Société à responsabilité limitéeDissoute77.320.665-1

Inmobiliaria Jvv Dos Limitada

DISOLUCIÓN — 13 janv. 2023

Diario Oficial

DissolutionDiario Oficial · 2023-01-13Voir le PDF (CVE 2253205)

Informations sociétaires

Ltda
calle Manuel Montt número 1320
Durée: Indefinida
Administration: La administración, la representación y el uso del nombre de la sociedad corresponderá, desde esta fecha y hasta que su nombramiento sea revocado por la Junta de Accionistas, a: a) don Jorge Gustavo Augusto Valenzuela Valderrama y doña Elizabeth Elena Delarze Mermoud, actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos; b) don Jorge Andrés Valenzuela Delarze actuando de forma conjunta con doña Carolina Valenzuela Delarze o con doña María Soledad Valenzuela Delarze, indistintamente una cualquiera de ellas.

Objet social

La sociedad tendrá por objeto la inversión en bienes raíces agrícolas, no agrícolas, la explotación de éstos en cualquiera de sus formas, pudiendo, entre otros, entregarlos en arrendamiento, subarrendamiento, comprar y vender por cuenta propia o ajena, efectuar inversiones en acciones, bonos, depósitos y en general cualquier tipo de bienes mobiliarios y el desarrollo de cualquier actividad o negocios que los accionistas acuerden.

Capital

Capital total

$11.083.212.709

Capital libéré

$11.083.212.709

Capital restant dû

$0

Actions

11 083 212 709

Associés (5)

NomParticipation

Jorge Gustavo Augusto Valenzuela Valderrama

Accionista

15.67%

Elizabeth Elena Delarze Mermoud

Accionista

15.66%

Jorge Andrés Valenzuela Delarze

Accionista

22.89%

Carolina Valenzuela Delarze

Accionista

22.89%

María Soledad Valenzuela Delarze

Accionista

22.89%

Historique sociétaire relaté

  1. Autre acte· 30 novembre 2022

    INMOBILIARIA JVV DOS LIMITADA e INMOBILIARIA VD DOS LIMITADA se fusionan por incorporación en SOCIEDAD DE INVERSIONES ZULU LIMITADA, disolviéndose anticipadamente ambas absorbidas.

    Jorge Gustavo Augusto Valenzuela Valderrama · Elizabeth Elena Delarze Mermoud · Carolina Valenzuela Delarze · María Soledad Valenzuela Delarze · Jorge Andrés Valenzuela Delarze

  2. Transformation· 30 novembre 2022

    SOCIEDAD DE INVERSIONES ZULU LIMITADA se transforma en una sociedad por acciones denominada INVERSIONES ZULU SpA.

    Jorge Gustavo Augusto Valenzuela Valderrama · Elizabeth Elena Delarze Mermoud · Carolina Valenzuela Delarze · María Soledad Valenzuela Delarze · Jorge Andrés Valenzuela Delarze

