera otros rubros o giros que los socios acuerden expresamente.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

100

Associés (1)

NomParticipation

RICARDO FRANCISCO GIORDANI

Accionista

25.xxx.xxx-5

100%

Administrateurs (1)

RICARDO FRANCISCO GIORDANI

25.xxx.xxx-5Administrador

Texte officiel de l’extrait

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, con oficio en esta ciudad, calle Don Carlos número dos mil ochocientos ochenta y nueve, Las Condes, Certifico: Por escritura de fecha 13 de marzo de 2023, Repertorio N° 571-2023, ante mí: RICARDO FRANCISCO GIORDANI, argentino, cédula de identidad para extranjeros N° 25.048.816-5, domiciliado en calle Aranzazú N° 5753, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyó sociedad por acciones. Razón Social: El nombre de la sociedad será “The Loft Holding SpA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La Sociedad tendrá una duración indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La importación, exportación, distribución, compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, comercialización, al por mayor o menor, o al detalle, almacenaje, de toda clase de bienes corporales muebles, sin limitación de ningún tipo, clase o naturaleza, sean propios o de terceros, como también la Inversión, compra, venta, comercialización de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, acciones o derechos y valores mobiliarios; la administración, arrendamiento, subarrendamiento, explotación y construcción de todo tipo de inmuebles y , en general, la ejecución de cualquier acto jurídico o celebración de cualquier contrato relacionado con el giro importación y exportación; b)La inversión en bienes raíces o muebles, valores mobiliarios para efectos de percibir su renta, derechos en sociedades o efectos de comercio en general; c) La prestación de servicios y asesoría en materias financieras, comerciales y de gestión, el desarrollo y administración de negocios y proyectos de cualquier tipo, servicios de logística, contabilidad, estudios de mercado, marketing, promociones, publicidad, asistencia técnica, y; en general, la prestación de toda clase de asesorías a terceros; d) La prestación de todo tipo de servicios de intermediación financiera, como por ejemplo Crypto monedas, como así también servicios de intermediación como contratista en cualquier tipo de obra o servicio, sin embargo, la enunciación precedente, no importa en caso alguno restricción o limitación en el giro social, ya que, este podrá extenderse a cualquiera otros rubros o giros que los socios acuerden expresamente. Capital: El capital social, según se establece en el artículo quinto del Estatuto, es la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones iguales, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos; las que son suscritas y pagadas íntegramente en dinero por don RICARDO FRANCISCO GIORDANI. Administración y Uso Razón Social: la representación, administración y uso de la razón social corresponderá a don RICARDO FRANCISCO GIORDANI, quien, podrá obligar a la Sociedad en toda clase de actos, con las más amplias facultades de administración y disposición, obligando en consecuencia a la Sociedad en todos los actos relativos a su giro u objeto ordinario y, en especial, en la celebración de los actos y contratos que se enumeraran en el Artículo Décimo del estatuto, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro de la empresa.- Otras estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada para legalización.- Santiago, 16 de Marzo de 2023.nh

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