Société par actions77.522.100-3

Etcheberry Asesoría y Negocios SpA

MODIFICACIÓN — 28 mai 2026

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2026-05-28Voir le PDF (CVE 2816323)

Informations sociétaires

SpA

Capital

Capital total

$1.392.939.607

Capital libéré

$1.392.939.607

Capital restant dû

$0

Actions

1 330

Associés (2)

NomParticipation

JAVIER ETCHEBERRY CELHAY

Accionista

4.xxx.xxx-7

830 act.

CECILIA CHRISTINE SOMMERHOFF HYDE

Accionista

5.xxx.xxx-4

800 act.

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 11 de mayo de 2026, anotada bajo repertorio N°37.674-2026, ante mí, don JAVIER ETCHEBERRY CELHAY, cédula de identidad N°4.891.404-7, y doña CECILIA CHRISTINE SOMMERHOFF HYDE, cédula de identidad N°5.896.773-4, en su calidad de únicos y actuales accionista de ETCHEBERRY ASESORÍA Y NEGOCIOS SpA, RUT N°77.522.100-3, inscrita a fojas 29.168, número 23.202 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2000 (“Sociedad”), acordaron lo siguiente: (1) Cancelar las 200 acciones ordinarias Clase de B de doña CECILIA CHRISTINE SOMMERHOFF HYDE, en virtud de su renuncia a la Sociedad realizada con efecto desde la fecha de la escritura extractada; (2) Como consecuencia de lo anterior, disminuir el capital social desde la cantidad de $1.412.939.607, dividido en 9.530 acciones, a la cantidad de $1.392.939.607, esto es, en la cantidad de $20.000.000, dividido en 1.330 acciones íntegramente suscritas y pagadas, las que se distribuyen del siguiente modo: 8.530 acciones preferentes Clase A, y 800 acciones ordinarias Clase B. (2) Reemplazar el Artículo Quinto y el Artículo Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad para dar cuenta de las modificaciones anteriores, por el texto contenido en la escritura extractada. En todo lo no modificado expresamente, se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. El Notario que autoriza certifica que, a la fecha de la escritura pública extractada, don JAVIER ETCHEBERRY CELHAY y doña CECILIA CHRISTINE SOMMERHOFF HYDE eran los únicos accionistas de ETCHEBERRY ASESORÍA Y NEGOCIOS SpA, de acuerdo al Registro de Accionista de la Sociedad tenido a la vista. FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago. Santiago, 19 de mayo de 2026.

ModificationDiario Oficial · 2024-05-13Voir le PDF (CVE 2491999)

