Olea & Baldera Vehículos De Alta Gama SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$80.000.000
Actions
1 000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
FRANCISCO JAVIER OLEA LETELIER Accionista 17.xxx.xxx-5 | 17.xxx.xxx-5 | 50% | - |
RODRIGO ANDRÉS BALDERA GONZÁLEZ Accionista 16.xxx.xxx-9 | 16.xxx.xxx-9 | 50% | - |
Texte officiel de l’extrait
CAROLINA BEATRIZ MENA CARRILLO, Abogado, Notario Público Interino Séptima Notaría de Viña del Mar, con oficio en Avenida Libertad trescientos noventa y cinco, Viña del Mar, certifica: Por escritura pública con fecha 17 de mayo de 2023 otorgada ante mí como suplente del Titular don Luis Fischer Yavar, FRANCISCO JAVIER OLEA LETELIER, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad número 17.143.724-5, y RODRIGO ANDRÉS BALDERA GONZÁLEZ, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad número 16.125.416-9, ambos domiciliados en Blanco Estela 60, oficina 74, Bosques de Montemar, comuna de Concón, provincia y región de Valparaíso, en calidad de únicos y exclusivos socios de la sociedad “OLEA & BALDERA VEHÍCULOS DE ALTA GAMA SpA”, y en forma unánime y por la totalidad de las acciones con derecho a voto, conforme al artículo 427 del Código de Comercio, acordó modificar el estatuto social, conforme a lo siguiente: CUARTO: Reemplazando el artículo décimo segundo del estatuto social por el siguiente: “ARTÍCULO DECIMO SEGUNDO: ADMINISTRACIÓN. La administración será ejercida por dos administradores, corresponderá a un total de dos Administradores, designados por la Junta de Accionistas con voto favorable de al menos dos tercios de las acciones válidamente emitidas y con derecho a voto, y quienes, anteponiendo la razón social o su nombre de fantasía a su firma, y actuando indistintamente, conjunta o separadamente, estarán investidos con todas las facultades de administración que la ley y los estatutos no establezcan como privativas de la junta general de accionistas, sin que sea necesario el otorgamiento de poder especial alguno.” QUINTO: Uno) Reemplazando el artículo décimo tercero del estatuto, en su primera parte, por la siguiente: “Sin perjuicio que los administradores estén investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de una junta general de accionistas”; en su segunda parte por la siguiente: “En las demás materias los administradores representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, actuando indistintamente, conjunta o separadamente, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen, directa o indirectamente, con el contrato social y sin que la siguiente enumeración sea taxativa y limitativas a sus facultades”; y reemplazando la letra s del mismo artículo por el siguiente “s) en general podrán celebrar todos los demás actos y contratos que su gestión haga necesarios o que estimen adecuados o convenientes para el mejor desempeño de sus funciones o para los intereses de la sociedad”. Dos) Reemplazando el artículo décimo quinto del estatuto, en su tercera parte, en donde se señala “instruirá al administrador” por “instruirá a los administradores”. Tres) Reemplazando el artículo vigésimo del estatuto por el siguiente: “ARTÍCULO VIGÉSIMO: De las deliberaciones y acuerdos de la Junta de Accionistas se dejará constancia de un libro de actas, el que será llevado por los administradores de la sociedad”. Cuatro) Reemplazando el artículo vigésimo sexto del estatuto, en donde dice “su administrador” se reemplaza por “sus administradores”. Demás acuerdos en escritura extractada. CERTIFICO: Que, conforme al registro de accionistas de la sociedad, tenido a la vista en este mismo acto, figura la sociedad con un capital social de $80.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de única serie y sin valor nominal. Certifico, igualmente, que figuran como únicos y exclusivos accionistas en la sociedad las personas de FRANCISCO JAVIER OLEA LETELIER, cédula de identidad 17.143.724-5, por el total de las 500 acciones de única serie de la sociedad, y RODRIGO ANDRÉS BALDERA GONZÁLEZ, cédula de identidad 16.125.416-9, por el total de 500 acciones de única serie de la sociedad, todas debidamente suscritas y pagadas. Viña del Mar, 01 de junio de 2023.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
OLEA & BALDERA VEHÍCULOS DE ALTA GAMA SpA
CVE 2332981
