Prestaciones Medicas Robledo E Hijo Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$3.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 6.xxx.xxx-6 | 6.xxx.xxx-6 | 20% | $600.000 |
Socio 9.xxx.xxx-k | 9.xxx.xxx-k | 80% | $2.400.000 |
Administrateurs (1)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 25 mai 2001
Se constituye PRESTACIONES MEDICAS ROBLEDO E HIJO LIMITADA, hoy PRESTACIONES MEDICAS ROBLEDO E HIJOS LIMITADA, con capital inicial de $1.000.000.
JORGE ALAMIRO ROBLEDO PAZ · JORGE ANDRÉS ROBLEDO HAUYON · EDUARDO ANTONIO ROBLEDO HAUYON
- Changement de capital· 22 août 2011
Se aumenta el capital a $3.000.000.
- Cession de droits· 4 janvier 2017
Eduardo Antonio Robledo Hauyón cede el total de sus derechos, equivalente al 40%, a Jorge Andrés Robledo Hauyón.
EDUARDO ANTONIO ROBLEDO HAUYON · JORGE ANDRÉS ROBLEDO HAUYON
- Retrait d’un associé· 4 janvier 2017
Eduardo Antonio Robledo Hauyón se retira totalmente de la sociedad.
- Changement d’administrateur· 4 janvier 2017
La administración queda exclusivamente a cargo de Jorge Alamiro Robledo Paz.
Texte officiel de l’extrait
ERNESTO MONTOYA PEREDO, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Rancagua, con oficio en Rancagua, calle Campos número trescientos setenta y siete, certifico que: por escritura pública hoy, ante mí, don JORGE ALAMIRO ROBLEDO PAZ, chileno, soltero, Médico Cirujano, cédula nacional de identidad número seis millones novecientos cincuenta y nueve mil setecientos cincuenta y cinco guión seis,; don JORGE ANDRÉS ROBLEDO HAUYON, chileno, soltero, Investigador Botánico, cédula nueve millones novecientos noventa y nueve mil trescientos ochenta y ocho guión k, y don EDUARDO ANTONIO ROBLEDO HAUYON, chileno, soltero, estudiante de gastronomía, cédula nacional de identidad número diez millones treinta y ocho guión cinco, todos domiciliados para estos efectos en calle Bueras número sesenta y cuatro, comuna de Rancagua, mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas antes anotadas, y exponen: PRIMERO: Mediante escritura pública otorgada con fecha veinticinco de mayo del año dos mil uno, ante el Notario Público, Titular de la Tercera Notaria de Rancagua, don Ernesto Montoya Peredo, Repertorio número dos mil ochocientos sesenta y nueve del año dos mil uno, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada "PRESTACIONES MEDICAS ROBLEDO E HIJO LIMITADA", ahora “PRESTACIONES MEDICAS ROBLEDO E HIJOS LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y siete millones seiscientos treinta y tres mil ochocientos diez guión nueve, con un capital inicial declarado de un millón de pesos, su extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, a fojas doscientos uno vuelta, número doscientos treinta correspondiente al año dos mil uno, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición número treinta y seis mil novecientos ochenta y ocho de fecha dieciséis de junio del año dos mil uno. Dicha sociedad inició sus actividades con el rol único tributario número setenta y siete millones seiscientos treinta y tres mil ochocientos diez guión nueve, la que fue modificada mediante Escritura Pública otorgada ante el Notario Público, Titular de la Tercera Notaria de Rancagua, don Ernesto Montoya Peredo, inscrita a fojas 617 Nº 764 del año dos mil once, de fecha veintidós de agosto de dos mil once, con un aumento de capital a tres millones de pesos, SEGUNDO: Por el presente instrumento, los comparecientes vienen en efectuar las siguientes modificaciones, ventas y cesiones de derechos, estipulando lo siguiente: El socio don EDUARDO ANTONIO ROBLEDO HAUYON, y con expresa autorización de su socio don JORGE ALAMIRO ROBLEDO PAZ, vende, cede y transfiere el total de sus derechos, acciones e intereses, que corresponden al cuarenta por ciento del total de la sociedad, retirándose por este instrumento totalmente de ella a don JORGE ANDRÉS ROBLEDO HAUYON, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión y venta es la cantidad de un millón doscientos mil pesos, cantidad que el cesionario paga al cedente en este acto, de contado y en dinero efectivo, quien lo declara recibir a su entera satisfacción. TERCERO: El Capital Social se mantiene en la suma total de tres millones de pesos, quedando ahora distribuido de la siguiente forma los respectivos aportes: El socio Jorge Alamiro Robledo Paz mantiene su aporte de seiscientos mil pesos correspondiente al veinte por ciento del capital social, sin variación y enterados en la caja social; el socio Jorge Andrés Robledo Hauyon aporte de un millón doscientos mil pesos correspondiente al cuarenta por ciento del capital social, ingresado por compraventa al socio saliente Eduardo Antonio Robledo Hauyón; enterado en este acto en efectivo y ya ingresado en caja social; aumentando su participación al ochenta por ciento del haber social, equivalentes a dos millones cuatrocientos mil pesos.- CUARTO: La administración de la sociedad corresponderá exclusivamente al socio JORGE ALAMIRO ROBLEDO PAZ; QUINTO: La duración será indefinida; SEXTO: En todo lo no modificado por este instrumento, continúan totalmente vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo. Demás estipulaciones en Escritura Extractada. Rancagua, 04 de Enero del 2017.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
PRESTACIONES MEDICAS ROBLEDO E HIJO LIMITADA
CVE 1165215
