Inmobiliaria Casanegra Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$150.000.000
Capital libéré
$150.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (6)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 46.66% | $69.990.000 |
ALEJANDRA ELENA CASANEGRA RODRÍGUEZ Socio | - | 5.334% | $8.001.000 |
JUAN PABLO CASANEGRA RODRÍGUEZ Socio | - | 5.334% | $8.001.000 |
Socio | - | 5.334% | $8.001.000 |
Socio | - | 18.669% | $28.003.500 |
MÓNICA ANDREA CASANEGRA MORELLI Socio | - | 18.669% | $28.003.500 |
Administrateurs (1)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 16 avril 1999
Constitución de INMOBILIARIA CASANEGRA Y COMPAÑÍA LIMITADA.
- Décès· 4 avril 2024
Fallece la socia MILKA CASANEGRA PRNJAT.
- Décès· 4 avril 2024
Fallece el administrador IVÁN CASANEGRA PRNJAT.
Texte officiel de l’extrait
MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Público titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3.039, quinto piso, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 04/04/2024 Repertorio N°4.837/2024, ante mí, doña ALEJANDRA ELENA CASANEGRA RODRÍGUEZ, con domicilio en Avenida Presidente Kennedy número siete mil ciento veinte, oficina doscientos uno, Comuna de Vitacura, Región Metropolita, don JUAN PABLO CASANEGRA RODRÍGUEZ, quien compareció por sí, y en representación de don PABLO CASANEGRA PRNJAT, ambos con domicilio en Avenida Apoquindo número tres mil quinientos, oficina mil trescientos dos, Comuna de Las Condes, Región Metropolita, don TOMÁS IVÁN CASANEGRA RIVERA, con domicilio en calle La Concepción número ciento cuarenta y uno, oficina mil siete, Comuna de Providencia, Región Metropolita, doña MILKA MARÍA CASANEGRA MORELLI, con domicilio en calle La Niña número tres mil veinte, departamento mil setecientos uno, Comuna de Las Condes, Región Metropolita, y doña MÓNICA ANDREA CASANEGRA MORELLI, con domicilio en calle Martin de Zamora número tres mil ciento treinta y uno, departamento sesenta y tres, Comuna de Las Condes, Región Metropolita, acordaron modificar los estatutos de la sociedad “INMOBILIARIA CASANEGRA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, Rut N° 77.300.070-0, constituida mediante escritura pública de fecha 16/04/1999, otorgada en la Notaria de Santiago de don Eduardo Javier Diez Morello, bajo el Repertorio número 2.289-99, cuyo extracto se inscribió a fojas 8.811 N° 7.069 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1999. MODIFICACIONES PACTO SOCIAL. (a) En vista del fallecimiento de la socia doña MILKA CASANEGRA PRNJAT, y del acuerdo de partición parcial adoptado por la Sucesión en escritura pública de fecha 04/04/2024 otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, bajo el Repertorio N°4.836/2024, los socios acuerdan modificar la cláusula Quinta de los estatutos sociales, referida al Capital Social, sustituyéndola por la siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de $150.000.000, que se encuentra íntegramente enterado y pagado de la siguiente forma: (a) El socio don PABLO CASANEGRA PRNJAT, aportó la cantidad de $69.990.000, equivalente al 46,66 % de los derechos sociales; (b) La socia doña ALEJANDRA ELENA CASANEGRA RODRÍGUEZ, aportó la cantidad de $8.001.000, equivalente al 5,334 % de los derechos sociales; (c) El socio don JUAN PABLO CASANEGRA RODRÍGUEZ, aportó la cantidad de $8.001.000, equivalente al 5,334 % de los derechos sociales; (d) El socio don TOMÁS IVÁN CASANEGRA RIVERA, aportó la cantidad de $8.001.000, equivalente al 5,334 % de los derechos sociales; (e) La socia doña MILKA MARÍA CASANEGRA MORELLI, aportó la cantidad de $28.003.500, equivalente al 18,669 % de los derechos sociales; y (f) La socia doña MÓNICA ANDREA CASANEGRA MORELLI, aportó la cantidad de $28.003.500, equivalente al 18,669 % de los derechos sociales”. (b)Como consecuencia del fallecimiento del administrador de la Sociedad, don IVÁN CASANEGRA PRNJAT, y de la modificación de los estatutos sociales de que da cuenta la cláusula Tercero precedente, los socios acordaron modificar la cláusula Sexta de los estatutos sociales, referida a la administración de la Sociedad, estableciendo que el uso de la razón social y administración de la Sociedad corresponde a todos los socios, con las limitaciones que se indican en la escritura extractada, quienes actuando en nombre y representación de la Sociedad, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán representarla judicial y extrajudicial con las facultades que se indican en la cláusula Sexta de sus estatutos. Consecuente con lo anterior, se acuerda reemplazar la cláusula sexta de los estatutos sociales conforme se indica en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de abril de 2024. María Pilar Gutiérrez Rivera. Not.Publ.Tit.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA CASANEGRA Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 2493020
