Comercializadora Medisan Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$15.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
MAURICIO JAVIER MARTÍNEZ BRUNET Socio | - | 94% | $14.113.500 |
MAURICIO ANDRÉS MARTÍNEZ GAMBARO Socio | - | 6% | $886.500 |
Administrateurs (2)
MAURICIO JAVIER MARTÍNEZ BRUNET
MAURICIO ANDRÉS MARTÍNEZ GAMBARO
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits· 25 octobre 2021
MAURICIO JAVIER MARTÍNEZ BRUNET, FELIPE IGNACIO MARTÍNEZ GAMBARO y CRISTÓBAL ANTONIO MARTÍNEZ BRUNET ceden derechos sociales a MAURICIO ANDRÉS MARTÍNEZ GAMBARO.
MAURICIO JAVIER MARTÍNEZ BRUNET · FELIPE IGNACIO MARTÍNEZ GAMBARO · CRISTÓBAL ANTONIO MARTÍNEZ BRUNET · MAURICIO ANDRÉS MARTÍNEZ GAMBARO
Texte officiel de l’extrait
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de 25 de octubre de 2021, ante mí, Don MAURICIO JAVIER MARTÍNEZ BRUNET; don FELIPE IGNACIO MARTÍNEZ GAMBARO; don MAURICIO ANDRÉS MARTÍNEZ GAMBARO; y don CRISTÓBAL ANTONIO MARTÍNEZ BRUNET; todos domiciliados para estos efectos en avenida Las Condes número doce mil cuatrocientos sesenta y uno, oficina setecientos ocho, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; quienes vienen en modificar los estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada “COMERCIALIZADORA MEDISAN LIMITADA”, RUT Nº 77.693.540-9, Capital inicial: $15.000.000, en el siguiente sentido: A) i.- don Mauricio Javier Martínez Brunet, cedió a don Mauricio Andrés Martínez Gambaro, el tres coma cero nueve por ciento de sus derechos sociales en la Sociedad, correspondiente al tres por ciento de los derechos sociales en el capital total de “COMERCIALIZADORA MEDISAN LIMITADA"; ii.- don Felipe Ignacio Martínez Gambaro, cedió a don Mauricio Andrés Martínez Gambaro, el cien por ciento de sus derechos sociales en la Sociedad, correspondiente al uno por ciento de los derechos sociales en el capital total de “COMERCIALIZADORA MEDISAN LIMITADA"; iii.- y don Cristóbal Antonio Martínez Brunet, cedió a don Mauricio Andrés Martínez Gambaro, el cien por ciento de sus derechos sociales en la Sociedad, correspondiente al uno por ciento de los derechos sociales en el capital total de “COMERCIALIZADORA MEDISAN LIMITADA". El precio de las Cesiones de Derechos contenidas en esta cláusula, es la suma total de $10.000.000, que el don Mauricio Andrés Martínez Gambaro pagó en este acto, en dinero en efectivo, en proporción a los derechos cedidos por los Cedentes, declarando estos últimos haber recibido el precio a su entera y total satisfacción; B) En virtud de la Cesión de Derechos previamente indicada, los nuevos y únicos socios sustituyeron el artículo quinto de los estatutos, relativo al capital, en el siguiente sentido: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad asciende a la suma de QUINCE MILLONES DE PESOS, que los socios enteran y aportan de la siguiente proporción: uno) don MAURICIO JAVIER MARTÍNEZ BRUNET, con la suma de catorce millones ciento trece mil quinientos pesos, correspondiente noventa y cuatro de los derechos sociales en la Sociedad, en este acto y en dinero en efectivo, ingresando a la caja social; dos) don MAURICIO ANDRÉS MARTÍNEZ GAMBARO, con la suma de ochocientos ochenta y seis mil quinientos pesos, correspondiente al seis por ciento de los derechos sociales en la Sociedad, en este acto y en dinero en efectivo, ingresando a la caja social.”; C) Finalmente, modifican el artículo séptimo relativo al uso de la razón social y administración de la Sociedad, sustituyéndolo por el que sigue: “Artículo Séptimo: La representación y administración de la Sociedad, y el uso de la razón social corresponderá conjunta y/o indistintamente a los socios don MAURICIO JAVIER MARTÍNEZ BRUNET y don MAURICIO ANDRÉS MARTÍNEZ GAMBARO, quienes tendrán la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a su fin”; En todo lo no modificado, continua vigente el pacto social primitivo; Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de octubre de 2021.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
COMERCIALIZADORA MEDISAN LIMITADA
CVE 2037409
