Société à responsabilité limitée77.588.260-3

Inversiones Deba Limitada

MODIFICACIÓN — 22 août 2025

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2025-08-22Voir le PDF (CVE 2689107)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 20 años, con prórroga automática por períodos iguales y sucesivos de 5 años
Administration: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a los socios a través de dos socios actuando uno cualquiera de ellos, individual e indistintamente.

Objet social

Efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces; comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; realizar actividades conexas o conducentes al objeto señalado y otros negocios relacionados con el giro; celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.

Capital

Capital total

$45.325.729

Capital libéré

$37.799.908

Capital restant dû

$7.525.821

Associés (7)

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna Las Condes, certifica: Que por escritura pública de fecha 24 de junio del año 2025, ante mí, doña LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, doña LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, don JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, doña MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, y doña ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, todos domiciliados para esos efectos en calle Los Militares 5890 oficina 501, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron: I. Dividir la sociedad INVERSIONES DEBA LIMITADA, inscrita a fojas 31894, número 25478 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2000, en 2 sociedades de responsabilidad limitada, conservando la sociedad dividida su razón social y objeto, creándose una sociedad que se denominará INVERSIONES SALINAS LIMITADA. II. Disminución de capital y modificación de estatutos. Como consecuencia de la división, los socios acordaron disminuir el capital social de INVERSIONES DEBA LIMITADA, de la suma de $45.399.544, a la suma de $73.815, y acordaron ampliar el plazo para el pago del mismo, sustituyendo el Artículo Cuarto de los estatutos de la sociedad por el del siguiente tenor: “CUARTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $73.815, que los socios aportan de la siguiente manera: a) doña LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, con la suma de $43.709, equivalente aproximadamente al 59,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $40.425, y la suma de $3.284 que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; b) don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, con la suma de $7.231, equivalente aproximadamente al 9,8% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $4.399, y la suma de $2.832 que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; c) doña LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $4.575, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $449, y la suma de $4.126 que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; d) don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $4.575, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $449, y la suma de $4.126 que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; e) don JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $4.575, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; f) doña MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $4.575, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; y g) doña ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $4.575, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte.” III. Estatutos sociedad INVERSIONES SALINAS LIMITADA: Los socios acordaron otorgar estatutos de la sociedad que nace de la división, cuyo tenor extractado es el siguiente: Nombre: El nombre o razón social será INVERSIONES SALINAS LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de INVERSIONES SALINAS LIMITADA. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades y percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes al objeto señalado u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: La sociedad tendrá una duración de 20 años, contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $45.325.729, que se entera en arcas sociales con la asignación en dominio de los activos y pasivos que se efectúa en este acto con ocasión de la división y que los socios aportan de la siguiente manera: a) doña LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, con la suma de $26.839.353, equivalente aproximadamente al 59,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $24.822.903, y la suma de $2.016.450 que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; b) don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, con la suma de $4.440.506, equivalente aproximadamente al 9,8% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $2.701.418, y la suma de $1.739.088, que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; c) doña LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.809.174, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $275.655, y la suma de $2.533.519 que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; d) don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.809.174, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $275.655, y la suma de $2.533.519 que deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; e) don JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.809.174, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales; los cuales deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; f) doña MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.809.174, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales; los cuales deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte; y g) doña ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.809.174, equivalente aproximadamente al 6,2% del capital y derechos sociales; los cuales deberá pagar dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, en dinero efectivo o mediante el aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, debidamente reajustados según la variación que experimente el Índice de Precios del Consumidor entre esta fecha y la de pago efectivo del aporte. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración y uso de razón social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a los socios, quienes la ejercerán a través de doña LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS y de don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA actuando uno cualquiera de ellos, individual e indistintamente, con las facultades establecidas en los estatutos. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 24 de junio del año 2025. María Soledad Lascar, Notario Público. Autorizo conforme al Art. 402 C.O.T.