Informations sociétaires

SpA
Alcántara N°107

Capital

Capital total

$1.412.939.607

Actions

9 530

Texte officiel de l’extrait

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: con fecha 9 de abril de 2024, ante mí, se redujo a escritura pública bajo el repertorio N°22.316, el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de ETCHEBERRY ASESORÍA Y NEGOCIOS SpA, Rol Único Tributario N°77.522.100- 3, en adelante, la “Sociedad”, la que fue celebrada en mi presencia el día 9 de abril de 2024. La Sociedad se encuentra inscrita a fojas 29.168, número 23.202, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2.000. En la referida Junta Extraordinaria de Accionistas se acordó, entre otras materias, lo siguiente: 1) Crear una clase preferente de acciones llamada “Clase A”; 2) Redenominar las acciones ordinarias actuales de la Sociedad, pasando a llamarse “Clase B”; 3) Aumentar el capital social, desde la suma de 100.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, sin valor nominal, nominativas y de una misma y única serie, a la suma de 1.412.939.607 pesos, dividido en 9.530 acciones, esto es, en la cantidad de 1.312.939.607 pesos, mediante la emisión de 8.530 acciones de la Clase A, que se suscriben y pagan en la forma indicada en la escritura extractada; 4) Reemplazar, entre otros, los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales, por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. Uno/ Capital y acciones. El capital de la Sociedad es la suma de 1.412.939.607 pesos, dividido en 9.530 acciones, las que se distribuyen del siguiente modo: /a/ una serie de acciones preferentes denominada “Clase A”, que está compuesta por 8.530 acciones nominativas, sin valor nominal y de igual valor cada una, y que goza de las preferencias que se establecen en el número Dos/ siguiente; y /b/ una serie de acciones ordinarias denominada “Clase B”, que está compuesta por 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, sin privilegios y de igual valor cada una. La totalidad de las acciones en que se encuentra dividido el capital social se suscribe y paga en la forma señalada en el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos. Dos/ Preferencia de la Clase A. De conformidad con lo dispuesto en los artículos cuatrocientos treinta y seis y cuatrocientos cuarenta y tres del Código de Comercio, las acciones pertenecientes a la Clase A gozarán de las siguientes preferencias y cargas: /i/ Recibirán, de manera exclusiva, dividendos de las utilidades o cualquier ganancia que provenga, directa o indirectamente, de los activos correspondientes a los Activos Separados, según éstos se definen en el número Tres/ siguiente, llevando al efecto la contabilidad separada prevista en el artículo cuatrocientos cuarenta y tres del Código de Comercio. De este modo, las acciones preferentes de la Clase A tendrán el derecho exclusivo de participar de las utilidades, ganancias y de cualquier otro beneficio económico, y la obligación exclusiva de soportar las pérdidas o cualquier otra carga, provenientes directa o indirectamente de los Activos Separados; /ii/ Las acciones preferentes Clase A no participarán de las utilidades o ganancias, ni soportarán las pérdidas o cargas derivadas o emanadas de activos que no correspondan a los Activos Separados, salvo en lo correspondiente a los gastos generales de la Sociedad; /iii/ La Sociedad deberá llevar una contabilidad separada respecto de los Activos Separados, y las utilidades o pérdidas provenientes de dichos activos serán calculadas exclusivamente sobre la base de esta contabilidad separada, sin importar los resultados generales de la Sociedad, de conformidad al Artículo Vigésimo Primero de estos Estatutos; /iv/ Los gastos generales de la Sociedad que no tengan una relación directa con un activo específico o con una unidad específica de negocios, como, por ejemplo, el pago de la patente municipal, los gastos contables, entre otros, se asignarán a la contabilidad separada de las acciones preferentes de la Clase A en función del valor que represente dicha serie de acciones en el capital total 2 de la Sociedad; y /v/ De conformidad con el Artículo Vigésimo Segundo, en caso de disolución y liquidación de la Sociedad, los repartos por devolución de capital a los accionistas de la Sociedad (una vez asegurado el pago o pagadas las deudas sociales) se efectuarán respetando las series de acciones emitidas por la Sociedad, de modo que los repartos a efectuar a los accionistas durante la liquidación seguirán las mismas reglas y preferencias establecidas para la distribución de dividendos. En consecuencia, los accionistas titulares de acciones de la Clase A, tendrán derecho a pagarse con preferencia a las acciones de la Clase B con los bienes que hubieren aportado a la Sociedad para el pago de sus acciones (es decir, con los Activos Separados), en caso de subsistir dichos bienes en el patrimonio de la Sociedad al tiempo de la liquidación. Tres/ Activos Separados. Para efectos de lo dispuesto en el numeral Dos/ anterior, se entenderá por “Activos Separados” todos aquellos activos que fueren aportados a la Sociedad para el pago de las acciones Clase A, sea que consistan en dinero efectivo, bienes raíces, especies, maquinarias, derechos, acciones y participaciones en cualquier tipo de sociedades y, en general, con todo tipo de bienes muebles, cuyo aporte y estimación será acordado por los accionistas de conformidad con el Artículo Octavo de los Estatutos”; y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad es la suma de 1.412.939.607 pesos, dividido en 9.530 acciones, las que se distribuyen del siguiente modo: /a/ 8.530 acciones preferentes Clase A, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y serán pagadas dentro del plazo que vence el día nueve de abril de dos mil veinticinco; y /b/ 1.000 acciones ordinarias Clase B, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas”. En todo lo no modificado expresamente, se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de abril de 2024. Francisco Javier Leiva Carvajal. Notario Público Titular.

