Société par actions77.281.804-1

Inversiones Y Asesorías Gml SpA

MODIFICACIÓN — 31 mars 2022

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2022-03-31Voir le PDF (CVE 2107653)

Informations sociétaires

SpA

Objet social

del giro de su denominación

Capital

Capital total

$5.881.000

Capital libéré

$5.881.000

Capital restant dû

$0

Actions

5 881

Associés (1)

NomParticipation

GUILLERMO ANDRÉS MEDEL LUCAS

Accionista

16.xxx.xxx-0

100%

Texte officiel de l’extrait

JORGE REYES BESSONE, chileno, Abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, San Miguel, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 4 de marzo de 2022, repertorio número 1213- 2022, ante mí, GUILLERMO ANDRÉS MEDEL LUCAS, cédula nacional de identidad N°16.095.980-0, en su calidad de Empresario Individual, y por sí en su calidad de único accionista, según Registro de Accionistas tenido a la vista, de “INVERSIONES Y ASESORÍAS GML SPA”, del giro de su denominación, RUT Nº77.281.804-1, inscrita a fojas 83.735 número 40.162 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2020 (en adelante, la “Sociedad”). El compareciente, mayor de edad, quien acreditó su identidad con la cédula antedicha, resolvió aumentar el capital de la Sociedad, desde $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas a la suma de $5.881.000, divido en 5.881 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, mediante la emisión de 4.881 nuevas acciones de pago, al valor de $1.000 cada una. En consecuencia, se sustituyó el Artículo Quinto permanente de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $5.881.000, dividido en 5.881 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, las cuales se suscriben, enteran y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Las acciones podrán ser pagadas en dinero en efectivo, o mediante el aporte y transferencia de acciones, créditos, cuentas por cobrar u otros bienes de cualquier naturaleza, no siendo necesaria la estimación de valor por parte de peritos, bastando que sea avaluados de común acuerdo por los accionistas, todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley número 18.046 sobre sociedades anónimas.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 23 de marzo de 2022.

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