Energy Holding SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Actions
1 833 340
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Steven Paul A. Van Cauwenberge Accionista 24.xxx.xxx-3 | 24.xxx.xxx-3 | - | - |
Marcela Andrea Dondero Astudillo Accionista 12.xxx.xxx-k | 12.xxx.xxx-k | - | - |
Administrateurs (4)
Steven Paul A. Van Cauwenberge
Nicolás Patricio García Darras
Marcela Andrea Dondero Astudillo
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, abogado, Notario Público titular de la Cuadragésima novena Notaría de Santiago, ubicada en calle Amunategui N°73, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, Certifica: que, ante mí, se redujo a escritura pública de fecha7 de octubre de 2025, Repertorio Nº 50603el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de ENERGY HOLDING SpA, en adelante también la sociedad, celebrada con fecha 6 de octubre de 2025, con la asistencia de don Steven Paul A. Van Cauwenberge y doña Marcela Andrea Dondero Astudillo quien actuó como secretaria de actas ad-hoc, en la cual se acordó modificar los estatutos de la sociedad ENERGY HOLDING SpA, la sociedad consta inscrita como a fojas 8930 número 4419 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022, Asistió el 100% del capital emitido (1.833.340 acciones), adoptándose los acuerdos por unanimidad. Acuerdo único que se extracta (complementación del Artículo Sexto: Administración y Representación): La Sociedad complementa su Artículo Sexto otorgando poder general de administración y disposición, incluidas las facultades que requieren mención o cláusula especial, y designando apoderados y su forma de actuar, sin alterar la administración previamente establecida en la escritura pública de 09 de junio de 2025, inscrita a fojas 50.766 N° 19.720, año 2025, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Apoderados y forma de actuar: Clase A: Steven Paul A. Van Cauwenberge, cédula para extranjeros N° 24.907.549-3 (sin límite). Clases B: Alexander Stan Decock, cédula para extranjeros N° 24.907.562-0, y Nicolás Patricio García Darras, cédula de identidad N° 18.912.931- 9 (individualmente hasta $50.000.000 o su equivalente; conjuntamente dos apoderados Clase B hasta $500.000.000 o su equivalente). Clase C: Marcela Andrea Dondero Astudillo, cédula de identidad N° 12.623.443-K, con representación individual ante autoridades y organismos. Facultades especiales (enunciativas): operaciones bancarias y de valores; contratación de créditos y financiamientos; constitución, modificación, ampliación y alzamiento de garantías reales y personales (hipotecas; prendas con y sin desplazamiento; avales; fianzas; codeudas; prohibiciones de enajenar y gravar); celebración, modificación y terminación de toda clase de contratos civiles y mercantiles (incluidos contratos de prestación de servicios ESCO, contratos de suministro de energía Power Purchase Agreement (PPA), acuerdos de netbilling, contratos de seguro y coaseguro y cesión de indemnizaciones); actos sobre bienes muebles e inmuebles y constitución de servidumbres eléctricas; operaciones de mercado de capitales, depósitos y derivados para cobertura de tipo de cambio y tasa, dentro de la normativa vigente; comercio exterior y cumplimiento del Compendio de Normas de Cambios Internacionales del Banco Central de Chile; propiedad intelectual e industrial (marcas, patentes, modelos, derechos de autor, software y licencias); gestiones ante el Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República y municipalidades (incluida obtención de RUT secundario, timbraje y convenios de pago); cobros y pagos; representación judicial y arbitral con todas las facultades de los artículos 7 y 8 del Código de Procedimiento Civil, así como medidas prejudiciales y precautorias; gestiones ante registros públicos (Registros de Comercio del Conservador de Bienes Raíces); materias laborales y de contratación de servicios; uso de firma electrónica simple y avanzada conforme Ley N° 19.799; gestiones ante autoridades y reguladores del sector energía y mercado financiero, incluyendo Comisión Nacional de Energía, Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Coordinador Eléctrico Nacional, Comisión para el Mercado Financiero y Servicio de Evaluación Ambiental; y otorgamiento de subpoderes, delegación, sustitución, reasunción y revocación de subpoderes en lo que corresponda. Demás estipulaciones escritura extractada.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$1.458.212.935
Capital libéré
$1.458.212.935
Capital restant dû
$0
Actions
1 833 340
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 91.72% | - |
Accionista | - | 5.85% | - |
Accionista | - | 2.42% | - |
Administrateurs (4)
Steven Paul A. Van Cauwenberge
Nicolás Patricio García Darras
Marcela Andrea Dondero Astudillo
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 28 décembre 2021
Constitución de ENERGY HOLDING SpA.
