Société par actions77.227.428-6

Pamioric SpA

CONSTITUCIÓN — 27 août 2020

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2020-08-27Voir le PDF (CVE 1806694)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: indefinido
Administration: Administración a cargo de un administrador con facultades de administración y disposición; puede designar Gerente General y delegar facultades.

Objet social

El objeto de esta Sociedad, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes actividades, será: a) la producción, almacenamiento, distribución, comercialización, compra, venta directa o intermediada, permuta, consignación, acopio, importación, exportación y leasing de toda clase de bienes y servicios, por mayor o al detalle, aplicables a cualquier tipo de industria, en Chile o en el extranjero, y demás actividades complementarias, sin limitación; b) el desarrollo, explotación, comercialización y administración de toda clase de inversiones o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; c) ejercer todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de Sociedades y particulares, nacionales o extranjeros; d) la inversión inmobiliaria, para lo cual podrá adquirir y vender toda clase de bienes raíces, administrar dichas propiedades, darlas y tomarlas en arrendamiento y percibir sus rentas; e) la inversión mobiliaria, para lo cual podrá adquirir, comprar, suscribir, vender y enajenar toda clase de bienes muebles, tales como acciones, bonos, debentures, pagarés, letras hipotecarias, fondos mutuos, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión; f) la constitución y participación en Sociedades anónimas, Sociedad por acciones, Sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza y en asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza; g) la realización de toda actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social; h) la realización de cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores descritas, sin que para ello sea necesario la modificación de los presentes Estatutos.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Actions

1 000

Associés (1)

NomParticipation

Hang Man Cheung Loo

Accionista

100%

Texte officiel de l’extrait

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N° 0153, Providencia, certifico: por escritura pública de hoy, ante mí, don HANG MAN CHEUNG LOO, con domicilio en Los Alerces número dos mil trescientos veinticinco, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones en los términos siguientes. Nombre: “PAMIORIC SpA”, pudiendo actuar sin limitación alguna ante todo tipo de personas naturales y jurídicas, sean públicas o privadas, cualquiera sea su naturaleza o denominación, incluso ante bancos e instituciones financieras y organismos fiscales y municipales. Objeto: El objeto de esta Sociedad, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes actividades, será: a) la producción, almacenamiento, distribución, comercialización, compra, venta directa o intermediada, permuta, consignación, acopio, importación, exportación y leasing de toda clase de bienes y servicios, por mayor o al detalle, aplicables a cualquier tipo de industria, en Chile o en el extranjero, y demás actividades complementarias, sin limitación; b) el desarrollo, explotación, comercialización y administración de toda clase de inversiones o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; c) ejercer todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de Sociedades y particulares, nacionales o extranjeros; d) la inversión inmobiliaria, para lo cual podrá adquirir y vender toda clase de bienes raíces, administrar dichas propiedades, darlas y tomarlas en arrendamiento y percibir sus rentas; e) la inversión mobiliaria, para lo cual podrá adquirir, comprar, suscribir, vender y enajenar toda clase de bienes muebles, tales como acciones, bonos, debentures, pagarés, letras hipotecarias, fondos mutuos, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión; f) la constitución y participación en Sociedades anónimas, Sociedad por acciones, Sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza y en asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza; g) la realización de toda actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social; h) la realización de cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacione directa o indirectamente con las anteriores descritas, sin que para ello sea necesario la modificación de los presentes Estatutos. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000.- (UN MILLÓN DE PESOS) y se divide y representa en 1.000 (MIL) acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas de la siguiente manera: Hang Man Cheung Loo, por mil acciones, quien pagará en un plazo de doce meses desde la fecha de constitución de esta sociedad, en dinero efectivo, la suma total de un millón de pesos chilenos, que ingresará a las arcas sociales. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Duración: El plazo de duración de la sociedad será indefinido. Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de un administrador, quien podrá actuar y ejercer las facultades propias de la administración, pudiendo designar gerente general y asumir dicho cargo. Hasta que no se decida su modificación por una Junta de Accionistas, de cuya acta se deberá dejar constancia por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, la administración de la sociedad estará a cargo de un administrador, el que se designa en el artículo segundo transitorio de estos estatutos. El administrador estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o los Estatutos no establezcan como privativas de una Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. Lo anterior es sin perjuicio de la representación legal que compete al Gerente General o de las facultades que la propia administración le otorgue, de conformidad con la ley o estos estatutos. Sin perjuicio de la designación que el administrador haga de un Gerente General, el administrador podrá delegar parte de sus facultades en otros Gerentes, Sub Gerentes o abogados de la Sociedad y aún para objetos especialmente determinados, en otras personas. Demás menciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de Agosto de 2020.

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