Société à responsabilité limitée77.704.375-7

PVCA Dos Limitada

CONSTITUCIÓN — 30 déc. 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-12-30Voir le PDF (CVE 2245264)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 3 años, prorrogable tácita, sucesiva y automáticamente por nuevos períodos de 3 años, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarlo
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios.

Objet social

El ejercicio de la abogacía en cualquiera de sus modalidades, en especial podrá prestar asesorías jurídicas, legales, administrativas, comerciales, corporativas y consultorías en todas las áreas del derecho, comprendiendo toda clase de gestiones, trámites, litigios, arbitrajes, reclamos contenciosos administrativos, gestiones de jurisdicción voluntaria, y en general realizar todos los actos convenciones y gestiones de cualquier naturaleza, ante toda clase de tribunales y autoridades o entidades públicas o privadas, la redacción y elaboración de contratos, estudios, informes, la asesoría en negociaciones comerciales, laborales y mediación, y en general realizar las demás actividades afines y conexas a las antes señaladas.

Capital

Capital total

$500.000

Capital libéré

$500.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Nicolás Canales Pastuszyk Von Poetsch

Socio

99%

Jaime Eduardo Varela Charme

Socio

1%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

Sociedad “PVCA DOS LIMITADA” KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, titular de la 36° de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2022, ante el Notario Titular, repertorio N° 34.920-2022, don Nicolás Canales Pastuszyk Von Poetsch y don Jaime Eduardo Varela Charme, ambos con domicilio en Flor de Azucenas N° 111, oficina 501, Las Condes, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a las normas de la Ley número 3.918 a los Códigos de Comercio y Civil en los siguientes términos y condiciones: La razón social de la sociedad será “PVCA Dos Limitada”. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en el resto del país. La sociedad tendrá por objeto el ejercicio de la abogacía en cualquiera de sus modalidades, en especial podrá prestar asesorías jurídicas, legales, administrativas, comerciales, corporativas y consultorías en todas las áreas del derecho, comprendiendo toda clase de gestiones, trámites, litigios, arbitrajes, reclamos contenciosos administrativos, gestiones de jurisdicción voluntaria, y en general realizar todos los actos convenciones y gestiones de cualquier naturaleza, ante toda clase de tribunales y autoridades o entidades públicas o privadas, la redacción y elaboración de contratos, estudios, informes, la asesoría en negociaciones comerciales, laborales y mediación, y en general realizar las demás actividades afines y conexas a las antes señaladas. El capital de la sociedad: La suma de $500.000 socios suscriben y pagan al contado y en dinero efectivo, 99% don Nicolás Canales Pastuszyk Von Poetsch y 1% don Jaime Eduardo Varela Charme, esto es, $450.000 y $50.000 respectivamente. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. La duración de la sociedad será de 3 años, desde fecha escritura extractada, prorrogable tácita, sucesiva y automáticamente por nuevos períodos de 3 años, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarlo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de Diciembre de 2022.

Actes récents

  1. CONSTITUCIÓN

    PVCA Dos Limitada

    CVE 2245264

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