Asesorías CEPD Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (9)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Tomás Poblete Castro Socio | - | - | - |
Antonio Dittborn Chadwick Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Arturo Poblete Castro Socio | - | - | - |
Francisco Irarrázaval Armendáriz Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Administrateurs (3)
Tomás Poblete Castro
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior ROSE MARIE MUÑOZ ALVAREZ, Abogado, Notario Suplente de don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2025, bajo repertorio número 9.729-2025, otorgada ante mí, don Juan Enrique Coeymans Zabala, don Alejandro Edwards Guzmán, don Tomás Poblete Castro, don Antonio Dittborn Chadwick, don Juan Pablo Fell Costa, doña María José Larraín Matte, don Arturo Poblete Castro, don Francisco Irarrázaval Armendáriz y don Sebastián Aninat Bianchi, todos domiciliados para estos efectos en Nueva Costanera 4.040, oficina 41, Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad “Asesorías CEPD Limitada”, (en adelante la “Sociedad”), acordaron: (i) Modificar la administración de la Sociedad, en el sentido de que ésta será administrada por un Comité Ejecutivo, compuesto por 3 miembros, quienes durarán en sus funciones por un periodo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada. Se designan como miembros del comité a don Tomás Poblete Castro, doña María José Larraín Matte y don Alejandro Edwards Guzmán; y (ii) otorgar un texto refundido de la Sociedad. La Sociedad se encuentra inscrita a fojas 109.276 número 48.738 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2022. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de febrero de 2026.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$1.800.000
Capital libéré
$1.800.000
Capital restant dû
$0
Associés (9)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 11.1111% | $200.000 |
Socio | - | 11.1111% | $200.000 |
Tomás Poblete Castro Socio | - | 11.1111% | $200.000 |
Antonio Dittborn Chadwick Socio | - | 11.1111% | $200.000 |
Socio | - | 11.1111% | $200.000 |
Socio | - | 11.1111% | $200.000 |
Arturo Poblete Castro Socio | - | 11.1111% | $200.000 |
Francisco Irarrázaval Armendáriz Socio | - | 11.1111% | $200.000 |
Socio | - | 11.1111% | $200.000 |
Administrateurs (9)
Tomás Poblete Castro
Antonio Dittborn Chadwick
Arturo Poblete Castro
Francisco Irarrázaval Armendáriz
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 1 janvier 2022
Constitución de la sociedad Asesorías CEPD Limitada.
Juan Enrique Coeymans Zabala · Alejandro Edwards Guzmán · Tomás Poblete Castro · Antonio Dittborn Chadwick · Juan Pablo Fell Costa · María José Larraín Matte · Arturo Poblete Castro
Texte officiel de l’extrait
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 5 de agosto de 2024, bajo repertorio número 9.820-2024, otorgada ante mí, don Juan Enrique Coeymans Zabala, don Alejandro Edwards Guzmán, don Tomás Poblete Castro, don Antonio Dittborn Chadwick, don Juan Pablo Fell Costa, doña María José Larraín Matte, don Arturo Poblete Castro, don Francisco Irarrázaval Armendáriz y don Sebastián Aninat Bianchi, todos domiciliados para estos efectos en Nueva Costanera 4.040, oficina 41, Vitacura, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad “Asesorías CEPD Limitada”, inscrita a fojas 109.276 número 48.738 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2022 (en adelante la “Sociedad”), en el sentido de: (i) Aumentar el capital de la Sociedad de $1.400.000 a $1.800.000. Producto de dicho aumento ingresan como socios don Francisco Irarrázaval Armendáriz y don Sebastián Aninat Bianchi. En consecuencia, los socios acuerdan reemplazar el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Quinto: Capital. El capital de la Sociedad es la suma $1.800.000, que los socios han aportado y enterado íntegramente, en dinero, en las siguientes cantidades y proporciones: /i/ Don Juan Enrique Coeymans Zabala, la suma de $200.000, equivalente a un noveno del capital social, esto es, un 11,1111% aproximadamente; /ii/ don Alejandro Edwards Guzmán, la suma de $200.000, equivalente a un noveno del capital social, esto es, un 11,1111% aproximadamente; /iii/ don Tomás Poblete Castro, la suma de $200.000, equivalente a un noveno del capital social, esto es, un 11,1111% aproximadamente; /iv/ don Antonio Dittborn Chadwick, la suma de $200.000, equivalente a un noveno del capital social, esto es, un 11,1111% aproximadamente; /v/ don Juan Pablo Fell Costa, la suma de $200.000, equivalente a un noveno del capital social, esto es, un 11,1111% aproximadamente; /vi/ doña María José Larraín Matte, la suma de $200.000, equivalente a un noveno del capital social, esto es, un 11,1111% aproximadamente; /vii/ don Arturo Poblete Castro, la suma de $200.000, equivalente a un noveno del capital social, esto es, un 11,1111% aproximadamente; /viii/ don Francisco Irarrázaval Armendáriz, la suma de $200.000, equivalente a un noveno del capital social, esto es, un 11,1111% por ciento aproximadamente; y /ix/ don Sebastián Aninat Bianchi, la suma de $200.000, equivalente a un noveno del capital social, esto es, un 11,1111% aproximadamente”. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus aportes; y (ii) Establecer que la representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a los socios don Juan Enrique Coeymans Zabala, don Alejandro Edwards Guzmán, don Tomás Poblete Castro y don Antonio Dittborn Chadwick actuando dos cualquiera de ellos conjuntamente, o a uno cualquiera de ellos actuando conjuntamente con uno cualquiera de los socios don Juan Pablo Fell Costa, doña María José Larraín Matte, don Arturo Poblete Castro, don Francisco Irarrázaval Armendáriz o don Sebastián Aninat Bianchi. En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente lo señalado en los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de agosto de 2024.
Actes récents
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