Texte officiel de l’extrait

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43° Notaría Santiago, con oficio en calle Huérfanos nro. 835, piso 18, comuna de Santiago, Certifico: Por escritura pública de fecha 30 de noviembre de 2022, ante mí, Jorge Gustavo Augusto Valenzuela Valderrama, Elizabeth Elena Delarze Mermoud, Carolina Valenzuela Delarze, María Soledad Valenzuela Delarze y Jorge Andrés Valenzuela Delarze, todos para estos efectos domiciliados en calle Manuel Montt número 1320, comuna de Providencia, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de las SOCIEDAD DE INVERSIONES ZULU LIMITADA, inscrita a fojas 290, número 260, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1994, de INMOBILIARIA JVV DOS LIMITADA, inscrita a fojas 6.706, número 2.817 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021, y de INMOBILIARIA VD DOS LIMITADA, inscrita a fojas 6.347, número 2.610 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021, aprobaron entre otras las siguientes materias: Uno) FUSION: Se acordó la fusión por incorporación de las sociedades INMOBILIARIA JVV DOS LIMITADA e INMOBILIARIA VD DOS LIMITADA (en adelante las “Sociedades Absorbidas”) en SOCIEDAD DE INVERSIONES ZULU LIMITADA (en adelante la “Sociedad Absorbente”), con efecto y vigencia a partir del 30 de noviembre de 2022. Como consecuencia, se disuelven anticipadamente con esta misma fecha las sociedades INMOBILIARIA JVV DOS LIMITADA e INMOBILIARIA VD DOS LIMITADA, subsistiendo únicamente la SOCIEDAD DE INVERSIONES ZULU LIMITADA, absorbiendo ésta última a las dos primeras, adquiriendo todos sus activos, pasivos, incluyendo permisos y autorizaciones, y sucediéndolas en todos sus derechos y obligaciones, haciéndose solidariamente responsable de todos los impuestos que adeudaren o pudieren adeudar en el futuro las Sociedades Absorbidas e incorporándose la totalidad de los socios y patrimonio de las Sociedades Absorbidas en la Sociedad Absorbente. Dos) Se aprobó el Balance de Fusión, y los antecedentes que sirvieron de base para acordar la misma, fusión que tendrá efectos financiero-contables a partir del 30 de noviembre de 2022. Tres) Se aprobó la modificación de los estatutos de la Sociedad Absorbente. Cuatro) Como consecuencia de la fusión, se modificó el capital de la Sociedad Absorbente de $10.962.082.739 a la suma de $11.083.212.709, aumento que se encuentra completamente enterado. Cinco) Consecuencia de lo antes expuesto, los actuales y únicos socios de SOCIEDAD DE INVERSIONES ZULU LIMITADA, aprobaron reformar los estatutos sociales, específicamente el Artículo Cuarto, cuyo contenido se sustituye por el siguiente: “CUARTO: El capital social asciende a la suma de once mil ochenta y tres millones doscientos doce mil setecientos nueve pesos, el que ha sido aportado y enterado por los socios de la siguiente forma: a) Don Jorge Gustavo Augusto Valenzuela Valderrama, con la suma de mil setecientos treinta y siete millones cuarenta y dos mil novecientos tres pesos, equivalente al quince coma sesenta y siete por ciento del capital social; b) doña Elizabeth Elena Delarze Mermoud, con la suma de mil setecientos treinta y cinco millones novecientos cuarenta y seis mil seiscientos noventa y cinco pesos, equivalente al quince coma sesenta y seis por ciento del capital social; c) don Jorge Andrés Valenzuela Delarze, con la suma de dos mil quinientos treinta y seis millones setecientos cuarenta y un mil treinta y siete pesos, equivalente al veintidós coma ochenta y nueve por ciento del capital social; d) doña Carolina Valenzuela Delarze, con la suma de dos mil quinientos treinta y seis millones setecientos cuarenta y un mil treinta y siete pesos, equivalente al veintidós coma ochenta y nueve por ciento del capital social; e) doña María Soledad Valenzuela Delarze, con la suma de dos mil quinientos treinta y seis millones setecientos cuarenta y un mil treinta y siete pesos, equivalente al veintidós coma ochenta y nueve por ciento del capital social; Los comparecientes limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes en el capital social.”. Asimismo, los socios acordaron modificar el artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “PRIMERO TRANSITORIO: El importe correspondiente al aumento de capital social ascendiente a la cantidad de ciento veintiún millones ciento veintinueve mil novecientos setenta pesos, ha sido enterado y pagado por los socios en la forma indicada en el artículo Cuarto permanente de estos estatutos, mediante el aporte de los activos, pasivos y demás cuantas patrimoniales de las sociedades INMOBILIARIA JVV DOS LIMITADA e INMOBILIARIA VD DOS LIMITADA y que se señalan en el informe pericial adjunto a la presente escritura de fusión.”. Seis) Con motivo de la fusión se produce la disolución sin necesidad de liquidación de la sociedad INMOBILIARIA JVV DOS LIMITADA e INMOBILIARIA VD DOS LIMITADA. Siete) TRANSFORMACIÓN SOCIAL: Los actuales y únicos socios de SOCIEDAD DE INVERSIONES ZULU LIMITADA, esto es, Jorge Gustavo Augusto Valenzuela Valderrama, Elizabeth Elena Delarze Mermoud, Carolina Valenzuela Delarze, María Soledad Valenzuela Delarze y Jorge Andrés Valenzuela Delarze, acordaron transformar la entidad en una sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan: Razón Social: INVERSIONES ZULU SpA pudiendo usar el nombre de fantasía de ZULU SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la inversión en bienes raíces agrícolas, no agrícolas, la explotación de éstos en cualquiera de sus formas, pudiendo, entre otros, entregarlos en arrendamiento, subarrendamiento, comprar y vender por cuenta propia o ajena, efectuar inversiones en acciones, bonos, depósitos y en general cualquier tipo de bienes mobiliarios y el desarrollo de cualquier actividad o negocios que los accionistas acuerden. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Capital Social: El capital asciende a la suma de $11.083.212.709, dividido en 11.083.212.709 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben, pagan y pagarán de la siguiente manera: a) Jorge Gustavo Augusto Valenzuela Valderrama, suscribe 1.737.042.903 acciones, equivalente a $1.737.042.903, íntegramente pagadas y enteradas con cargo al capital que le correspondía en SOCIEDAD DE INVERSIONES ZULU LIMITADA; b) Elizabeth Elena Delarze Mermoud, suscribe 1.735.946.695 acciones, equivalente a $1.735.946.695, íntegramente pagadas y enteradas con cargo al capital que le correspondía en SOCIEDAD DE INVERSIONES ZULU LIMITADA; c) Jorge Andrés Valenzuela Delarze, suscribe 2.536.741.037 acciones, equivalente a $2.536.741.037, íntegramente pagadas y enteradas con cargo al capital que le correspondía en SOCIEDAD DE INVERSIONES ZULU LIMITADA; d) Carolina Valenzuela Delarze, suscribe 2.536.741.037 acciones, equivalente a $2.536.741.037, íntegramente pagadas y enteradas con cargo al capital que le correspondía en SOCIEDAD DE INVERSIONES ZULU LIMITADA; e) María Soledad Valenzuela Delarze, suscribe 2.536.741.037 acciones, equivalente a $2.536.741.037, íntegramente pagadas y enteradas con cargo al capital que le correspondía en SOCIEDAD DE INVERSIONES ZULU LIMITADA; De esta forma, el capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración: La administración, la representación y el uso del nombre de la sociedad corresponderá, desde esta fecha y hasta que su nombramiento sea revocado por la Junta de Accionistas, a: a) don Jorge Gustavo Augusto Valenzuela Valderrama y doña Elizabeth Elena Delarze Mermoud, actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos; b) don Jorge Andrés Valenzuela Delarze actuando de forma conjunta con doña Carolina Valenzuela Delarze o con doña María Soledad Valenzuela Delarze, indistintamente una cualquiera de ellas. Los administradores, actuando en la forma antes indicada representarán y obligarán a la sociedad con las más amplias facultades, las que se singularizan en escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 30 de noviembre de 2022.

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