Agrícola Cardonal Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital libéré
$5.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
NICOLÁS DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO Socio | - | 92.86% | $4.643.000 |
JUAN PABLO DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO Socio | - | 7.14% | $357.000 |
Administrateurs (1)
NICOLÁS DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogada, Notario Público Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con Oficio en Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública de fecha 04 de agosto de 2025, ante mí: doña SARA CARMEN GARCÍA-HUIDOBRO PÉREZ DE ARCE, don NICOLÁS DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO, don JOAQUÍN DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO, doña SARITA DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO, don JUAN PABLO DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO, doña MACARENA ALEJANDRA CONTRERAS GARDELLA, en representación legal de sus hijos menores de edad: don VICENTE DONOSO CONTRERAS, don SANTIAGO DONOSO CONTRERAS, y, doña DOMINGA DONOSO CONTRERAS, todos domiciliados para estos efectos en calle Soria número ochocientos cuarenta y nueve, departamento seiscientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, concurrieron a efectuar cesión de derechos y modificación de la sociedad AGRÍCOLA CARDONAL LIMITADA, capital $5.000.000.-, inscrita a Fojas 42681 Número 18886 del año 2023 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, en el siguiente sentido: Cesión de derechos: UNO. doña SARA CARMEN GARCÍA-HUIDOBRO PÉREZ DE ARCE vende, cede y transfiere a don NICOLÁS DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO, derechos sociales equivalentes al 64,30% de los derechos sociales en que se divide el capital social; DOS. don JOAQUÍN DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO vende, cede y transfiere a don NICOLÁS DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO, derechos sociales equivalentes al 7,14% de los derechos sociales en que se divide el capital social; TRES. doña SARITA DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO vende, cede y transfiere a don NICOLÁS DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO, derechos sociales equivalentes al 7,14% de los derechos sociales en que se divide el capital social; CUATRO. doña MACARENA ALEJANDRA CONTRERAS GARDELLA, en representación legal de sus hijos menores de edad: don VICENTE DONOSO CONTRERAS, don SANTIAGO DONOSO CONTRERAS, y, doña DOMINGA DONOSO CONTRERAS, vende, cede y transfiere a don NICOLÁS DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO, derechos sociales equivalentes al 7,14%, esto es un 2,38% correspondientes a cada uno de ellos, de los derechos sociales en que se divide el capital social; Quedan como únicos y actuales socios: uno) don NICOLÁS DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO, con una participación equivalente al noventa y dos coma ochenta y seis ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, y, dos) don JUAN PABLO DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO, con una participación equivalente al siete coma catorce por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social. Modificación social: Los actuales y únicos socios, acuerdan modificar el estatuto social y sustituir: A. el artículo TERCERO relativo a la administración y el uso de la razón social, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá individualmente a don NICOLÁS DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO, sin limitación alguna, quien anteponiendo su nombre y firma a la razón social, representará a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en cláusula quinta de la escritura que se extracta, las que se tienen por reproducidas. B. el artículo CUARTO relativo al capital social, por el siguiente; “ARTICULO CUARTO. Del capital social: EI capital de la sociedad será la suma de cinco millones de pesos, que los socios aportan en la siguiente proporción: uno) don NICOLÁS DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO, aporta la suma equivalente al noventa y dos coma ochenta y seis por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, ya enterados en la caja social; y, dos) don JUAN PABLO DONOSO GARCÍA-HUIDOBRO, aporta la suma equivalente al siete coma catorce por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, ya enterados en la caja social. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado.”. En lo no modificado mantiene su vigencia pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de agosto de 2025.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA CARDONAL LIMITADA
CVE 2693280
