Constructora Cj SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$15.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$14.000.000
Actions
1 500
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Christopher Andrés Jaramillo Escobar Accionista 16.xxx.xxx-6 | 16.xxx.xxx-6 | 50% | $7.500.000 |
Accionista 16.xxx.xxx-0 | 16.xxx.xxx-0 | 50% | $7.500.000 |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 1 juin 2021
Se constituye CONSTRUCTORA CJ SPA.
- Changement de capital· 25 novembre 2024
Se modifica la sociedad CONSTRUCTORA CJ SPA y se actualiza su capital.
- Changement de capital· 6 mars 2026
Se acuerda aumentar el capital social de $1.000.000 a $15.000.000 mediante emisión de 1.400 nuevas acciones.
Christopher Andrés Jaramillo Escobar · Harz Marthin Müller Jeldres
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior MARÍA ISABEL ROJAS JAMETT, Abogado-Notario Público Titular de la Primera Notaría de Coronel, con oficio en Calle Sotomayor 520, Certifica: Que, por escritura publica de fecha 06 de Marzo de 2026, Repertorio 215-2026, ante mi Suplente doña Alexia Hidalgo Delgado, don CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos sesenta y un mil seiscientos cuatro guion seis y don HARZ MARTHIN MÜLLER JELDRES, cédula nacional de identidad número dieciséis millones doscientos ochenta y tres mil ochenta y ocho guion cero, celebraron un contrato de modificación de la sociedad CONSTRUCTORA CJ SPA.- ANTECEDENTES: Constitución: Por escritura pública de fecha uno de junio del año dos mil veintiuno, suscrita ante don Juan Ignacio Retamal Parada, Notario suplente de don Ricardo Andrés Retamal Parada, Notario Público u Conservador Interino de Bienes Raíces, Comercio y Minas de las comunas de Lebu y Los Álamos, con oficio en Alcázar ciento ochenta y nueve B, Lebu, se constituyó la sociedad “CONSTRUCTORA CJ SPA”. Un extracto de la referida escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Comercio y Minas de las comunas de Lebu y Los Álamos a fojas siete, número seis correspondiente al año dos mil veintiuno, y publicado en el Diario Oficial con fecha once de junio del dos mil veintiuno. Modificación: Por escritura pública de fecha veinticinco de noviembre del año dos mil veinticuatro, suscrita ante don Daniel Rigoberto Álvarez Soza, abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de las comunas de Lebu y Los Álamos, con oficio en Alcázar ciento ochenta y nueve, Lebu, se modificó la sociedad “CONSTRUCTORA CJ SPA”. Un extracto de la referida escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Comercio y Minas de las comunas de Lebu y Los Álamos a fojas cuarenta y seis, número veintiséis correspondiente al año dos mil veinticuatro, y publicado en el Diario Oficial con fecha dos de diciembre del dos mil veinticuatro. – PROPIEDAD SOBRE LAS ACCIONES: De acuerdo a las estipulaciones de la escrituras públicas anteriormente individualizas, los actuales accionistas de la sociedad “Constructora CJ SpA” son: don Christopher Andrés Jaramillo Escobar con cincuenta acciones de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad (50), equivalente al cincuenta por ciento de las acciones de la sociedad (50%) y a quinientos mil pesos ($500.000), las que se encuentran íntegramente pagadas y debidamente registradas a su nombre según consta en el registro de accionistas de la sociedad bajo el folio número dos, y don Harz Marthin Müller Jeldres con cincuenta acciones de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad (50), equivalente al cincuenta por ciento de las acciones de la sociedad (50%) y a quinientos mil pesos ($500.000), las que se encuentran íntegramente pagadas y debidamente registradas a su nombre según consta en el registro de accionistas de la sociedad bajo el folio número dos.- AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL Y MODIFICACIÓN: Los accionistas y comparecientes acordaron por unanimidad lo siguiente: Uno. - Aumentar el capital de la sociedad en catorce millones de pesos, aumentando así el capital previo de un millón de pesos a quince millones de pesos, mediante la emisión de mil cuatrocientas nuevas acciones de pago cuyo valor de colocación será de diez mil pesos por acción. Dos.- Que el aumento de capital precedentemente acordado será pagado en dinero efectivo, por los actuales accionistas de la siguiente manera: don Christopher Andrés Jaramillo Escobar pagara en dinero efectivo setecientas acciones de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad (700), equivalente a la suma de siete millones de pesos ($7.00.000), y don Harz Marthin Müller Jeldres pagara en dinero efectivo setecientas acciones de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad (700), equivalente a la suma de siete millones de pesos ($7.00.000). Tres. - En virtud de lo anterior, acordaron reformar el artículo quinto y el artículo primero transitorio de los estatutos sociales, sustituyéndolos por los del siguiente tenor: a) "Artículo Quinto. El capital de la sociedad es la suma de quince millones de pesos, dividido en mil quinientas acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes. El capital se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos". b) “Artículo primero transitorio. El capital de la Sociedad asciende a la suma de quince millones de pesos, dividido en mil quinientas acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma serie, el que se suscribe y paga del modo siguiente: don Christopher Andrés Jaramillo Escobar en este acto, ejerciendo su derecho de opción preferente, suscribe setecientas acciones, por un total de siete millones de pesos, las que deberán ser pagadas a más tardar dentro del plazo de dos años a contar de esta fecha, las cincuenta acciones restantes, equivalente a quinientos mil pesos ya se encuentran pagadas, y don Harz Marthin Müller Jeldres en este acto, ejerciendo su derecho de opción preferente, suscribe setecientas acciones, por un total de siete millones de pesos, las que deberán ser pagadas a más tardar dentro del plazo de dos años a contar de esta fecha, las cincuenta acciones restantes, equivalente a quinientos mil pesos ya se encuentran pagadas.- PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN: En virtud del aumento del capital social antes acordado, el porcentaje de participación que tiene en consecuencia don Christopher Andrés Jaramillo Escobar corresponde setecientas cincuenta acciones de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad (750), equivalente al cincuenta por ciento de las acciones de la sociedad (50%) y a siete millones quinientos mil pesos ($7.500.000) y don Harz Marthin Müller Jeldres corresponde setecientas cincuenta acciones de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad (750), equivalente al cincuenta por ciento de las acciones de la sociedad (50%) y a siete millones quinientos mil pesos ($7.500.000). Coronel, 11 de Marzo de 2026.
Informations sociétaires
Capital
Actions
100
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR Accionista | - | 50% | $1.000.000 |
Accionista | - | 50% | $500.000 |
Administrateurs (2)
CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 1 juin 2021
Se constituye CONSTRUCTORA CJ SPA.
- Cession de droits· 18 août 2023
CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR vende el 50% de sus acciones a HARZ MARTHIN MÜLLER JELDRES.
CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR · HARZ MARTHIN MÜLLER JELDRES
Texte officiel de l’extrait
DANIEL ÁLVAREZ SOZA, Notario Público Titular de las comunas de Lebu y Los Álamos, Alcázar 189 B, certifica: Por escritura pública de 18 de Agosto de 2023, ante mí, CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR, domiciliado en Joaquín Prieto número dieciséis, de la ciudad de Lebu, Región del Biobío, y don HARZ MARTHIN MÜLLER JELDRES, domiciliado en Avenida 21 de Mayo 3165 depto. 41 A. Concepción, Región del Biobío, celebraron un contrato de compraventa de acciones de “CONSTRUCTORA CJ SPA”, RUT N° 77.406.192-4. Constitución: Por escritura pública de fecha uno de junio del año dos mil veintiuno, suscrita ante don Juan Ignacio Retamal Parada, Notario suplente de don Ricardo Andrés Retamal Parada, Notario Público y Conservador Interino de Bienes Raíces, Comercio y Minas de las comunas de Lebu y Los Álamos, con oficio en Alcázar 189-B, Lebu, se constituyó la sociedad “CONSTRUCTORA CJ SPA”. Un extracto de la referida escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Comercio y Minas de las comunas de Lebu y Los Álamos, a fojas siete, número seis correspondiente al año dos mil veintiuno, y publicado en el Diario Oficial con fecha once de junio del dos mil veintiuno. Propiedad sobre las acciones, Venta y Precio: De acuerdo a las estipulaciones de la escritura pública anteriormente individualizada, los actuales accionistas de la sociedad “CONSTRUCTORA CJ SPA” son: don CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR con cien acciones de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad (100), equivalente al cien por ciento de las acciones de la sociedad (100%) y a un millón de pesos ($1.000.000), las que se encuentran íntegramente pagadas y debidamente registradas a su nombre según consta en el registro de accionistas de la sociedad bajo el folio número uno, correspondiente al accionista que vende sus acciones.- Por este acto y por el presente instrumento don CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR “EL VENDEDOR” vende, cede y transfiere el dominio del 50% de sus acciones en la sociedad CONSTRUCTORA CJ SPA equivalente a cincuenta acciones de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad (50), a don HARZ MARTHIN MÜLLER JELDRES “EL COMPRADOR”, quien compra, adquiere y acepta el precio señalado en la cláusula siguiente.- El precio de la compraventa de la acción corresponde a la cantidad única, total y definitiva de quinientos mil pesos ($500.000), en adelante “el precio”; precio que el comprador paga al vendedor al contado y en dinero efectivo en este mismo acto, declarado el vendedor haberlo recibido a su entera y total conformidad, dando por íntegramente pagado y cancelado el precio. Asimismo, elcomprador declara haber recibido el título a su entera conformidad.- MODIFICACIÓN: Por este acto los comparecientes, don CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR y don HARZ MARTHIN MÜLLER JELDRES vienen en modificar parcialmente los estatutos de esta sociedad en los siguientes términos: 1) Se modifica el artículo décimo, en el sentido de que la administración y representación será ejercida por don CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR y don HARZ MARTHIN MÜLLER JELDRES, pudiendo actuar ambos en conjunto o separada e indistintamente, en adelante “Los Administradores”. Demás estipulaciones escritura extractada.- Lebu, 25 de noviembre de 2024.
Informations sociétaires
Objet social
El estudio y ejecución de todo tipo de obra y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos y marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas acogidas o no a sistema de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$0
Capital restant dû
$1.000.000
Actions
100
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR Accionista | - | 100% | $1.000.000 |
Administrateurs (1)
CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR
Texte officiel de l’extrait
En Lebu, Republica de Chile, a nueve de junio de dos mil veintiuno, certifico: que por escritura pública de fecha uno de Junio del año dos mil veintiuno, ante mí, Juan Ignacio Retamal Parada, Notario Suplente de don Ricardo Andrés Retamal Parada Notario Público y Conservador Interino de Bienes Raíces, Comercio y Minas de las Comunas de Lebu y Los Álamos, certifica: que por escritura pública de esta fecha, ante mí, CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR constituye una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: NOMBRE: “CONSTRUCTORA CJ SPA”.- OBJETO: /a/ El estudio y ejecución de todo tipo de obra y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos y marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas acogidas o no a sistema de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y /b/ la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.- CAPITAL: $1.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes, el que se suscribe y paga del modo siguiente: don CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR suscribe las 100 acciones, por un total de un millón de pesos, las que deberán ser pagadas a más tardar dentro del plazo de dos años a contar de esta fecha.- DURACION: Indefinida.- ADMINISTRACIÓN: será ejercida por don CHRISTOPHER ANDRÉS JARAMILLO ESCOBAR, quien podrá actuar indistintamente con todas las facultades expresadas en los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
CONSTRUCTORA CJ SpA
CVE 2783202
- MODIFICACIÓN
CONSTRUCTORA CJ SpA
CVE 2577000
- CONSTITUCIÓN
CONSTRUCTORA CJ SpA
CVE 1959757
