Comercial Puerto Velero Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$3.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 55% | - |
Socio | - | 45% | - |
Administrateurs (1)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 17 janvier 2023
Constitución de Comercial Puerto Velero Limitada.
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior GASTON ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de Talcahuano, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N° 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 8 de agosto de 2025, ante mí, doña IRMA HAYDEE MERINO SOTO, doña MARCELA LEONOR CHAPARRO MERINO, ambas domiciliadas en la comuna de Hualpén, calle El Faro N° 294, Caleta Lenga; don LUCAS GIOVANNI CÁRCAMO POZAS, domiciliado en la comuna de Puerto Montt, Calle Volcán Apagado N° 1320, Población Padre Hurtado, y don SERGIO JONATHAN SALAZAR LUNA, domiciliado en la comuna de Calbuco, Pasaje Las Rosas N° 305, exponen: Los comparecientes IRMA HAYDEE MERINO SOTO, y doña MARCELA LEONOR CHAPARRO MERINO, son los actuales y únicos socios de la sociedad “COMERCIAL PUERTO VELERO LIMITADA”, RUT, N° 77.777.092-6, constituida por escritura pública de fecha 17 de enero del año 2023, otorgada ente el Notario Público de Talcahuano, de don Gastón Santibáñez Torres, cuyo extracto se inscribió a fojas 21 N° 17 del Registro de Comercio de Talcahuano del año 2023, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 21 de enero de 2023. El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000.- Por el presente instrumento se modifica la sociedad en los siguientes términos: doña IRMA HAYDEÉ MERINO SOTO, y doña MARCELA LEONOR CHAPARRO MERINO, titulares en conjunto del total de patrimonio social, contando cada uno con el consentimiento recíproco de la otra, se retiran de la sociedad y venden su participación en ella, es decir, el 100% de ésta a don LUCAS GIOVANNI CÁRCAMO POZAS, y a don SERGIO JONATHAN SALAZAR LUNA, quienes lo compran, aceptan y adquieren para sí, en la siguiente proporción: en un 55% el primero y en un 45% el segundo. Tanto compradores como vendedores se otorgan el más amplio y recíproco finiquito y renuncian desde ya, al ejercicio de la acción resolutoria que pudiere emanar de este acto por cualquier causa.- Los cedentes doña IRMA HAYDEÉ MERINO SOTO, y doña MARCELA LEONOR CHAPARRO MERINO, se otorgan entre ellos, el más amplio y absoluto finiquito y también respecto de la sociedad, por lo que no tienen cargo alguno que formular derivado del contrato de sociedad.- Que, por efecto de la cesión de derechos acordada en este instrumento, ingresan en este acto a la sociedad individualizada, como únicos socios, don LUCAS GIOVANNI CÁRCAMO POZAS, y don SERGIO JONATHAN SALAZAR LUNA; contando cada uno con el expreso consentimiento del otro, teniendo una participación social equivalente al 55% y a un 45%, respectivamente.- Los únicos y actuales socios, introducen las siguientes modificaciones al pacto social anterior: a) en lo sucesivo la administración y uso de la razón social, corresponderá a don LUCAS GIOVANNI CÁRCAMO POZAS, con las facultades establecidas en el estatuto social constitutivo; y b) el domicilio de la sociedad será la ciudad de PUERTO MONTT, sin perjuicio de las oficinas, filiales, sucursales o agencias que puedan abrirse en el resto del país.- Los socios reiteran que limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen plenamente vigentes todas las demás cláusulas del estatuto social anterior.- Se facultó para inscribir . Demás estipulaciones escritura extractada. Talcahuano, 12 de agosto de 2025.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
COMERCIAL PUERTO VELERO LIMITADA
CVE 2686368
