Administradora El Parque SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$395.379.063
Actions
46
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
JUAN MANUEL CIRILO CASTRO PAGE Accionista 7.xxx.xxx-1 | 7.xxx.xxx-1 | 50% | - |
Accionista 9.xxx.xxx-0 | 9.xxx.xxx-0 | 50% | - |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 5 novembre 2021
Constitución de la sociedad y suscripción/pago inicial del capital por Juan Manuel Cirilo Castro Page y Carolina Castro Page.
Texte officiel de l’extrait
FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE, Notario Público Titular de la Quincuagésima Primera Notaría de Santiago con oficio en avenida Providencia 2.600, comuna de Providencia certifica que: Por escritura pública de fecha 17 de diciembre de 2024 , repertorio 3658-2024 ante mí JUAN MANUEL CIRILO CASTRO PAGE, C.I. 7.052.336-1, por sí y en representación de doña CAROLINA CASTRO PAGE, C.I. 9.257.029-0, quienes modificaron ADMINISTRADORA EL PARQUE SpA, RUT 77.498.199-3, inscrita a fojas 395, número 347 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas correspondiente al año 2021, capital $395.379.063, en el siguiente sentido: /Uno/ Redenominación del número de acciones en que se divide el capital social. Los accionistas comparecientes acordaron aprobar la redenominación del número de acciones en que se divide el capital social, es decir, éste se mantendrá en la suma de trescientos noventa y cinco millones trescientos setenta y nueve mil sesenta y tres pesos, y pasará a estar dividido, para todos los efectos que en derecho correspondan, en cuarenta y seis acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Por consiguiente, acordaron reemplazar los artículos quinto permanente y primero transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de trescientos noventa y cinco millones trescientos setenta y nueve mil sesenta y tres pesos, dividido en cuarenta y seis acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal.”; “Artículo primero transitorio: El capital de la sociedad asciende a la suma de trescientos noventa y cinco millones trescientos setenta y nueve mil sesenta y tres pesos, dividido en cuarenta y seis acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, todas íntegramente suscritas y pagadas, con anterioridad a este acto, por los accionistas don Juan Manuel Cirilo Castro Page y doña Carolina Castro Page, en razón de veintitrés acciones cada uno, pagadas en la forma indicada en la escritura pública de constitución de la Sociedad, de fecha cinco de noviembre de dos mil veintiuno, otorgada en la notaría de Santiago de don Juan Eugenio del Real Armas.”. /Dos/ Celebración de Juntas de Accionistas o Asambleas de Propietarios por medios remotos. Atendido el mejor funcionamiento de la Sociedad, los accionistas acordaron pactar la posibilidad de realizar sus juntas de accionistas, ordinarias o extraordinarias, a través de medios tecnológicos que permitan la participación simultánea de todos o algunos de los accionistas que no se encuentren físicamente presentes en el lugar de celebración de la misma, junto con mecanismos de votación a distancia. En dicho sentido, acordaron reemplazar, en su integridad, el artículo vigésimo de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo vigésimo: Uno. Podrán celebrarse válidamente aquellas asambleas a las que concurran la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto, aún cuando no se hubieren cumplido las formalidades requeridas por los estatutos sociales o la ley para su citación; Dos. Se entenderá que asisten y participan en una junta de accionistas o Asamblea de Propietarios, ya sea ordinaria o extraordinaria, aquellos accionistas o propietarios que, sin encontrarse físicamente presentes, participen en la misma por medios tecnológicos, siempre que dichos medios garanticen debidamente la posibilidad de verificar la identidad de tales accionistas y cautelen el principio de simultaneidad o secreto de las votaciones que se efectúen en las asambleas. Dichos sistemas podrán ser todos aquellos que permitan una comunicación simultánea y permanente durante la reunión, y su utilización deberá ser previamente aprobada por la Administración. Los accionistas que participen y voten en las asambleas a través de medios tecnológicos, podrán suscribir las actas con su firma electrónica avanzada o firma electrónica simple. El Secretario de la asamblea tendrá la responsabilidad de certificar y dejar constancia del hecho de la asistencia y participación remota, y que la firma electrónica respectiva corresponde al accionista que aparece suscribiendo el acta.”. /Tres/ Citaciones a Asambleas de Propietarios. En relación a las citaciones a Asambleas de Propietarios, los comparecientes acordaron las siguientes modificaciones de los estatutos sociales: Uno. Incorporar el siguiente artículo vigésimo primero bis, en el Título Cuarto de los estatutos sociales relativo a las Asambleas de Propietarios, el cual es del siguiente tenor: “Artículo Vigésimo Primero Bis. Las Juntas de Accionistas o Asambleas de Propietarios, de cualquiera clase, serán citadas mediante un correo electrónico enviado por la Administración a cada accionista, al correo electrónico que hubieren declarado en el Registro de Accionistas, con a lo menos diez días corridos de anticipación a la fecha de la asamblea respectiva, computándose este plazo desde la fecha del envío de la comunicación, para todos los efectos que en derecho corresponda. Los accionistas podrán asistir personalmente, o bien, hacerse representar por otra persona a la que hayan otorgado por escrito un poder suficiente al efecto, en los términos establecidos en el artículo ciento once del Reglamento de la Ley de Sociedades Anónimas.”; y Dos. En razón de la incorporación del artículo transcrito en el numeral anterior, declararon expresamente que, para las citaciones a Asambleas de Propietarios, no resultará aplicable lo dispuesto en el artículo cincuenta y nueve de la Ley sobre Sociedades Anónimas, ni el artículo ciento cuatro de su reglamento. En dicho sentido, acordaron derogar expresamente el artículo cuarto transitorio de los estatutos sociales, dejando constancia que las citaciones a Asambleas de Propietarios se realizarán conforme al nuevo artículo vigésimo primero bis, ya transcrito. Demás estipulaciones escritura extractada.- Fecha de emisión extracto 23 de diciembre de 2024.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
ADMINISTRADORA EL PARQUE SpA
CVE 2589564
