Sociedad Educacional Saint Peter College Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
JENNY LISSETTE ZAMORANO LEYTON Socio 14.xxx.xxx-9 | 14.xxx.xxx-9 | - | - |
Socio 13.xxx.xxx-4 | 13.xxx.xxx-4 | - | - |
Socio 13.xxx.xxx-0 | 13.xxx.xxx-0 | - | - |
Administrateurs (2)
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte 555, oficina 201, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 23 de abril de 2026, Repertorio N° 6909-26, comparecieron ante mí: doña JENNY LISSETTE ZAMORANO LEYTON, cédula nacional de identidad número 14.171.332-9; don HANS PETER WANNER CERDA, cédula nacional de identidad número 13.116.742-4, y doña CONNIE MARLEN WANNER CERDA, cédula nacional de identidad número 13.668.235-0, todos domiciliados en calle Las Bodegas número 806, Población San Guillermo, comuna de Puente Alto, titulares de la totalidad de los derechos sociales, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada "SOCIEDAD EDUCACIONAL SAINT PETER COLLEGE LIMITADA" o "SAINT PETER COLLEGE LIMITADA", constituida por escritura pública de fecha siete de julio de dos mil uno, ante don Rubén Galecio Gómez, Notario Público titular de la Primera Notaría de Santiago. Modificación: Se modifica la cláusula de administración, representación y uso de la razón social, la que en adelante queda redactada en los siguientes términos: La administración, representación legal y uso de la razón social corresponderá conjuntamente a don GASTÓN JULIO RAMÍREZ AVARIA, cédula nacional de identidad número 7.313.032-8, y a don KURT WILLI WANNER DONOSO, cédula nacional de identidad número 7.019.783-9. Para que los actos y contratos que se celebren en nombre y representación de la sociedad sean válidos y obliguen a ésta, será indispensable la actuación y firma conjunta de ambos administradores. Ninguno de los administradores podrá, por sí solo, obligar a la sociedad, siendo nulo y de ningún valor todo acto otorgado con la firma de uno solo de ellos, salvo que medie poder especial otorgado conjuntamente por ambos administradores a favor de un tercero para actos determinados. Los administradores tendrán, actuando conjuntamente, todas las facultades de administración y disposición que corresponden al mandatario judicial con cláusula de libre administración de bienes.- Las demás estipulaciones del contrato social permanecen inalteradas. Santiago, 12 de mayo de 2026.
Informations sociétaires
Objet social
El objeto de la sociedad será educacional, el que será desarrollado por medio de la creación y administración de uno o más establecimientos educacionales, dedicados a impartir enseñanza en los niveles o áreas de educación tanto de pre básica, básica o media, como también en establecimientos de educación especial como lo son aquellos dedicados a trastornos específicos del lenguaje y deficiencia mental, en locales propios o ajenos; como asimismo podrá continuar con la gestión y administración de establecimientos educacionales existentes, que ya cuenten con el reconocimiento oficial del ministerio de educación, incluyendo la educación con el sistema de subsidio y/o entrega de aportes o recursos estatales que reciban los establecimientos educacionales que sostenga o administre la sociedad, como así mismo la adquisición, enajenación y administración de bienes inmuebles ya sea tengan o no relación con fines educacionales.
Capital
Capital total
$20.000.000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
JENNY LISSETTE ZAMORANO LEYTON Socio | - | 50% | - |
Socio | - | 25% | - |
Socio | - | 25% | - |
Administrateurs (2)
Historique sociétaire relaté
- Constitution
La sociedad fue constituida por escritura pública inscrita en el año 2001 y publicada el 19 de julio de 2001.
- Cession de droits· 9 décembre 2019
GASTÓN JULIO RAMÍREZ AVARIA cede el 100% de los derechos que posee, equivalentes al 50%, a JENNY LISSETTE ZAMORANO LEYTON.
GASTÓN JULIO RAMÍREZ AVARIA · JENNY LISSETTE ZAMORANO LEYTON
- Cession de droits· 9 décembre 2019
KURT WILLI WANNER DONOSO cede el 50% de sus derechos, equivalentes al 25%, a CONNIE MARLEN WANNER CERDA.
- Cession de droits· 9 décembre 2019
KURT WILLI WANNER DONOSO cede el otro 50% de sus derechos, equivalentes al 25%, a HANS PETER WANNER CERDA.