- Changement de capital· 6 juin 2025
Junta extraordinaria acuerda modificar el capital social y su distribución en acciones.
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior ENERGY HOLDING SpA WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Amunátegui número 73, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifica que, en el ejercicio de su ministerio y en su oficio notarial, concurrió la totalidad de las acciones de la sociedad por acciones denominada “ENERGY HOLDING SpA” a celebrar Junta Extraordinaria de Accionistas con fecha 6 de junio de 2025, y que dicha acta fue reducida a escritura pública ante mí con fecha09 de Junio de 2025, bajo el Repertorio N° 64.612-25 de mi protocolo notarial. Dicha sociedad fue constituida por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2021, en la Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien, e inscrita a fojas 8930] número 4419 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022. Por la referida Junta Extraordinaria, se acordó modificar los estatutos sociales de la Sociedad, los que quedaron en lo pertinente como sigue: ARTÍCULO TERCERO: CAPITAL DE LA SOCIEDAD. “El capital de ENERGY HOLDING SpA es la suma de $1.458.212.935, dividido en 1.833.340 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio de este estatuto. Todas las acciones serán ordinarias y conformarán una serie única, gozando de todos los derechos como si estuvieren pagadas desde el momento que se encuentren emitidas. No se requerirá la emisión física de títulos de acciones, bastando la constancia respectiva en el Registro de Accionistas.” ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. “El capital social de $1.458.212.935, dividido en 1.833.340 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: a) CRISTAL SpA: 1.681.550 acciones, equivalentes al 91,72 % del capital social; b) AD INVERSIONES SpA: 107.333 acciones, equivalentes al 5,85 % del capital social; y c) GUAYMALLÉN SpA: 44.457 acciones, equivalentes al 2,42 % del capital social.” ARTÍCULO SEXTO: ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN“. Se designan como Apoderados para ejercer la administración de la Sociedad a las siguientes personas: i) Apoderado Clase A: Don Steven Paul A. Van Cauwenberge ii) Apoderados Clase B: Don Alexander Stan Decock y Don Nicolás Patricio García Darras iii) Apoderado Clase C: Doña Marcela Andrea Dondero Astudillo. Forma de actuación: Los Apoderados Clases A, B y C podrán ejercer todos los poderes y atribuciones que se detallan a continuación, anteponiendo su firma a la razón social, actuando indistinta e individualmente cualquiera de ellos, obligando a la Sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro social, presumiéndose dotados de las facultades propias de un factor de comercio. a) Apoderado Clase A: Podrá ejercer cualquiera de los poderes y atribuciones conferidos en este artículo, sin limitación alguna. b) Apoderados Clase B: Podrán ejercer todos los poderes y atribuciones conferidas en este artículo, actuando de forma individual en operaciones cuyo valor sea igual o inferior a CLP $50.000.000, o su equivalente en cualquier moneda, y actuando conjuntamente en operaciones cuyo valor sea igual o inferior a CLP $500.000.000, o su equivalente. c) Apoderado Clase C: Podrá ejercer todos los poderes y atribuciones conferidas en este artículo, representando individualmente a la Sociedad ante cualquier persona natural o jurídica, institución pública o privada, municipalidades, SII, Aduanas, Tribunales y demás entidades administrativas o judiciales, incluyendo tramitación de asuntos legales, celebración de contratos, cesión de derechos, emisión de instrumentos públicos y privados, modificaciones contractuales, y representación judicial y extrajudicial sin necesidad de acreditar instrucciones. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 10de Junio de 2025. WASCHL
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