Société à responsabilité limitée77.567.710-4

Valenzuela Valenzuela Limitada

MODIFICACIÓN — 10 oct. 2018

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2018-10-10Voir le PDF (CVE 1475909)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$10.000.000

Associés (2)

NomParticipation

JORGE RODRIGO VALENZUELA MILLÁN

Socio

90%

JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ ROMERO

Socio

10%

Historique sociétaire relaté

  1. Cession de droits· 30 août 2018

    Jorge Oscar Abraham Valenzuela Sáez cede el 1% de sus derechos a José Miguel Rodríguez Romero.

    JORGE OSCAR ABRAHAM VALENZUELA SÁEZ · JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ ROMERO

  2. Cession de droits· 30 août 2018

    Jorge Rodrigo Valenzuela Millán cede el 9% de sus derechos a José Miguel Rodríguez Romero.

    JORGE RODRIGO VALENZUELA MILLÁN · JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ ROMERO

  3. Retrait d’un associé· 30 août 2018

    Sale de la sociedad Jorge Oscar Abraham Valenzuela Sáez e ingresa José Miguel Rodríguez Romero.

    JORGE OSCAR ABRAHAM VALENZUELA SÁEZ · JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ ROMERO

  4. Changement de capital· 30 août 2018

    Se modifica la cláusula cuarta para fijar el capital social en $10.000.000.

    VALENZUELA VALENZUELA LIMITADA

Texte officiel de l’extrait

FELIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41ª Notaría de Santiago, Huérfanos N" 1160, subsuelo, Santiago, certifica que: Por escritura pública hoy, ante mí, JORGE OSCAR ABRAHAM VALENZUELA SÁEZ, domiciliado en parcelamiento Las Garzas II, número 153, de la comuna de Colina, Región Metropolitana, JORGE RODRIGO VALENZUELA MILLÁN, domiciliado en Av. Providencia 1650 oficina 2008, comuna de Providencia, Región Metropolitana, y JOSE MIGUEL RODRIGUEZ ROMERO, domiciliado en Argomedo 390 depto 1109, comuna de Santiago, Región Metropolitana, modifican sociedad VALENZUELA VALENZUELA LIMITADA, inscrita a fs. 6132 N° 4915 del registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2001, con la siguiente mención (Uno) don JORGE OSCAR ABRAHAM VALENZUELA SÁEZ, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la Sociedad equivalentes al uno por ciento a don JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ ROMERO, quien los compra y adquiere para sí, con la expresa anuencia y autorización de don JORGE RODRIGO VALENZUELA MILLÁN. El precio de la compraventa de los derechos sociales, equivalentes al uno por ciento del total de ellos, es la suma de quinientos mil pesos, que se pagan en este acto en dinero efectivo a don JORGE OSCAR ABRAHAM VALENZUELA SÁEZ por parte de don JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ ROMERO, recibiéndolos el primero a su total y entera satisfacción. Se deja constancia que los derechos sociales de don JORGE OSCAR ABRAHAM VALENZUELA SÁEZ los adquirió de su antecesor en el dominio de los mismos don Francisco Miralles Serrano, según se da cuenta escritura pública de fecha veintiocho de diciembre del año dos mil diez, ante doña Ana Luisa Birkner Moreira, notario suplente de don Samuel Klecky Rapaport, cuyo extracto se inscribió a fojas dos mil ciento ocho número mil quinientos setenta y nueve del registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil once, publicado en el Diario Oficial de fecha martes dieciocho de enero del mismo año. (Dos) don JORGE RODRIGO VALENZUELA MILLÁN, vende, cede y transfiere el equivalente del nueve por ciento de sus derechos en la Sociedad a don JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ ROMERO, quien los compra y adquiere para sí, con la expresa anuencia y autorización de don JORGE OSCAR ABRAHAM VALENZUELA SÁEZ. El precio de la compraventa de los derechos sociales, equivalentes al nueve por ciento del total de ellos, es la suma de cuatro millones quinientos mil pesos, que se pagan en este acto en dinero efectivo a don JORGE RODRIGO VALENZUELA MILLÁN por parte de don JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ ROMERO, recibiéndolos el primero a su total y entera satisfacción. TERCERO: La venta de los derechos se hace libre de todo gravamen o embargo que embarace su dominio, responsabilizándose la parte vendedora de la evicción en conformidad a la ley. CUARTO: Como consecuencia de estas ventas, cesiones y transferencias de derechos sociales, sale de la Sociedad don JORGE OSCAR ABRAHAM VALENZUELA SÁEZ ingresando don JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ ROMERO y cambia su participación social don JORGE RODRIGO VALENZUELA MILLÁN. En consecuencia los porcentajes de participación social quedan de la siguiente forma: /i/ don JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ ROMERO con el diez por ciento de los derechos sociales, enteramente pagados por sí y por sus antecesores en el dominio. /ii/ don JORGE RODRIGO VALENZUELA MILLÁN con el noventa por ciento de los derechos sociales, enteramente pagados por sí. QUINTO: Los actuales socios de la Sociedad don JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ ROMERO y don JORGE RODRIGO VALENZUELA MILLÁN acuerdan modificar la cláusula CUARTA de los estatutos sociales para reflejar las ventas, cesiones y transferencias de derechos sociales realizadas en este instrumento. Por tanto, modifíquese la cláusula CUARTA de los estatutos sociales por la siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de diez millones de pesos.”. Todo lo no modificado se mantienen las estipulaciones del pacto social. Santiago, 30 de agosto de 2018. Félix Jara Cadot. N.P.

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Relations sociétaires

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