Société anonyme77.486.460-1

Agroindustrial Pedregal Sociedad Anonima

MODIFICACIÓN — 12 août 2024

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2024-08-12Voir le PDF (CVE 2531698)

Informations sociétaires

S.A.
Santa Petronila Lote Dos
Durée: Indefinida

Capital

Capital total

$41.852.693

Associés (7)

NomParticipation

GASTON RENE FERNANDEZ ROJAS

Accionista

7.xxx.xxx-3

-

CLARA MARTA OLGA ROJAS HAFEMANN

Accionista

3.xxx.xxx-5

-

MARCELA CECILIA FERNANDEZ ROJAS

Accionista

7.xxx.xxx-0

-

MONICA CLARA FERNANDEZ ROJAS

Accionista

7.xxx.xxx-6

-

MARIA DE LA LUZ FERNANDEZ ROJAS

Accionista

6.xxx.xxx-6

-

MARIA SOLEDAD FERNANDEZ ROJAS

Accionista

6.xxx.xxx-8

-

GISELA ANGELICA MENKE VEGA

Accionista

9.xxx.xxx-2

-

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 19 novembre 2003

    Constitución de AGROINDUSTRIAL PEDREGAL SOCIEDAD ANONIMA.

  2. Autre acte· 31 juillet 2024

    Los accionistas acuerdan prorrogar la duración de la sociedad de plazo fijo a indefinida y ratificar actos anteriores.

    GASTON RENE FERNANDEZ ROJAS · CLARA MARTA OLGA ROJAS HAFEMANN · MARCELA CECILIA FERNANDEZ ROJAS · MONICA CLARA FERNANDEZ ROJAS · MARIA DE LA LUZ FERNANDEZ ROJAS · MARIA SOLEDAD FERNANDEZ ROJAS · GISELA ANGELICA MENKE VEGA

Texte officiel de l’extrait

GONZALO CRUZ GUTIERREZ, abogado, Notario Público Titular de las comunas de Lautaro y Perquenco, con oficio en calle José Miguel Carrera número trescientos cuarenta, oficina treinta y uno, certifica: Por escritura de 31 de julio de 2024, ante mí, don GASTON RENE FERNANDEZ ROJAS, chileno, agricultor, cédula de identidad número siete millones seiscientos setenta y dos mil ochocientos guión tres, casado y separado totalmente de bienes, con domicilio en Santa Petronila Lote dos, kilometro dos camino Lautaro a Curacautín, comuna de Lautaro; doña CLARA MARTA OLGA ROJAS HAFEMANN, chilena, dueña de casa, viuda, cédula de identidad número tres millones quinientos sesenta y cinco mil seiscientos ochenta y cinco guión cinco, con domicilio en Fundo Pedregal comuna de Lautaro; doña MARCELA CECILIA FERNANDEZ ROJAS, chilena, empresaria, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número siete millones setecientos cuatro mil trescientos treinta y tres guión cero, domiciliada en Avenida Martin Lutero número cero dos mil quinientos noventa, departamento quinientos dos, de la ciudad de Temuco; doña MONICA CLARA FERNANDEZ ROJAS, chilena, dueña de casa, divorciada, cédula de identidad número siete millones trescientos cuarenta y tres mil seiscientos diecisiete guión seis, domiciliada en Avenida Martin Lutero número cero dos mil quinientos noventa, departamento cuatrocientos dos, de la ciudad de Temuco; doña MARIA DE LA LUZ FERNANDEZ ROJAS, chilena, dueña de casa, divorciada, cédula de identidad número seis millones seiscientos setenta y cuatro mil novecientos nueve guión seis, con domicilio en calle Carolina Rabat número novecientos Torre novecientos dos Departamento treinta y dos de la comuna de Vitacura; doña MARIA SOLEDAD FERNANDEZ ROJAS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número seis millones seiscientos setenta y cuatro mil novecientos ocho guión ocho, domiciliada en Avenida Martin Lutero número cero dos mil quinientos noventa, departamento ochocientos dos, de la ciudad de Temuco; y doña GISELA ANGELICA MENKE VEGA, chilena, agricultora, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número nueve millones ciento setenta y dos mil seiscientos doce guión dos, domiciliada en Avenida Martin Lutero número cero dos mil quinientos noventa, departamento setecientos dos, de la ciudad de Temuco, modificaron estatutos sociales de “AGROINDUSTRIAL PEDREGAL SOCIEDAD ANONIMA”, constituida por escritura pública de fecha 19 de noviembre de 2003, otorgada en la notaría de Lautaro de doña María Antonieta Suarez Castro, cuyo extracto fue inscrito a fojas 35 número 28 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro del año 2003 y además publicado en la Edición número 37.725 del Diario Oficial de Chile del día 2 de diciembre de 2003.- El capital social actual es la suma de $41.852.693. Su Rol Único Tributario es 77.486.460-1. Su domicilio es Santa Petronila Lote Dos, comuna de Lautaro, en el siguiente sentido: 1.- Declararon los comparecientes que la sociedad antes individualizada, según su artículo tercero, duraría desde el 15 de diciembre de 2003, por 20 años, de manera que la sociedad habría terminado el día 15 de diciembre de 2023, pero que no obstante lo anterior, ésta siguió funcionando y sus accionistas consistieron en ello. Así las cosas, los accionistas de la sociedad, que son los mismos comparecientes, celebraron una Asamblea Extraordinaria de socios con fecha 31 de julio de 2024, en la cual se expuso lo anterior y cuya tabla fue la discusión y aprobación de una prórroga de la duración del plazo de la sociedad, de manera indefinida y la modificación de sus estatutos, lo que correspondía realizar mediante una escritura pública a la luz del artículo 2098 del código civil. Lo anterior, fue aprobado por unanimidad por la referida Asamblea cuya acta fue reducida a escritura pública con fecha 31 de julio de 2024, en la notaría de Lautaro de don Gonzalo Cruz Gutiérrez, repertorio número 1214 -2024.- 2.- Los comparecientes en sus calidades de únicos y exclusivos socios de la sociedad, “AGROINDUSTRIAL PEDREGAL SOCIEDAD ANONIMA”, en cumplimiento de acordado en la junta referida en el número anterior, y en virtud de la ley, vienen en prorrogar el plazo de duración de la sociedad, de manera que la duración de la sociedad será indefinida, a contar del día 15 de diciembre de 2003, por lo que por este acto, modifican los estatutos sociales, reemplazando el Artículo Tercero, por el siguiente: “ARTICULO TERCERO: La sociedad comenzará sus funciones el día quince de diciembre de dos mil tres y su duración será indefinida.” 3.- En todo lo que no se modifica por el presente instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- 4.- Los socios de la sociedad “AGROINDUSTRIAL PEDREGAL SOCIEDAD ANONIMA”, aceptaron y ratificaron todos los actos jurídicos celebrados y otorgados por ésta, renunciado desde ya a todas las acciones legales que puedan consistir en eventuales vicios de nulidad de los mismos producto de lo referido anteriormente, otorgándoles, de esta manera, total validez. Demás estipulaciones, escritura extractada. Lautaro 09 de Agosto de 2024.

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    CVE 2531698

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