Société à responsabilité limitée77.663.900-1

Sociedad De Profesionales Pro Vision Limitada

MODIFICACIÓN — 17 janv. 2025

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2025-01-17Voir le PDF (CVE 2597861)

Informations sociétaires

Ltda
Málaga ochenta y cinco, oficina ciento veinticinco
Administration: La administración, representación, uso de la razón social y de los bienes corresponderá única y exclusivamente al socio ARTURO LINS ANDRES KANTOR PUPKIN, con amplias facultades

Capital

Capital total

$500.000

Capital libéré

$500.000

Capital restant dû

$0

Associés (4)

NomParticipation

ARTURO LINS ANDRES KANTOR PUPKIN

Socio

61%

TOMAS KANTOR NAGEL

Socio

13%

NICOLAS KANTOR NAGEL

Socio

13%

EMILIO KANTOR NAGEL

Socio

13%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes certifico que por escritura pública otorgada con fecha 10 de Enero 2025, Repertorio 317/2025, ante mi, NICOLAS KANTOR NAGEL, EMILIO KANTOR NAGEL, DENISE ROSA IDA KANTOR PUPKIN, ARTURO LINS ANDRES KANTOR PUPKIN, y TOMAS KANTOR NAGEL, todos domiciliados en Málaga ochenta y cinco, oficina ciento veinticinco, Las Condes, modificaron SOCIEDAD DE PROFESIONALES PRO VISION LIMITADA, inscrita a fojas veinticuatro mil noventa y tres, número diecinueve mil cuatrocientos noventa y ocho, Registro Comercio Santiago del año dos mil uno, en siguientes aspectos: 1) Por una parte, DENISE ROSA IDA KANTOR PUPKIN, vende, cede y transfiere a NICOLAS KANTOR NAGEL, el cero coma cinco por ciento de los derechos sociales; y por otra ARTURO LINS ANDRES KANTOR PUPKIN, vende, cede y transfiere a NICOLAS KANTOR NAGEL, el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales; a EMILIO KANTOR NAGEL, el trece por ciento de los derechos sociales; y a TOMAS KANTOR NAGEL, el trece por ciento de los derechos sociales. 2) Como consecuencia de la cesión de derechos, se modifica la cláusula quinta del pacto social, la cual queda como sigue: “El capital de la sociedad es la suma de quinientos mil pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: don ARTURO LINS ANDRES KANTOR PUPKIN, con la suma de trescientos cinco mil pesos, equivalentes al sesenta y uno por ciento del capital social que se entera en este acto, al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social, TOMAS KANTOR NAGEL, con la suma de sesenta y cinco mil pesos, equivalentes al trece por ciento del capital social que se entera en este acto, al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social, NICOLAS KANTOR NAGEL, con la suma de sesenta y cinco mil pesos, equivalentes al trece por ciento del capital social que se entera en este acto, al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social, y EMILIO KANTOR NAGEL, con la suma de sesenta y cinco mil pesos, equivalentes al trece por ciento del capital social que se entera en este acto, al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social. De esta manera queda completamente enterado e ingresado el capital social”. 3) Se reemplaza artículo séptimo del pacto social, en cuanto a que la administración, representación, uso de la razón social, y de los bienes corresponderá única y exclusivamente al socio ARTURO LINS ANDRES KANTOR PUPKIN; con amplias facultades, según se indica en escritura extractada. En lo no modificado rige la escritura de constitución y modificaciones.- Santiago 14 de Enero de 2025. Mmo.

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