Jose Riquelme Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$2.500.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 95% | $2.375.000 |
NICOLÁS ANDRÉS RIQUELME DOMÍNGUEZ Socio | - | 5% | $125.000 |
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits· 10 janvier 2019
MARIA CECILIA DOMINGUEZ BASTIAN cede el 5% de sus derechos sociales a NICOLÁS ANDRÉS RIQUELME DOMINGUEZ.
MARIA CECILIA DOMINGUEZ BASTIAN · NICOLÁS ANDRÉS RIQUELME DOMÍNGUEZ
Texte officiel de l’extrait
JOSE MANUEL CIFUENTES GUERRA, Abogado, Notario Público de la 10ª Notaría de Santiago, Agustinas 1235, Local 2, Piso 1y2, Suplente de la Titular Valeria Ronchera Flores, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 10 de enero de 2019, ante la Titular Valeria Ronchera Flores, JOSE ANTONIO RIQUELME DUQUE, doña MARIA CECILIA DOMINGUEZ BASTIAN y NICOLÁS ANDRÉS RIQUELME DOMÍNGUEZ, todos domiciliados para estos efectos en calle Alvaro Casanova número trescientos veintisiete casa G, comuna de La Reina, Región Metropolitana, Región Metropolitana, Santiago; modificaron “JOSE RIQUELME Y COMPAÑÍA LIMITADA” (en adelante, indistintamente la “Sociedad”), Rol Único Tributario número 77.300.460-9 (Sociedad), inscrita a fojas 7.761, número 6.195, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1999 siguiente sentido: I) Cesión de Derechos. MARIA CECILIA DOMINGUEZ BASTIAN, vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales equivalentes a un cinco por ciento del total del interés social a NICOLÁS ANDRÉS RIQUELME DOMINGUEZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí lo que incluye los activos y pasivos asociados a dichos derechos para con la sociedad y de que la cedente era titular. El precio de la cesión es la suma de $150.000, que NICOLÁS ANDRÉS RIQUELME DOMINGUEZ, paga en este acto al contado y en dinero efectivo a entera conformidad de la Cedente, quien declara íntegramente pagado el precio de ésta cesión de derechos, renunciando a mayor abundamiento, a la acción resolutoria derivada del presente contrato.- II) Modificación de estatutos. Los actuales socios de la Sociedad, acuerdan modificar al Artículo Sexto de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo por el que sigue: “SEXTO. CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la suma de dos millones quinientos mil pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) JOSE ANTONIO RIQUELME DUQUE, la suma de dos millones trescientos setenta y cinco mil pesos, equivalente al noventa y cinco por ciento del total del interés social, íntegramente enterados y pagados a la constitución de la Sociedad a entera satisfacción de la sociedad y sus socios y; b) NICOLÁS ANDRÉS RIQUELME DOMINGUEZ, la suma de ciento veinticinco mil pesos, equivalente al cinco por ciento del total del interés social, íntegramente enterados y pagados por su antecesora en el dominio de los derechos sociales a entera satisfacción de la sociedad y sus socios.”.- En todo lo no modificado se mantendrán invariable y plenamente vigentes estipulaciones contenidas pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 15 de enero de 2019.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
JOSE RIQUELME Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 1532712