Texte officiel de l’extrait
ALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaría de Santiago, Suplente del Titular don FÉLIX JARA CADOT, domiciliado en Huérfanos 1.160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura hoy ante mí, GASTON JULIO RAMIREZ AVARIA, KURT WILLI WANNER DONOSO, JENNY LISSETTE ZAMORANO LEYTON, HANS PETER WANNER CERDA y CONNIE MARLEN WANNER CERDA, todos domiciliados en Las Bodegas N° 0806, Población San Guillermo, comuna de Puente Alto, de paso por esta, modificaron “SOCIEDAD EDUCACIONAL SAINT PETER COLLEGE LIMITADA”, Nombre de Fantasía “SAINT PETER COLLEGE LIMITADA”, Capital $20.000.000, Rut: 77.689.430-3, constituida por escritura pública, ante Notario Público don RUBEN GALECIO GÓMEZ, titular de la 1° Notaría de Santiago, inscri ta a fojas 17.487, número 14.061 uno, año 2001 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, publicada en el diario oficial con fecha 19 de julio de 2001, en los siguientes términos: a) OBJETO SOCIAL: “El objeto de la sociedad será educacional, el que será desarrollado por medio de la creación y administración de uno o más establecimientos educacionales, dedicados a impartir enseñanza en los niveles o áreas de educación tanto de pre básica, básica o media, como también en establecimientos de educación especial como lo son aquellos dedicados a trastornos específicos del lenguaje y deficiencia mental, en locales propios o ajenos; como asimismo podrá continuar con la gestión y administración de establecimientos educacionales existentes, que ya cuenten con el reconocimiento oficial del ministerio de educación, incluyendo la educación con el sistema de subsidio y/o entrega de aportes o recursos estatales que reciban los establecimientos educacionales que sostenga o administre la sociedad, como así mismo la adquisición, enajenación y administración de bienes inmuebles ya sea tengan o no relación con fines educacionales.”.b) ADMINISTRACIÓN: la administración, representación y uso de la razón social, será ejercida conjunta o separadamente por GASTÓN JULIO RAMÍREZ AVARIA y/o don KURT WILLI WANNER DONOSO, quienes actuando conjunta o separadamente, en nombre y representación de la sociedad, y anteponiendo a sus firmas la Razón Social la representará ante terceros y todo tipo de instituciones públicas, privadas o mixtas, con todas y cada una de las facultades señaladas de manera ejemplar en la cláusula CUARTO del estatuto social. c) don GASTÓN JULIO RAMÍREZ AVARIA vende cede y transfiere a doña JENNY LISSETTE ZAMORANO LEYTON el 100% de los derechos que él posee en la sociedad antes individualizada, los que en la actualidad equivalen al 50% de esta. El precio de la cesión antes señaladas es la cantidad de $10.000.000.- que son pagados por doña JENNY LISSETTE ZAMORANO LEYTON, en este acto y dinero efectivo a don GASTÓN JULIO RAMÍREZ AVARIA; cantidad que el cedente declara recibir en este acto a su entera satisfacción, dando por pagado íntegramente el precio. d) don KURT WILLI WANNER DONOSO vende cede y transfiere a doña CONNIE MARLEN WANNER CERDA el 50% de los derechos que él posee en la sociedad, los que en la actualidad equivalen al 25% de esta. El precio de la cesión antes señaladas es la cantidad de $5.000.000. que son pagados por doña CONNIE MARLEN WANNER CERDA, en este acto y dinero efectivo a don KURT WILLI WANNER DONOSO; cantidad que el cedente declara recibir en este acto a su entera satisfacción, dando por pagado íntegramente el precio; y a don HANS PETER WANNER CERDA vende cede y transfiere el otro 50% de los derechos que él posee en la sociedad antes individualizada, los que en la actualidad equivalen al 25% de esta. El precio de la cesión antes señaladas es la cantidad de $5.000.000.- que son pagados por don HANS PETER WANNER CERDA, en este acto y dinero efectivo a don KURT WILLI WANNER DONOSO; cantidad que el cedente declara recibir en este acto a su entera satisfacción, dando por pagado íntegramente el precio. De esta manera con las modificaciones efectuadas quedan como únicos socios doña JENNY LISSETTE ZAMORANO LEYTON con una participación del 50% por ciento en la sociedad; doña CONNIE MARLEN WANNER CERDA, con una participación del 25% por ciento en la sociedad y don HANS PETER WANNER CERDA con una participación del 25% por ciento en la sociedad. e) por el presente acto doña JENNY LISSETTE ZAMORANO LEYTON da en usufructo a don GASTÓN JULIO RAMÍREZ AVARIA los derechos que a ella le corresponden en la presente sociedad, de esta forma don GASTON JULIO RAMÍREZ AVARIA ejercerá el uso y goce de los derechos sociales que le corresponden a doña JENNY LISSETTE ZAMORANO LEYTON. dicho usufructo se otorga vitaliciamente y para su término bastara la exhibición del respectivo certificado de defunción de don GASTON JULIO RAMÍREZ AVARIA. El precio $3.000.000.- que el usufructuario paga en este acto a la usufructuante. f) doña CONNIE MARLEN WANNER CERDA y don HANS PETER WANNER CERDA da en usufructo a don KURT WANNER DONOSO los derechos que a ellos les corresponden en la presente sociedad, de esta forma don KURT WANNER DONOSO ejercerá el uso y goce de los derechos sociales que le corresponden a doña CONNIE MARLEN WANNER CERDA y don HANS PETER WANNER CERDA,dicho usufructo se otorga vitaliciamente y para su término bastara la exhibición del respectivo certificado de defunción de don KURT WANNER DONOSO. El precio $3.000.000.- que el usufructuario paga en este acto a cada uno de los usufructuantes. En lo demás rige estatuto social de constitución y sus modificaciones vigentes, Santiago 09-12-2019.- ALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA. N.S.
Actes récents
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