Inversiones Y Servicios Integrales Quijotes SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Administrateurs (2)
Représentants auprès du SII (1)
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior JUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, Abogado, Notario Reemplazante de LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular, 8a Notaría Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, Certifico: Por Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada 20 de Noviembre de 2025 con asistencia 100% accionistas y asistencia Notario Titular, reducida a escritura pública con fecha 24 de Noviembre de 2025 Repertorio N°22.958/2025 otorgada ante el Titular, don HECTOR LUIS LIZAMA PEREZ, don MANUEL FERNANDO MORA JULIO y don ROBERTO ANDRES ARAYA CORDERO, todos los anteriores en calidad de accionistas de la sociedad “INVERSIONES Y SERVICIOS INTEGRALES QUIJOTES SpA” cuya inscripción social rola inscrita a fojas 60.926 bajo el número 27009 del Registro de Comercio de Santiago del año 2022, se acordó modificar cláusula decima de los estatutos sociales referente a la administración en el siguiente sentido: que a partir de esta fecha se designa como nuevo Administradores de la sociedad a don HECTOR LUIS LIZAMA PEREZ y don ROBERTO ANDRES ARAYA CORDERO recayendo además en este último el cargo de Gerente General de la sociedad, quienes actuarán y representarán a la sociedad en forma indistinta, conjunta o separadamente, quienes actuando en la forma estipulada y anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos y contratos que ella celebre, con las más amplias facultades señaladas y conferidas con los mismos alcances en la cláusula decima, decima primera, decima segunda y especialmente con todas y cada una de las facultades dispuestas y establecidas en la cláusula décima tercera de los estatutos sociales que se dan por íntegramente reproducidas y conocidas en este acto, comprendiendo además todas las facultades que, directa o indirectamente sean o parezcan necesarias o conducentes para la ejecución y cumplimiento del objeto social o a la conservación o incremento de los haberes de la sociedad; la representarán judicialmente y para el cumplimiento del objeto social estarán investidos de todas las facultades de administración y de disposición sin que sea necesario otorgarle poder alguno de ellos ni acreditarse ante terceros. Se acuerda que en lo no modificado por la presente junta, regirán íntegramente las cláusulas dispuestas en los estatutos sociales vigentes a la fecha. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de Diciembre de 2025.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES Y SERVICIOS INTEGRALES QUIJOTES SpA
CVE 2745401
