Société à responsabilité limitée77.250.030-0

Jorge Oliva Y Compañía, Consultores Maritimos Limitada

MODIFICACIÓN — 14 avr. 2023

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2023-04-14Voir le PDF (CVE 2300694)

Informations sociétaires

Ltda
Durée: diez años a contar del 31 de marzo de 2023, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres cinco años cada uno
Administration: La representación y uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a JORGE OMAR OLIVA BRICEÑO y a JORGE EDUARDO OLIVA CEBALLOS

Objet social

La prestación de asesorías y servicios profesionales en las áreas de administración marítima, oceanografía, hidrografía, ingeniería hidráulica, económica, comercial, legal y ambiental, tanto a personas naturales como jurídicas, públicas o privadas, por sí o a través de terceros, ya sea de forma presencial o a través de medios remotos o virtuales; el estudio, desarrollo, ejecución de estudios y proyectos en las áreas antes señaladas; la representación de toda clase de personas, nacionales o extranjeras ante todo tipo de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, ministerios, autoridades administrativas y municipales, superintendencias, etcétera, en la tramitación de solicitudes de derechos de aprovechamiento de aguas, concesiones o autorizaciones marítimas, declaraciones y estudios de impacto ambiental y, en general, cualquier otra actividad que acordaren los socios relacionada con el giro social.

Capital

Capital total

$300.000

Capital libéré

$300.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

JORGE OMAR OLIVA BRICEÑO

Socio

51%

JORGE EDUARDO OLIVA CEBALLOS

Socio

49%

Administrateurs (2)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 26 novembre 1998

    Constitución original de la sociedad.

  2. Cession de droits· 31 mars 2023

    JORGE OMAR OLIVA BRICEÑO vende y cede a JORGE EDUARDO OLIVA CEBALLOS el 48,48% de sus derechos sociales, representativos del 48% del capital.

    JORGE OMAR OLIVA BRICEÑO · JORGE EDUARDO OLIVA CEBALLOS

  3. Changement de capital· 31 mars 2023

    Se redistribuye el capital social entre los socios en 51% y 49%, y se fija el capital en $300.000.

    JORGE OMAR OLIVA BRICEÑO · JORGE EDUARDO OLIVA CEBALLOS

  4. Changement de nom· 31 mars 2023

    No se informa cambio de nombre, se mantiene la razón social.

  5. Changement d’administrateur· 31 mars 2023

    Se modifica la administración, quedando la representación y uso de la razón social a cargo de ambos socios separada e indistintamente.

    JORGE OMAR OLIVA BRICEÑO · JORGE EDUARDO OLIVA CEBALLOS

  6. Autre acte· 31 mars 2023

    Se modifica el objeto social y el plazo de duración de la sociedad.

    JORGE OMAR OLIVA BRICEÑO · JORGE EDUARDO OLIVA CEBALLOS

Texte officiel de l’extrait

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Titular de la Primera Notaría de Providencia, Av. Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada el 31 de Marzo de 2023, ante mí, Repertorio N°1839/2023, JORGE OMAR OLIVA BRICEÑO, domiciliado en Los Tres Antonios 191, Depto. 82, Ñuñoa, y JORGE EDUARDO OLIVA CEBALLOS, domiciliado en Málaga 279, Depto. 22, Las Condes, modificaron la sociedad “JORGE OLIVA Y COMPAÑÍA, CONSULTORES MARITIMOS LIMITADA”, RUT Nº 77.250.030-0, constituida por escritura de fecha 26 de noviembre de 1998, ante don René Benavente Cash, notario de Santiago, inscrita a fojas 29.935 Nº 23.976 del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1998 en siguientes aspectos: 1) JORGE OMAR OLIVA BRICEÑO, vende y cede a JORGE EDUARDO OLIVA CE-BALLOS, quien compra y acepta para si, el 48,48% de los derechos sociales del cedente, representativos del 48% del capital de la sociedad, en la suma de $1.000.000 pagados al contado. 2) Queda distribuido el capital entre sus socios de la siguiente forma: JORGE OMAR OLIVA BRICEÑO, con un 51% de los dere-chos sociales y JORGE EDUARDO OLIVA CEBALLOS, con un 49% de los derechos sociales, quienes acuerdan introducir las siguientes modificaciones al estatuto social. a) sustituyen cláusula tercera por la siguiente: “"TERCERO: El objeto de la sociedad será: la prestación de asesorías y servicios profesionales en las áreas de administración marítima, oceanografía, hidrografía, ingeniería hidráulica, económica, comercial, legal y ambiental, tanto a personas naturales como jurídicas, públicas o privadas, por si o a través de terceros, ya sea de forma presencial o a través de medios remotos o virtuales; el estudio, desarrollo, ejecución de estudios y proyectos en las áreas antes señaladas; La representación de toda clase de personas, nacionales o extranjeras ante todo tipo de personas naturales o jurídicas, públicas o privados, ministerios, autoridades administrativas y municipales, superintendencias, etcétera, en la tramitación de solicitudes de derechos de aprovechamiento de aguas, concesiones o autorizaciones marítimas, declaraciones y estudios de impacto ambiental y, en general, cualquier otra actividad que acordaren los socios relacionada con el giro social.". b) reemplazan artículo cuarto sobre administración social, estableciendo que la representación y uso de la razón social corresponderá separa e indistintamente a JORGE OMAR OLIVA BRICEÑO y a JORGE EDUARDO OLIVA CEBALLOS. c) reemplazan artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de trescientos mil pesos que los socios aportan en la forma que pasa a expresarse: i) don Jorge Omar Oliva Briceño, aporta la suma de ciento cincuenta y tres mil pesos, representativa del cincuenta y un por ciento del capital social, íntegramente pagado con anterioridad a este acto y; ii) don Jorge Eduardo Oliva Ceballos aporta la suma de ciento cuarenta y siete mil pesos, representativa del cuarenta y nueve por ciento del capital social, íntegramente pagado con anterioridad a este acto”. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes”. d) reemplazan artículo octavo de los estatutos sociales relativo a la duración de la sociedad, quedando como sigue: “OCTAVO: El plazo de la sociedad será de diez años a contar del 31 de marzo de 2023. Vencido este plazo, se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, al final del período que estuviere en curso, mediante una declaración por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio con una anticipación de, a lo menos, seis meses al término del período que esté en curso”. En lo no modificado rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en las escrituras sociales anteriores. Santiago, 31 de marzo de 2023. Rh.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    JORGE OLIVA Y COMPAÑÍA, CONSULTORES MARITIMOS LIMITADA

    CVE 2300694

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario Oficial