ModificationDiario Oficial · 2024-05-13Voir le PDF (CVE 2492026)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Indefinida
Administration: La Sociedad será administrada por una o más personas naturales o jurídicas, que podrán o no ser accionistas de la Sociedad, en adelante el “Administrador”, a quien le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, con todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la junta de accionistas.

Objet social

La Sociedad tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: la inversión en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como efectos de comercio, valores mobiliarios, acciones, derechos sociales, bonos, debentures, documentos bancarios y títulos de crédito; la realización de actividades de asesoría en general, especialmente en administración de empresas, evaluación de negocios, asesorías en materias financieras y comerciales; y en general, ejecutar toda clase de actos autorizados por las leyes que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal.

Capital

Capital total

$100.000.000

Capital libéré

$100.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 000

Associés (2)

NomParticipation

Javier Etcheberry Celhay

Accionista

4.xxx.xxx-7

-

Cecilia Christine Sommerhoff Hyde

Accionista

5.xxx.xxx-4

-

Administrateurs (1)

Javier Etcheberry Celhay

4.xxx.xxx-7Administrador

Texte officiel de l’extrait

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: que por escritura pública de fecha 9 de abril de 2024, otorgada ante mí, bajo el repertorio N°22.315, don Javier Etcheberry Celhay, cédula de identidad N°4.891.404-7, y doña Cecilia Christine Sommerhoff Hyde, cédula de identidad N°5.896.773-4, todos domiciliados para estos efectos en calle Phillips N°56, oficina 36, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad ETCHEBERRY ASESORÍA Y NEGOCIOS LIMITADA, Rol Único Tributario N°77.522.100-3, inscrita a fojas 29.168, número 23.202, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2.000, en adelante, la “Sociedad”, acordaron, entre otras materias, lo siguiente: transformar a la Sociedad, de una sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones, reemplazando íntegramente sus estatutos, de los cuales se extracta lo siguiente: Nombre: Etcheberry Asesoría y Negocios SpA. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /i/ la inversión en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como efectos de comercio, valores mobiliarios, acciones, derechos sociales, bonos, debentures, documentos bancarios y títulos de crédito; /ii/ la realización de actividades de asesoría en general, especialmente en administración de empresas, evaluación de negocios, asesorías en materias financieras y comerciales; y /iii/ en general, ejecutar toda clase de actos autorizados por las leyes que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $100.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, sin valor nominal, nominativas y de una misma y única serie, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración y representación: La Sociedad será administrada por una o más personas naturales o jurídicas, que podrán o no ser accionistas de la Sociedad, en adelante el “Administrador”, a quien le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y, para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. El Administrador podrá actuar personalmente o por medio de uno o más apoderados que designe especialmente para este efecto mediante escritura pública o instrumento otorgado en el extranjero que cumpla con los requisitos para ser considerado instrumento público en Chile, de los cuales deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo. Con todo, los representantes o apoderados del Administrador se entienden facultados para administrar la Sociedad y representarla desde la fecha de la escritura pública o instrumento en el que conste su designación. El Administrador representará judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. Constancia: Sin que forme parte integrante de los estatutos, los accionistas de la Sociedad designaron a don Javier Etcheberry Celhay, como Administrador. En caso de ausencia definitiva o temporal, incapacidad sobreviniente o muerte de don Javier Etcheberry Celhay, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la Sociedad será administrada por doña Cecilia Christine Sommerhoff Hyde y doña María Cristina Etcheberry Sommerhoff, actuando ambas conjuntamente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de mayo de 2024. Francisco Javier Leiva Carvajal. Notario Público Titular.

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