ModificationDiario Oficial · 2024-05-20Voir le PDF (CVE 2495183)

Informations sociétaires

Ltda
Avenida Presidente Kennedy N°9070, oficina 1501

Capital

Capital total

$45.399.544

Associés (7)

Texte officiel de l’extrait

MARÍA SOLEDAD LASCAR, Notario Público de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio ubicado en Miraflores N°178, piso 5°, certifica: que por escritura pública de fecha 22 de abril del año 2024, repertorio N°18.596-2024, ante mí, doña LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, doña LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, don HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, don JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, doña MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA y doña ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N°9070, oficina 1501, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de la sociedad INVERSIONES DEBA LIMITADA, Rol Único Tributario N°77.588.260-3, inscrita a Fojas 31894, Número 25478 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2000, y como únicos socios de la sociedad INVERSIONES ESPARTER LIMITADA, Rol Único Tributario en trámite, inscrita a Fojas 16757, Número 7399 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024, rectificaron y sanearon por vicios de fondo relacionados con el capital, los extractos originados de la escritura pública de DIVISIÓN Y MODIFICACIÓN DE INVERSIONES DEBA LIMITADA de fecha 28 de diciembre del año 2023, repertorio N°65.014-2023, otorgada en la Trigésima Octava Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino, con oficio ubicado en Miraflores N°178, piso 5°, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en los siguientes sentidos: 1) Respecto al extracto de división de INVERSIONES DEBA LIMITADA, autorizado con fecha 16 de febrero del año 2024 en la Trigésima Octava Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino, con oficio ubicado en Miraflores N°178, piso 5°, comuna de Santiago, Región Metropolitana, inscrito a Fojas 16524, Número 7305 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2024, y publicado en el Diario Oficial con fecha 23 de febrero del año 2024: En el punto II. Sobre Disminución de capital y modificación de estatutos, se rectifica y sanea el monto del capital post división de INVERSIONES DEBA LIMITADA, y por consiguiente el aporte de los socios en el capital, bajo el siguiente tenor: ““II. Disminución de capital y modificación de estatutos. Como consecuencia de la división, los socios acordaron ampliar el plazo para el pago del capital y disminuir el capital social de INVERSIONES DEBA LIMITADA, de $180.872.178, a la suma de $45.399.544, sustituyendo el Artículo Cuarto de los estatutos de la sociedad por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social asciende a la suma única de $45.399.544, que se ha pagado y pagará por los socios como sigue: a) LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, con la suma de $26.883.062, equivalentes al 59,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $24.863.328, y pagará la suma de $2.019.734 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; b) HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, con la suma de $4.447.737, equivalentes al 9,8% por ciento del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado la suma de $2.705.817 y pagará la suma de $1.741.920 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; c) LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.813.749, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $276.104, y pagará la suma de $2.537.645, en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; d) HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.813.749, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $276.104, y pagará la suma de $2.537.645, en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; e) JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.813.749, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; f) MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.813.749, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; y g) ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $2.813.749, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado.” 2) Respecto al Extracto de Constitución de INVERSIONES ESPARTER LIMITADA, autorizado con fecha 16 de febrero del año 2024 en la Trigésima Octava Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino, con oficio ubicado en Miraflores N°178, piso 5°, comuna de Santiago, Región Metropolitana, inscrito a Fojas 16757, Número 7399 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2024, y publicado en el Diario Oficial con fecha 23 de febrero del año 2024: En el punto III. Estatutos sociedad INVERSIONES ESPARTER LIMITADA, se rectifica y sanea el monto del capital de la sociedad que nace producto de la división, INVERSIONES ESPARTER LIMITADA, bajo el siguiente tenor: “Capital: El capital social asciende a la suma única de $21.447.558, que se ha pagado y pagará por los socios como sigue: a) LEONOR LAURA DE URRUTICOECHEA SARTORIUS, con la suma de $12.700.042, equivalentes al 59,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $11.745.882, y pagará la suma de $954.160 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; b) HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL VIDELA, con la suma de $2.101.191, equivalentes al 9,8% del capital y derechos sociales, los cuales ha pagado la suma de $1.278.277 y pagará la suma de $822.914 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; c) LEONOR EUGENIA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $1.329.265, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $130.436, y pagará la suma de $1.198.829 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; d) HERNÁN JOSÉ IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $1.329.265, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, de los cuales ha pagado y enterado la suma de $130.436, y pagará la suma de $1.198.829 en el plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; e) JUAN IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $1.329.265, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; f) MARÍA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $1.329.265, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado; y g) ANA IRARRÁZAVAL DE URRUTICOECHEA, con la suma de $1.329.265, equivalentes al 6,2% del capital y derechos sociales, los cuales deberá enterar dentro del plazo de 3 años desde la fecha de la escritura extractada, debidamente reajustado. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes.” Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 22 de abril de 2024. María Soledad Lascar, Notario Público.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES DEBA LIMITADA

    CVE 2689107

  2. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES DEBA LIMITADA

    CVE 2495183

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